INVERSIONES CRF SpA
Instrumento
- Fecha
- 11 de marzo de 2013
- Repertorio
- 6110
- Notario
- Notario Suplente del Titular don ALVARO DAVID GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- 42° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCAROLINA ELIZABETH PIÑA CUEVAS, Notario Suplente del Titular don ALVARO DAVID GONZALEZ SALINAS, Notario Público de la 42° Notaria de Santiago, Avda. Apoquindo Nº 3001, 2º Piso, con fecha 21 de Febrero del 2025, ante don José Leonardo Brusi Muñoz Repertorio 6110, La sociedad INVERSIONES Y CONSULTORIAS AURARIA LIMITADA, del giro se su denominación, RUT N° 67.476.360-0, representada por don CRISTIAN ENRIQUE LEHUEDE BROMLEY, chileno, casado, ingeniero comercial, cédula de identidad N° 7.006.539-8, y don FRANCISCO JAVIER MELENDEZ MEDEL, chileno, soltero, ingeniero comercial, cédula de identidad N° 17.130.403-2, todos Avenida Diagonal Paraguay N° 481, oficina 117, Santiago, Vienen en efectuar cesión y modificación de Sociedad por Acciones. Antecedentes: 1) La sociedad INVERSIONES Y CONSULTORIAS AURARIA LIMITADA, es la única y actual accionista e interesada en la sociedad por acciones denominada “INVERSIONES CRF SpA”, RUT N° 77.822.745-2, capital $3.000.000., dividida en 3.000 acciones, constituida por escritura pública de fecha 11 de Marzo del año 2013, ante el Notario Público de Santiago doña María Soledad Santos, cuyo extracto se inscribió a fojas 21.052 N° 13.870 Registro de Comercio del año 2013 Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y se publicó Diario Oficial de fecha 01 de Diciembre del 2013 N° 43.979. 2) La sociedad INVERSIONES Y CONSULTORIAS AURARIA LIMITADA, mediante su representante legal don CRISTIAN ENRIQUE LEHUEDE BROMLEY, vende, cede y transfiere la totalidad de sus acciones ascendentes al 100% por ciento equivalentes a 3.000 acciones del capital social a don FRANCISCO JAVIER MELENDEZ MEDEL, quien los compra, adquiere y acepta para sí. El precio de dicha cesión es la suma de $3.000.000, que el cesionario paga en dinero en efectivo al cedente en este acto.- Como consecuencia de la cesión acordada, el compareciente queda como único y actual dueño de los derechos, activos y pasivos de la empresa, y en este acto viene en modificar 1) el ARTICULO TERCERO DEL TITULO PRIMERO: OBJETO DE LA SOCIEDAD: El objeto de la sociedad será a) Las obras civiles de ingeniería y construcción por cuenta propia o de terceros b) El transportes de carga urbana e interurbana y también el arrendamiento de equipos industriales agrícolas y de construcción c) La importación, exportación, venta por mayor y menor de artículos o vía internet de artículos publicitarios y de merchandising. La sociedad podrá además, participar y formar parte de todo en cualquier tipo de sociedades, empresas, asociaciones que se constituyan en lo sucesivo o se encuentren constituidas.- En lo no modificado siguen vigentes demás cláusulas de escritura constitutiva.- Santiago 21 de Abril del 2025.