AGRÍCOLA EL VOLCÁN SpA
Instrumento
- Fecha
- 24 de abril de 2025
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA , Titular Cuadragésima Tercera Notaría Santiago, Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifica: Por escritura pública de modificación de AGRÍCOLA EL VOLCÁN SpA (la “Sociedad”), de fecha primero de abril de 2025, otorgada ante mí, repertorio número 9.449-2025, sociedad inscrita a fojas 24.171, número 9.382 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2025, don Franco Joaquín Pecchi Chapela, en su calidad de único y actual accionista de la Sociedad, según consta en el Registro de Accionistas de la Sociedad que tuve a la vista, modificaron los estatutos de la Sociedad, aumentando el capital y sustituyendo íntegramente el artículo quinto de los estatutos de la Sociedad, por el siguiente: “Artículo Quinto. El capital de la Sociedad es la suma de un millón ocho mil cien pesos, dividido en nueve mil cien acciones nominativas, de las cuales mil son acciones ordinarias de Serie A y ocho mil cien son acciones de Serie B. Las acciones podrán pagarse en dinero o en otros bienes. El capital se suscribe y paga en la forma establecida en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Las acciones de Serie A son acciones ordinarias y gozan de todos los derechos económicos y políticos, en circunstancias que las acciones Serie B no tienen derecho económico alguno y sólo pueden ejercer derecho a voto respecto del gravamen establecido en el artículo trigésimo sexto de estos estatutos.” Con esto, el capital social asciende a la suma de un millón ocho mil cien pesos dividido en nueve mil cien acciones nominativas, de las cuales mil son acciones ordinarias Serie A y ocho mil cien son acciones Serie B, el que se suscribe y paga por los accionistas de la siguiente forma: i) FRANCO JOAQUÍN PECCHI CHAPELA suscribe en este acto mil acciones Serie A, en la suma de un millón de pesos, las cuales se suscriben y pagan íntegramente en dinero efectivo en ese mismo acto ingresando a la caja social; y ii) ocho mil cien acciones Serie B representativas de la cantidad de ocho mil cien pesos que quedan pendientes de suscripción y pago, y que deberán suscribirse y pagarse en dinero en el plazo de tres años contados desde esta fecha. Las demás estipulaciones constan en la escritura pública extractada. Santiago, 24 de abril de 2025.