MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Elena Norte SpA

RUT 76364561-4 CVE 2640434
Fecha instrumento
23 de abril de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de abril de 2025
Repertorio
18996/2025
Notario
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

La Sociedad tendrá por

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
AME ENERGÍA SpA socio 76186741-5

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38ª Notaría de Santiago, oficio en calle Isidora Goyenechea N° 3.477, oficina 10, Las Condes, Santiago, certifica: por escritura pública otorgada ante mí con fecha 23 de abril de 2025, Repertorio N°18.996/2025 AME ENERGÍA SpA, RUT Nº 76.186.741 -5, debidamente representada, en su calidad de única y actual accionista de la sociedad ELENA NORTE SpA, en adelante también la “Sociedad”, RUT N° 76.364.561-4, inscrita a fojas 17.503 N° 11.000 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2014, acordó modificar el objeto de la Sociedad. Al efecto, se acordó sustituir el artículo cuarto del estatuto por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: Objeto. La Sociedad tendrá por objeto: i) Desarrollar y ejecutar todo tipo de inversiones, proyectos y actividades en el negocio energético, minero y de infraestructura, incluyendo sin limitación el desarrollo de proyectos de generación eléctrica, proyectos mineros y proyectos para la importación, almacenamiento y procesamiento de hidrocarburos; ii) La construcción y emplazamiento de instalaciones asociadas con los proyectos desarrollados por la Sociedad; iii) La inversión en otras sociedades que desarrollen cualquiera de dichas actividades o negocios; y iv) La generación, distribución y transferencia de energía eléctrica y/o hidrocarburos, por cualquier medio o fuente, todo lo anterior directamente o mediante la inversión en otras sociedades que desarrollen cualquiera de dichas actividades o negocios. Para el cumplimiento de su objeto la Sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, y dar o tomar en arrendamiento, concesión u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales; importar y exportar toda clase de bienes y servicios; gravar con hipotecas o prendas de cualquier clase sus bienes; celebrar contratos de sociedad de cualquier tipo; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios o convenientes al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad.”. Santiago, 23 de 2025.