COMERCIALIZADORA JAIME VIVES DÍAZ E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 4 de abril de 2025
- Notario
- COMERCIALIZADORA JAIME VIVES DÍAZ E.I.R.L. FELIPE ARMANDO SALAZAR AVENDAÑO
- Domicilio
- titular HERACLIO ROJAS VERGARA
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley 19.857
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCOMERCIALIZADORA JAIME VIVES DÍAZ E.I.R.L. FELIPE ARMANDO SALAZAR AVENDAÑO, Abogado, Notario Público suplente del titular HERACLIO ROJAS VERGARA, de la Cuarta Notaría de Concepción, con oficio en O’Higgins 820, certifico: Por escritura pública de otorgada ante el titular de este oficio con fecha 04 de Abril de 2025, NICOLE ANDREA VIVES DURÁN, chilena, soltera, enfermera, domicilio Ramón Carnicer 165, Penco, cédula de identidad N°18.418.653-5, pone término a la empresa individual de responsabilidad limitada denominada COMERCIALIZADORA JAIME VIVES DÍAZ E.I.R.L., constituida por escritura pública el 28 de mayo de 2007, ante Notario Público de Concepción Julio Kuncar Silhi suplente del titular Francisco Molina Valdés, inscrita a fojas 1092 N°964 en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año 2007, publicada en el Diario Oficial el 18 de julio de 2007, empresa constituida por Jaime Antonio Vives Díaz, cédula de identidad N°10.377.341-5, quien falleció el 20 de Octubre de 2017, cuya posesión efectiva se concedió por Resolución Exenta N°1573 el 18 de enero de 2018, inscrita bajo el N°6340 el año 2018 en el Registro Nacional de Posesiones Efectivas, determinando como únicas herederas Valentina Rayén Vives Gómez, Claudia Millaray Vives Gómez y Nicole Andrea Vives Durán. Por Escritura pública de fecha 18 de enero de 2021 ante Notario Público de Concepción Juan Eduardo Avello San Martín, cuyo extracto se inscribió a fojas 168 N°126 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año 2021, publicado en el Diario Oficial el 21 de enero de 2021, sus únicas herederas procedieron a modificar los estatutos de la empresa procediendo a designar un gerente común por el plazo de 1 año, encontrándose actualmente vencido, en virtud de la letra e) del artículo 15 de la Ley 19.857 de 2003. En conformidad con lo dispuesto en la letra e) inciso segundo y siguientes del artículo 15 de la Ley 19.857, Nicole Andrea Vives Durán, viene en dar por terminada la empresa por la causal: Muerte del titular. Concepción, 24 de Abril de 2025.-