WALL PROPIEDADES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de abril de 2025
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $7.946.334 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 11/04/2025, ante mí, REP. N°4493-2025:doña Verónica Andrea Valladares Cortínez, quien comparece por si y en representación de don Andrés Felipe Ritter Valladares, ambos domiciliados en Camino de Cintura N°1.470, departamento 401D, comuna de Huechuraba; y doña Cecilia Paola Valladares Cortínez, domiciliada en Camino del Roble N°1.334, casa 43, comuna de Huechuraba; modificaron sociedad “Wall Propiedades Limitada”, inscrita fojas 14.568 número 6.937 del Registro de Comercio de Santiago año 2023: 1.- Cesión de Derechos: Cecilia Paola Valladares Cortínez vende, cede y transfiere el total de sus derechos, que ascienden al 10% de los derechos sociales de la Sociedad Wall Propiedades Limitada a Andrés Felipe Ritter Valladares, quien los compra y adquiere para sí, en precio y condiciones de pago indicados en escritura extractada; 2.- Modificación Estatutos Sociales: Como consecuencia de cesiones de derechos, socios readecúan sus estatutos sociales, reemplazando Artículo Quinto por siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la cantidad de $7.946.334, que los socios aportan y pagan de la siguiente forma: Uno. VERÓNICA ANDREA VALLADAREZ CORTÍNEZ aporta la cantidad de 7.151.700 pesos, esto es el 90% del capital social y propiedad de la presente sociedad, que ha enterado y pagado con anterioridad a esta fecha. Dos. ANDRÉS FELIPE RITTER VALLADARES aporta la cantidad de 794.634 pesos, esto es el 10% del capital social y propiedad de la presente sociedad, que ha enterado y pagado con anterioridad a esta fecha. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente suscrito y pagado”; 3.- Modificación de Estatutos Sociales. VERÓNICA ANDREA VALLADAREZ CORTÍNEZ y ANDRÉS FELIPE RITTER VALLADARES, acuerdan modificar el artículo SÉPTIMO de los estatutos sociales por el siguiente: “SÉPTIMO: La administración de la sociedad, la representación y el uso de la razón social corresponderá a doña VERÓNICA ANDREA VALLADAREZ CORTÍNEZ, quien actuando por la sociedad y anteponiendo a la razón su firma la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos con las facultades contenidas en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan de escritura extractada.- Santiago, 15 de abril 2025.