SOCIEDAD DE PROFESIONALES MURILLAS NIETO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de abril de 2025
- Notario
- Félix Jara Cadot
- Oficio
- 41º Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
- Domicilio
- La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Santiago
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de 5 años, a contar de la fecha de escritura de constitución, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del respectivo períodos que estuviese vigente, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación a lo menos de 6 meses al fin del respectivo período. Socios limitan su responsabilidad personal hasta el monto de sus respectivos
Objeto social
El objeto de la sociedad será la prestación de servicios o asesorías profesionales, y en especial, servicios de asesoramiento técnico en al ámbito industrial y de procesos, asesorías financieras, bancario, comercial y empresarial, pudiendo, celebrar todos los actos y contratos que permitan el cumplimiento del objeto social, y en general toda operación relacionada directamente con las actividades descritas
Administración
La administración y representación de la sociedad, así como el uso de la razón social corresponderá a los socios Gloria Isabel Nieto Ibaceta y Javier Luciano Murillas Moreno, quienes actuando conjuntamente anteponiendo la razón social a su firma podrán actuar por la sociedad, y representarla con las más amplias atribuciones y facultades señaladas en el artículo CUARTO de los estatutos sociales, sin que ella sea taxativa o limitativa
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFélix Jara Cadot, Notario Público 41º Notaría Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por escritura pública fecha 16 abril 2025, ante mí, Rep. 7647-2025, doña Gloria Isabel Nieto Ibaceta, chilena, casada y separada totalmente de bienes, ingeniera civil industrial, cédula de identidad N°14.282.903-7 y don Javier Luciano Murillas Moreno, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero civil mecánico, cédula de identidad N°10.588.907-0, ambos domiciliados en Santiago, calle Valenzuela Puelma 9.753, casa 26, Comuna de La Reina, Región Metropolitana, han convenido en constituir una sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “SOCIEDAD DE PROFESIONALES MURILLAS NIETO LIMITADA”. DOMICILIO: La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en el resto del país o del extranjero. OBJETO: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios o asesorías profesionales, y en especial, servicios de asesoramiento técnico en al ámbito industrial y de procesos, asesorías financieras, bancario, comercial y empresarial, pudiendo, celebrar todos los actos y contratos que permitan el cumplimiento del objeto social, y en general toda operación relacionada directamente con las actividades descritas. ADMINISTRACIÓN: La administración y representación de la sociedad, así como el uso de la razón social corresponderá a los socios Gloria Isabel Nieto Ibaceta y Javier Luciano Murillas Moreno, quienes actuando conjuntamente anteponiendo la razón social a su firma podrán actuar por la sociedad, y representarla con las más amplias atribuciones y facultades señaladas en el artículo CUARTO de los estatutos sociales, sin que ella sea taxativa o limitativa. CAPITAL: El capital social es la suma de $500.000.-, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) doña Gloria Isabel Nieto Ibaceta, aporta la suma de $250.000.-, correspondiente al 50% del capital social, cantidad que pagó al momento de la suscripción de la escritura, y b) don Javier Luciano Murillas Moreno, aporta la suma de $250.000.- correspondiente al 50% del capital social, cantidad que pagó al momento de la suscripción de la escritura. DURACIÓN: La sociedad tendrá una duración de 5 años, a contar de la fecha de escritura de constitución, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del respectivo períodos que estuviese vigente, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación a lo menos de 6 meses al fin del respectivo período. Socios limitan su responsabilidad personal hasta el monto de sus respectivos aportes. Se facultó al portador extracto para legalización. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 17 abril 2025.-