Eterna SpA
Instrumento
- Fecha
- 23 de abril de 2025
- Repertorio
- 7249/2025
- Notario
- LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
En virtud de este acuerdo, la redacción del mencionado artículo queda de la siguiente manera: Artículo Tercero: La Sociedad tendrá por objeto dedicarse, ya sea por cuenta propia y)o de terceros y)o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, a las siguientes actividades; a) la prestación de servicios y asesorías de diseño, arquitectura, construcción, fabricación, ingeniería, logística, transporte, importación, exportación, arrendamiento, montaje y comercialización de todo tipo de bienes muebles o inmuebles; b) la importación, exportación, distribución, compraventa, arrendamiento, fabricación, reparación y, en general cualquier modo de comercialización de todo tipo de equipos de apoyo en la construcción de obras civiles, sean éstas motorizadas o no; c) la construcción o encargo para la construcción de edificios, viviendas u otras obras en bienes raíces urbanos o rurales y la venta de todo o parte de ellos a terceros, su enajenación, arriendo o cesión de uso y goce a cualquier título; la venta de materiales directa o indirectamente asociados a la construcción la elaboración y modificación de proyectos habitacionales; la realización de inspección técnica de obras de construcción; la administración de contratos de obra; la prestación de servicios de asistencia técnica y social en el marco de los programas de vivienda gestionados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de acuerdo con los reglamentos que tal Ministerio establezca a tales efectos; la gestión de obras de construcción ante los Serviu Regionales y ante las Dirección de Obras Municipales; la gestión de la inscripción de las viviendas ante los Conservadores de Bienes Raíces que correspondan y toda actividad relacionada directa o indirectamente con el giro de construcción; d) la realización de todo tipo de inversiones, por cuenta propia o de terceros, pudiendo para tal efecto adquirir y enajenar toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, con la facultad de administrar y explotar dichas inversiones; y e) Constituir y participar en todo tipo de sociedades, asociaciones, comunidades y otras
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos N° 941, local 302, comuna de Santiago, certifica que: con fecha 15 de abril de 2025, ante mi, se protocolizó bajo el repertorio N° 7249/2025, el acta de la junta extraordinaria de accionistas (en adelante, la “Junta”) de la sociedad Eterna SpA, sociedad inscrita a fojas 89043 N° 42825 del Registro de Comercio de Santiago del año 2020 (en adelante, la “Sociedad”). La Junta fue celebrada con fecha 26 de febrero de 2025 con la asistencia de la totalidad de las acciones con derecho a voto. En ella, Kawen Inversión y Creación de Valor Limitada, Asesorías e Inversiones Guillermo Javier Schenone Empresa Individual de Responsabilidad Limitada e Inversiones Orschwiller Limitada, en su calidad de únicos accionistas habiéndose revisado el Registro de Accionistas por el presente, acordaron por unanimidad modificar el artículo Tercero de los estatutos sociales referente al objeto social. En virtud de este acuerdo, la redacción del mencionado artículo queda de la siguiente manera: Artículo Tercero: La Sociedad tendrá por objeto dedicarse, ya sea por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, a las siguientes actividades; a) la prestación de servicios y asesorías de diseño, arquitectura, construcción, fabricación, ingeniería, logística, transporte, importación, exportación, arrendamiento, montaje y comercialización de todo tipo de bienes muebles o inmuebles; b) la importación, exportación, distribución, compraventa, arrendamiento, fabricación, reparación y, en general cualquier modo de comercialización de todo tipo de equipos de apoyo en la construcción de obras civiles, sean éstas motorizadas o no; c) la construcción o encargo para la construcción de edificios, viviendas u otras obras en bienes raíces urbanos o rurales y la venta de todo o parte de ellos a terceros, su enajenación, arriendo o cesión de uso y goce a cualquier título; la venta de materiales directa o indirectamente asociados a la construcción la elaboración y modificación de proyectos habitacionales; la realización de inspección técnica de obras de construcción; la administración de contratos de obra; la prestación de servicios de asistencia técnica y social en el marco de los programas de vivienda gestionados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de acuerdo con los reglamentos que tal Ministerio establezca a tales efectos; la gestión de obras de construcción ante los Serviu Regionales y ante las Dirección de Obras Municipales; la gestión de la inscripción de las viviendas ante los Conservadores de Bienes Raíces que correspondan y toda actividad relacionada directa o indirectamente con el giro de construcción; d) la realización de todo tipo de inversiones, por cuenta propia o de terceros, pudiendo para tal efecto adquirir y enajenar toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, con la facultad de administrar y explotar dichas inversiones; y e) Constituir y participar en todo tipo de sociedades, asociaciones, comunidades y otras. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de abril de 2025.