MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

AGRICOLA Y COMERCIALIZADORA A&B SpA

RUT 77704465-6 CVE 2640587
Capital
$5.000 CLP
Fecha instrumento
25 de febrero de 2025
Notaría
Rancagua
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
25 de febrero de 2025
Notario
CELESTE BECERRA MARIN
Oficio
5ª Notaría Rancagua
Comuna
Rancagua

Sociedad

Capital
$5.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será Villa Cordillera, Pasaje Huemul número 562, sector Guacarhue, comuna de Quinta de Tilcoco
Duración
Indefinida

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CELESTE BECERRA MARIN, Notario Público Suplente de la 5ª Notaría Rancagua, con oficio en Avenida General José de San Martín Nº255, certifica: Por escritura pública de 25.02.2025, cuyo repertorio es el Nº460/2025, ante la Notario Público Titular doña Cecilia Galvez Pino, compareció doña JOCELYN MACARENA PÉREZ GÁLVEZ, chilena, soltera, empresaria, C.I. Nº18.890.623-0, domiciliada para estos efectos en Villa Cordillera, Pasaje Huemul número 562, sector Guacarhue, comuna de Quinta de Tilcoco; y vende la totalidad de las acciones que era dueña de la sociedad por acciones “AGRICOLA Y COMERCIALIZADORA A&B SpA”, nombre de fantasía “COMERCIAL A&B SpA”, sociedad constituida por escritura pública de fecha veinte de octubre de dos mil veintidós, otorgada en este Oficio Notarial, y anotada bajo el Repertorio Notarial número 3119/2022, inscrita a fojas ciento sesenta y dos número ciento veinticuatro el Registro de Comercio del año dos mil veintidós del Conservador de Bienes Raíces de Rengo, las acciones vendidas son cinco mil acciones nominativas, representadas en un aporte de cinco millones de pesos ($5.000.000.-), lo que corresponde al cien por ciento del capital social, el que en su totalidad está compuesto por la suma de cinco millones de pesos ($5.000.00.-) ingresados y enterados en la caja social, doña JOCELYN MACARENA PÉREZ GÁLVEZ, vende, cede y transfiere cinco mil acciones nominativas en la Sociedad a don CRISTIAN ALEJANDRO AGUAYO JARAMILLO, cédula de identidad número dieciocho millones setenta y un mil noventa y cinco guión siete, quien las compra, acepta y adquiere para sí por el precio de cinco millones de pesos ($5.000.000.-) En virtud de la compraventa de acciones contenida en la cláusula anterior, queda como únicos socio accionista de la Sociedad, don CRISTIAN ALEJANDRO AGUAYO JARAMILLO , con cinco mil acciones nominativas, representadas en un aporte de cinco millones de pesos ($5.000.000.-), lo que corresponde a un cien por ciento (100%) del capital social. Además señala que la administración de la sociedad, la ejerce don MARCOS ENRIQUE BASTÍAS DUARTE, cédula de identidad número quince millones setecientos treinta y mil setecientos noventa y cuatro guión cero según consta en la cláusula trigésimo séptima o artículo trigésimo séptimo de la constitución de la sociedad, con las facultades contempladas en el artículo décimo tercero o cláusula décimo tercera, de la escritura de constitución, como consecuencia de lo anteriormente expuesto, se modifica el ARTICULO TRIGESIMO SÉPTIMO del Estatuto Social, referido a la administración y representación de la sociedad, la que a partir de la presente modificación corresponderá al único socio accionista don CRISTIAN ALEJANDRO AGUAYO JARAMILLO en calidad de administrador, quien anteponiendo su firma a la razón social, podrá efectuar, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos inherentes al giro social, sin limitación alguna, y aquellos que sean necesarios o conducentes al cumplimiento de su objeto, con todas y cada una de las facultades que a vía ilustrativa y no taxativa, restrictiva, limitativa o excluyentes se enumeran el ARTICULO DÉCIMO TERCERO del Estatuto Social contenido en la Escritura Pública de constitución. Domicilio: El domicilio de la sociedad será Villa Cordillera, Pasaje Huemul número 562, sector Guacarhue, comuna de Quinta de Tilcoco, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que el Directorio acuerde establecer, en el país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 24 de abril de 2025.- Otras estipulaciones escritura extractada. Portador facultado legalización. Rancagua, 24 de abril de 2025.-