SOCIEDAD IMPORTADORA Y EXPORTADORA J.O.M LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de abril de 2025
- Repertorio
- 4360-2025
- Notario
- PATRICIA VALENTINA MANRIQUEZ HUERTA
- Oficio
- 48ª. Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $9.000.000 CLP
Objeto social
uno) toda actividad relacionada con el comercio en general, venta y distribución tanto nacional como internacional. Para la realización de su giro social, la sociedad podrá, comprar, vender, arrendar, permutar, distribuir, importar y exportar toda clase de bienes muebles, tales como prendas de vestir, juguetes, artefactos eléctricos, calzados, artículos de decoración, entre otros. dos) Adquirir, instalar y explotar establecimientos o centros comerciales. Actuar como agente o consignatario, apoderado o representante de empresas industriales o comerciales, nacionales o internacionales. tres) La adquisición, enajenación, comercialización, administración, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, por cuenta propia o ajena. cuatro) Invertir en bienes muebles, corporales o incorporales, de toda clase, como acciones, bonos, debentures, y cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles pudiendo adquirirlos y enajenarlos a cualquier título, administrarlos y percibir sus frutos. cinco) La confección y fabricación, al por mayor y al detalle de toda clase de prendas de vestir, sean de uso general o de usos especiales, como ropa de seguridad. seis) Efectuar toda clase de negocios y actividades relacionadas directa o indirectamente con los giros antes mencionados y que los accionistas acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA VALENTINA MANRIQUEZ HUERTA, Notario Público Titular de la 48ª. Notaría de Santiago, Avenida Apoquindo 3076, piso 6, Las Condes, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 14/04/2025, Repertorio N°4360-2025, ante mí, ESTER DEL CARMEN CABRERA CASTRO, C.I. N°7.298.834-5, domiciliada en Av. Condell N°650 dpto. 802, Providencia, Región Metropolitana, GUIILLERMO DOMINGO CABRERA CASTRO, C.I. N°10.067.211-1, domiciliado en calle Caupolicán N°1393, Cerro Navia, Región Metropolitana, JORGE CABRERA CASTRO, C.I. N°8.959.414-6, domiciliado en Condominio El Curato, parcela N°14, Padre Hurtado, Región Metropolitana, OSCAR LUIS CABRERA CASTRO, C.I. N°8.770.797-0, domiciliado en calle Tiberiades N°943, Pudahuel, Región Metropolitana, RAMONA DEL PILAR GEISSER BUSTOS, C.I. N°11.296.879-2 del mismo domicilio anterior y JORGE SEBASTIÁN CABRERA SAAVEDRA, C.I. N°15.798.047-5, domiciliado en Camino Melipilla N°14.200, parcela 14, Padre Hurtado, Región Metropolitana, transformaron la sociedad “SOCIEDAD IMPORTADORA Y EXPORTADORA J.O.M LIMITADA”, Rut N°78.950.540-3, constituida por escritura pública de fecha 14/10/1996, otorgada ante el notario de Santiago don Arturo Carvajal Escobar, inscrita en el Registro de Comercio a fojas 26.064 número 20195 año 1996. Actuales socios modifican el pacto social primitivo en el sentido de transformar la sociedad en la “SOCIEDAD IMPORTADORA Y EXPORTADORA J.O.M SpA”, nombre de fantasía “J.O.M SpA”, cuyo domicilio será la ciudad de Santiago y su duración indefinida. Objeto: uno) toda actividad relacionada con el comercio en general, venta y distribución tanto nacional como internacional. Para la realización de su giro social, la sociedad podrá, comprar, vender, arrendar, permutar, distribuir, importar y exportar toda clase de bienes muebles, tales como prendas de vestir, juguetes, artefactos eléctricos, calzados, artículos de decoración, entre otros. dos) Adquirir, instalar y explotar establecimientos o centros comerciales. Actuar como agente o consignatario, apoderado o representante de empresas industriales o comerciales, nacionales o internacionales. tres) La adquisición, enajenación, comercialización, administración, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, por cuenta propia o ajena. cuatro) Invertir en bienes muebles, corporales o incorporales, de toda clase, como acciones, bonos, debentures, y cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles pudiendo adquirirlos y enajenarlos a cualquier título, administrarlos y percibir sus frutos. cinco) La confección y fabricación, al por mayor y al detalle de toda clase de prendas de vestir, sean de uso general o de usos especiales, como ropa de seguridad. seis) Efectuar toda clase de negocios y actividades relacionadas directa o indirectamente con los giros antes mencionados y que los accionistas acuerden. Capital: $9.000.000.-, dividido 9.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de igual valor cada una, íntegramente suscrito y pagado por accionistas este acto, distribuido: i) Guillermo Domingo Cabrera Castro, suscribe y paga 1.965 acciones, enterando en este acto en la caja social la suma de $1.964.700.- al contado y en dinero en efectivo, correspondiente al 21.83% de las acciones. ii) Jorge Cabrera Castro, suscribe y paga 3.315 acciones, enterando en este acto en la caja social la suma de $3.314.700.- al contado y en dinero en efectivo, correspondiente al 36.83% de las acciones. iii) Oscar Luis Cabrera Castro, suscribe y paga 3.316 acciones, enterando en este acto en la caja social la suma de $3.315.600.- al contado y en dinero en efectivo, correspondiente al 36.84% de las acciones. iv) Jorge Sebastián Cabrera Saavedra, suscribe y paga 180 acciones, enterando en este acto en la caja social la suma de $180.000.- al contado y en dinero en efectivo, correspondiente al 2% de las acciones v) Ramona del Pilar Geisser Bustos, suscribe y paga 180 acciones, enterando en este acto en la caja social la suma de $180.000.- al contado y en dinero en efectivo, correspondiente al 2% de las acciones. vi) Ester del Carmen Cabrera Castro, suscribe y paga 45 acciones, enterando en este acto en la caja social la suma de $45.000.- al contado y en dinero en efectivo, correspondiente al 0.5% de las acciones. Accionistas serán responsables sólo hasta monto respectivos aportes. Administración, uso del nombre y representación de la sociedad, corresponde a los delegados designados por la mayoría de los accionistas. Restantes estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 22 de Abril de 2025. DOY FE.-