MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

KINESIOLOGIA RELONCAVI SpA

RUT 77048264-K CVE 2640210
Fecha instrumento
7 de marzo de 2025
Notaría
Pública Titular de la Quinta Notaria

Instrumento

Fecha
7 de marzo de 2025
Repertorio
533
Comuna
Pública Titular de la Quinta Notaria

Sociedad

Ley aplicable
ley 18.046

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LEBBY CAROLÍN BARRÍA GUTIÉRREZ, Notaria Pública Titular de la Quinta Notaria de Puerto Montt, con oficio en calle Pedro Montt 180, de esta ciudad, certifico: Que por escritura pública de fecha 07 de marzo de 2025, repertorio Nº 533 ante doña EUGENIA ALEJANDRA GOMEZ BARRIENTOS, Notario Suplente de la Titular, doña NORMA VALESKA MUÑOZ COYOPAY, chilena, kinesióloga, casada, cédula de identidad número trece millones novecientos sesenta y seis mil setecientos tres guion cuatro, domiciliada en calle vía azul número novecientos cincuenta y uno, casa veinte, condominio alto Reloncavi Sur, comuna de puerto Montt, única y actual accionista de KINESIOLOGIA RELONCAVI SpA, expone: UNO) Que, por escritura pública de fecha 17 de julio de dos mil diecinueve, ante el Notario Público de Santiago don Luis Ignacio Manquehual Mery, se firmó una escritura de constitución con número de repertorio 4395/2019, inscrito en el conservado de comercio de Puerto Montt a fojas 725, número 454, correspondiente al registro de comercio del año 2019, publicado en el diario oficial el día 25 de julio del año 2019, DOS) El capital actual de la sociedad es la cantidad de un millón de pesos, dividido y representado en cincuenta acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal; TRES) Se declara que la única accionista de la sociedad KINESIOLOGIA RELONCAVI SpA es NORMA VALESKA MUÑOZ COYOPAY se declara se modifica íntegramente y reemplaza la cláusula primero, por el siguiente artículo: ARTICULO PRIMERO, Por un error involuntario el extracto de la modificación con repertorio 2489-2024, en notaria de Puerto Montt ante Lebby Carolin Barría Gutiérrez, no se inscribió en el registro de comercio del conservador de bienes raíces de Puerto Varas; ARTICULO SEGUNDO. SANEAMIENTO atendido lo expuesto y de conformidad a lo dispuesto en la ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve y el incisivo segundo del artículo cuatrocientos veintiocho del código de comercio, viene en sanear los vicios formales de nulidad en que se incurrió al no inscribir el extracto en el registro de comercio en el plazo señalado establecido por la ley 18.046, que acuerda modificación de estatutos, por lo que la escritura con fecha 4 de noviembre del 2024 reducida a escritura pública en la notaria de Puerto Montt de don Lebby Barria Gutiérrez, no fue inscrito en el conservador de bienes raíces de Puerto Varas dentro de los 60 días, por lo que se viene a sanear el vicio formal de nulidad, por el presente acto, y vengo en señalar que la modificación se señala en los términos siguientes: ARTICULO PRIMERO, El nombre de la sociedad o su razón social será Kinesiología Reloncavi SpA pudiendo funcionar y actuar, inclusive ante bancos y entidades financieras con el nombre de Kinesiología Reloncavi SpA. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. ARTICULO TERCERO: conforme a nuevo domicilio por el presente acto los comparecientes modifican el domicilio reemplazando el artículo segundo por el siguiente texto ARTICULO SEGUNDO. El domicilio de la sociedad es en la ciudad y comuna de Puerto Varas, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país, o en el extranjero “, por lo que el extracto debe ser inscrito con el objeto de corregir la omisión de la inscripción en el registro de comercio, sin perjuicio de las demás menciones que se requieran de acuerdo a la ley número 19.499. ARTICULO CUARTO: La presente escritura se entenderá formar parte de la sociedad antes individualizada, modificándola en lo expresado en las cláusulas anterior, dejando válida y subsistentes sus cláusulas no modificadas. Puerto Montt, 17 de marzo de 2025.