NONANTOLA HOLDINGS SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de abril de 2025
- Repertorio
- 12589-2025
- Notario
- CAROLINA ELIZABETH PIÑA CUEVAS
- Oficio
- Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $6.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la comuna de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCAROLINA ELIZABETH PIÑA CUEVAS, Abogado, Notario Público, Suplente del Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, con oficio en calle Av. Apoquindo N° 3001, piso 2, Las Condes, Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 15 de abril de 2025, repertorio N° 12.589-2025, ante mí, don ABSALÓN ARMANDO ESPINOSA PIZARRO, chileno, constructor civil, casado, C.I. N° 5.709.092-8, en representación de GESTIÓN PATRIMONIAL SAN MIGUEL LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, RUT 76.377.81-8; doña MARÍA FRANCISCA ESPINOSA GARUTI, chilena, diseñadora gráfica, casada y separada de bienes, C.I. N° 13.831.792-5; don MAURICIO ANDRES ESPINOSA GARUTI, chileno, arquitecto, soltero, C.I. N° 15.742.088-3; doña MARÍA FERNANDA ESPINOSA GARUTI, chilena, publicista, casada y separada de bienes, C.I. N° 16.213.039-0; don BRUNO ANDRÉS ESPINOSA GARUTI, chileno, Ingeniero en construcción, casado y separado de bienes, C.I N° 17.083.420-8; y don SEBASTIÁN ANDRÉS ESPINOSA GARUTI, chileno, arquitecto, divorciado, C.I. N° 13.433.469-K; todos con domicilio en Santiago, y para estos efectos en Avenida Cerro El Plomo 5680, of. 201, comuna de Las Condes, en calidad de únicos accionistas, se redujo el Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de NONANTOLA HOLDINGS SpA, celebrada, con la asistencia don Álvaro González Salinas Abogado y notario público titular de la Cuadragésima segunda notaría de Santiago, con fecha 30-12-2024 en que se acordó transformar la sociedad NONANTOLA HOLDINGS SpA Rut 76.377.076-1 a INVERSIONES NONANTOLA HOLDINGS LIMITADA, como también Aprobar y otorgar un texto refundido de los estatutos de la sociedad. En dicha junta, don ABSALÓN ARMANDO ESPINOSA PIZARRO, chileno, constructor civil, casado, C.I. N° 5.709.092-8, en representación de GESTIÓN PATRIMONIAL SAN MIGUEL LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rut 76.377.81-8; doña MARÍA FRANCISCA ESPINOSA GARUTI, chilena, diseñadora gráfica, casada y separada de bienes, C.I. N° 13.831.792-5; don MAURICIO ANDRES ESPINOSA GARUTI, chileno, arquitecto, soltero, C.I. N° 15.742.088-3; doña MARÍA FERNANDA ESPINOSA GARUTI, chilena, publicista, casada y separada de bienes, C.I. N° 16.213.039-0; don BRUNO ANDRÉS ESPINOSA GARUTI, chileno, Ingeniero en construcción, casado y separado de bienes, C.I. N°17.083.420-8; y don SEBASTIÁN ANDRÉS ESPINOSA GARUTI, chileno, arquitecto, divorciado, C.I. N° 13.433.469-K; todos con domicilio en Santiago, y para estos efectos en Avenida Cerro El Plomo 5680, of. 201, comuna de Las Condes, en calidad de actuales y únicos accionistas de la sociedad NONANTOLA HOLDINGS SpA, constituida por escritura pública de fecha 25 de abril de 2014, otorgada ante don Félix Jara Cadot, Abogado y Notario Público Titular de la 41ª Notaría de Santiago, anotada bajo el repertorio N° 13.068-2014, cuyo extracto fue inscrito a fojas 31.662, N° 19.777 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2014, y publicado en el Diario Oficial N° 40.847, de fecha 03 de mayo de 2014, transformaron dicha sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada, la que se regirá por el siguiente Estatuto: RAZON SOCIAL: La razón social de la sociedad será “INVERSIONES NONANTOLA HOLDINGS LIMITADA”; pudiendo también abreviarse la expresión LIMITADA por LTDA. y Nombre de Fantasía “INVERSIONES NONANTOLA LTDA.”, La que será continuadora legal de su antecesora denominada NONANTOLA HOLDINGS SpA. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la comuna de Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales o filiales que se establezcan en otros lugares del país o en el extranjero. OBJETO. La sociedad tendrá por objeto: la obtención de rentas de capitales mobiliarios de cualquiera índole y de todo tipo de inmuebles, corporales o incorporales; la realización de toda clase de operaciones en el mercado de capitales, incluyéndose la adquisición y enajenación de acciones, bonos, acreencias u otros valores similares; el otorgamientos de créditos y cauciones de cualquiera especie y, en general la realización en el país o en el exterior de toda clase de inversiones mobiliarias y operaciones crediticias permitidas a particulares. Todo ello con miras a distribuir entre sus accionistas los beneficios que de ello provengan. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $6.000.000.-, el que se encuentra conformado de la siguiente manera: A) la socia GESTIÓN PATRIMONIAL SAN MIGUEL LIMITADA, aportó la suma de $4.200.000.-, equivalente a un 70% de la participación social. Suma que ya se encuentra ingresada y pagada en caja social; B) la socia doña MARÍA FRANCISCA ESPINOSA GARUTI, aportó la suma de $360.000.-, equivalente al 6% de la participación social. Suma que ya se encuentra ingresada y pagada en caja social. C) el socio don MAURICIO ANDRÉS ESPINOSA GARUTI, aportó la suma de $360.000.-, equivalente al 6% de la participación social. Suma que ya se encuentra ingresada y pagada en caja social. D) la socia doña MARÍA FERNANDA ESPINOSA GARUTI, aportó la suma de $360.000.-, equivalente al 6% de la participación social. Suma que ya se encuentra ingresada y pagada en caja social. E) el socio don BRUNO ANDRÉS ESPINOSA GARUTI, aportó la suma de $360.000.-, equivalente al 6% de la participación social. Suma que ya se encuentra ingresada y pagada en caja social. F) y el socio don SEBASTIÁN ANDRÉS ESPINOSA GARUTI, aportó la suma de $360.000.-, equivalente al 6% de la participación social. Suma que ya se encuentra ingresada y pagada en caja social. De esta manera queda íntegramente suscrito el capital social. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá exclusivamente don ABSALÓN ARMANDO ESPINOSA PIZARRO y a doña CATIA GARUTI SETI, quienes actuando conjunta o separadamente de manera indistinta y anteponiendo a su firma la razón social la representarán y obligarán ante cualquier persona natural o jurídica, autoridad, servicio o institución o fundación de derecho público o privado, con las más amplias facultades que se requieran en derecho, pudiendo obligarla en toda clase de actos o contratos inherentes o no al giro con facultades señaladas en escritura. DURACIÓN: La sociedad empezará a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración indefinida. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 24 de Abril de 2025.