Instrumento
- Fecha
- 21 de abril de 2025
- Repertorio
- 414-2025
- Notario
- ALEJANDRA VALESKA HIDALGO FUENTES
- Oficio
- Vigésima Segunda Notaría de este territorio jurisdiccional
Sociedad
- Capital
- $950.000 CLP
- Domicilio
- La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto social de la sociedad será: a) El desarrollo de soluciones tecnológicas y la prestación de servicios de apoyo para gestión de datos, incluyendo la creación, mantenimiento y operación de sistemas de información orientados al registro, control y automatización de dichos procesos ; b) La elaboración, implementación y soporte de plataformas digitales destinadas a la integración de soluciones tecnológicas para empresas y consumidores, abarcando desde sistemas de registro de cobros y herramientas de conciliación financiera ; c) El desarrollo de softwares y servicios especializados para la gestión de datos, incluyendo la creación de mecanismos de monitoreo, seguridad y eficiencia operativa para los agentes involucrados en dichas operaciones; d) La inversión y participación, directa o indirecta , en todo tipo de sociedades, así como el establecimiento de alianzas con empresas que desarrollen actividades complementarias o relacionadas; e) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea consecuencia de los mismos, u otros que determine la sociedad. La lista anterior es meramente ilustrativa y no limita el objeto social de la sociedad, permitiendo a la sociedad celebrar cualquier tipo de contrato relacionado con el cumplimiento y ejecución de sus objetivos
Administración
La Sociedad será administrada por un Administrador, en adelante el “Administrador”, quien podrá ser accionista o no de la Sociedad, personas naturales o jurídicas, y a quien le corresponderá representar judicial y extrajudicialmente a la Sociedad, y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas de la Junta de Accionistas, sin que sea necesario otorgarles poder especial alguno
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRA VALESKA HIDALGO FUENTES, Abogado, Notario Público Interino de la Vigésima Segunda Notaría de este territorio jurisdiccional, con oficio y domicilio en Avenida El Bosque Norte número 047, Las Condes, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 21 de abril de 2025, ante mí, Repertorio N° 414-2025, comparece don MANUEL ALEJANDRO BELEMMI AVILÉS, chileno, soltero, abogado, C.I. Nº 18.479.058-0, domiciliado en Avenida Los Militares Nº5953, oficina 304, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, en representación de CRISTIANO PANTALEÃO MASCHIO, ciudadano brasileño, Rol Único Tributario N° 48227950-3, domiciliado en calle Alameda Oscar Niemeyer número mil cien, Vila da Serra, Nova Lima, Estado de Minas Gerais, República Federativa de Brasil, constituyó una sociedad por acciones que s e regirá por las disposiciones pertinentes, y en especial por sus estatutos, y supletoriamente en silencio de las normas antes señaladas del Código de Comercio, y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas. Los estatutos son los siguientes: Razón Social. El nombre o razón social será “ANDEX PAYMENTS SpA”, pudiendo actúa válidamente, para todos los efectos legales, de publicidad y ante los Bancos e Instituciones Financieras con el nombre de fantasía de “Andex Payments”. Domicilio. La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o en el extranjero. Duración. La duración de la sociedad será indefinida. Objeto. El objeto social de la sociedad será: a) El desarrollo de soluciones tecnológicas y la prestación de servicios de apoyo para gestión de datos, incluyendo la creación, mantenimiento y operación de sistemas de información orientados al registro, control y automatización de dichos procesos ; b) La elaboración, implementación y soporte de plataformas digitales destinadas a la integración de soluciones tecnológicas para empresas y consumidores, abarcando desde sistemas de registro de cobros y herramientas de conciliación financiera ; c) El desarrollo de softwares y servicios especializados para la gestión de datos, incluyendo la creación de mecanismos de monitoreo, seguridad y eficiencia operativa para los agentes involucrados en dichas operaciones; d) La inversión y participación, directa o indirecta , en todo tipo de sociedades, así como el establecimiento de alianzas con empresas que desarrollen actividades complementarias o relacionadas; e) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea consecuencia de los mismos, u otros que determine la sociedad. La lista anterior es meramente ilustrativa y no limita el objeto social de la sociedad, permitiendo a la sociedad celebrar cualquier tipo de contrato relacionado con el cumplimiento y ejecución de sus objetivos. Capital. El capital de la sociedad será la suma de $950.000, dividido en 5.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal las cuales son íntegramente suscritas por el accionista único CRISTIANO PANTALEÃO MASCHIO, las que fueron pagadas en el acto en dinero efectivo el que ingresó a la caja social. Administración. La Sociedad será administrada por un Administrador, en adelante el “Administrador”, quien podrá ser accionista o no de la Sociedad, personas naturales o jurídicas, y a quien le corresponderá representar judicial y extrajudicialmente a la Sociedad, y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas de la Junta de Accionistas, sin que sea necesario otorgarles poder especial alguno. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 24 de abril de 2025.