MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ID Capacitación Limitada

RUT 76014819-9 CVE 2640586
Capital
$4.000.000 CLP
Fecha instrumento
28 de marzo de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
28 de marzo de 2025
Repertorio
4740/2025
Notario
Cristian Felipe Camilla Sandoval
Oficio
1ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$4.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Cristian Felipe Camilla Sandoval, abogado, Notario Público, Titular de la 1ª Notaría Santiago, Huérfanos 1.160, Of. 101 y 102, certifica: Por escritura pública de 28 Marzo de 2025, ante Rodrigo Andrés Farías Picón, Notario Público Interino 1ª Notaría Santiago, mismo domicilio anterior, y anotada bajo el Repertorio Nº 4740/2025 Don LUIS ALEJANDRO PIZARRO MORA, chileno, casado, ingeniero en administración de empresas C.I.N°13.036.393-8, domicilio Capitán Orella N°2825, departamento 301, comuna Ñuñoa, Región Metropolitana; doña MARCELA ALEJANDRA RETAMAL RIVERA, chilena, casada, C.I.N°13.493.469-7, educadora de párvulos, domicilio Capitán Orella N°2825, departamento 301, comuna Ñuñoa, Región Metropolitana; don EDUARDO PAREDES RAMOS, chileno, casado, ocupación Ingeniero Comercial, C.I.N°14.386.031-0, domicilio El Lingüe N°313, comuna Peñalolén, Región Metropolitana; don FERNANDO GENARO VALDÉS RASTELLO, chileno, soltero, Ingeniero en Informática, C.I.N°16.243.941-3, domicilio Fundo San Félix, Lote Uno B, sector Montegrande, comuna Paihuano, Región de Coquimbo, celebraron contrato de cesión de derechos y modificación de estatutos de sociedad “ID Capacitación Limitada” nombre de fantasía “IDCAP Limitada”, Rol Único Tributario N°76.014.819-9, extracto inscrito a fojas 92.847 número 49.728 en Registro Comercio año 2017 del Conservador Bienes Raíces Santiago. Cesión de derechos. a)MARCELA ALEJANDRA RETAMAL RIVERA, dueña de 50% del total de los derechos sociales vende, cede y transfiere su cuarenta y cinco por ciento del total de los derechos sociales a don EDUARDO PAREDES RAMOS quien compra, acepta y adquiere para sí el 45% del total de los derechos sociales por el precio de $900.000.-, pagados en este acto a satisfacción de la cedente; b)MARCELA ALEJANDRA RETAMAL RIVERA, vende, cede y transfiere su cinco por ciento restante del total de los derechos sociales a FERNANDO GENARO VALDÉS RASTELLO, quien compra, acepta y adquiere para sí el 5% del total de los derechos sociales, por el precio de $100.000, pagados en este acto a satisfacción de la cedente; c)LUIS ALEJANDRO PIZARRO MORA, dueño de 50% del total de los derechos sociales vende, cede y transfiere su cinco por ciento del total de los derechos sociales a FERNANDO GENARO VALDÉS RASTELLO, quien compra acepta y adquiere para sí el 5% del total de los derechos sociales, por el precio de $100.000, pagados en este acto a satisfacción del cedente; Se incluye en los derechos cedidos la parte proporcional de los cedentes en la cuota de capital, mayor valor de aportes de capital, fondos de revalorización del capital propio, saldo de cuentas corrientes, utilidades o beneficios devengados y, en general todos los derechos y obligaciones que al cedente correspondan en el haber social; En virtud de la cesión de derechos sociales la cedente MARCELA ALEJANDRA RETAMAL RIVERA, deja de ser socia de “ID Capacitación Limitada” y otorga completo finiquito; Quedan como únicos socios don LUIS ALEJANDRO PIZARRO MORA con 45% de la totalidad de los derechos sociales; don EDUARDO PAREDES RAMOS con 45% de la totalidad de los derechos sociales y; don FERNANDO GENARO VALDÉS RASTELLO con 10% de la totalidad de los derechos sociales; El Capital de la sociedad es la suma de $4.000.000, que se encuentran pagados e ingresados en caja social.-Modificación de Sociedad. Se modifica la Administración de “ID Capacitación Limitada”, recayendo conjuntamente en don LUIS ALEJANDRO PIZARRO MORA y don EDUARDO PAREDES RAMOS, quienes la administrarán, la representarán y harán uso de la razón social sin limitación alguna y de la manera más amplia con todas las facultades que en derecho correspondan, anteponiendo a su firma conjunta el nombre de la sociedad y la obligarán con las más amplias facultades en toda clase de actos y contratos expresamente descritas en la Cláusula Sexta de la escritura modificatoria de fecha 27 de junio de 2018; En todo lo no modificado permanece plenamente vigente el pacto social primitivo. Santiago, 23 de Abril de 2025, Not. Púb. Titular.