Grupo Inmobiliario E&C Limitada
Instrumento
- Fecha
- 15 de abril de 2025
- Repertorio
- 15824
- Notario
- RAFAEL ORLANDO CORVALÁN GUERRA
- Oficio
- Titular de la Primera Notaría de La Reina
- Comuna
- La Reina
Sociedad
- Capital
- $2.472.355.535 CLP
- Duración
- La duración de la sociedad será de 5 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por periodos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio no menos de seis meses antes del respectivo vencimiento
Objeto social
El objeto de la Sociedad será: a) La adquisición de toda clase de bienes, en el país o en el extranjero, sean estos muebles, valores mobiliarios, acciones o derechos, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan. En cumplimiento de este objetivo la Sociedad podrá invertir capitales en forma directa o indirecta, pudiendo al respecto constituir o formar parte de todo tipo de sociedades nacionales o extranjeras; b) La administración de toda clase de bienes, en el país o en el extranjero, sean estos muebles, valores mobiliarios, acciones o derechos, como asimismo la administración de inversiones mobiliarias e inmobiliarias; c) La adquisición, enajenación, comercialización, transformación, leasing, arrendamiento, subarrendamiento y)o explotación de bienes raíces en cualquiera forma; d) El desarrollo de negocios inmobiliarios de toda clase, ya sea en forma directa o a través de inversiones en otras sociedades; y e) La renovación, construcción y desarrollo de bienes raíces y la comercialización en cualquier forma de los activos de la Sociedad. Responsabilidad: La
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRAFAEL ORLANDO CORVALÁN GUERRA, Notario Público Suplente del Titular de la Primera Notaría de La Reina, de don PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, con oficio en Avenida Príncipe de Gales N°5841, comuna de La Reina, certifica: que por escritura pública de fecha 15 de abril de 2025, Repertorio 15.824 – 2025, ante mí, Gonzalo Antonio Escobar Mella actuando como Empresario Individual, y Geraldine Lissette Cáceres Sánchez, ambos domiciliados en Condominio Entre Viñas, Parcela 31, comuna de Talagante, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, cuyos estatutos extracto: Razón Social: “Grupo Inmobiliario E&C Limitada”. Administración y Uso Razón Social: Gonzalo Antonio Escobar Mella, facultades y atribuciones en escritura extractada. Capital: $2.472.355.535, aportados de la siguiente forma: a) Gonzalo Antonio Escobar Mella, actuando como Empresario Individual, $2.471.355.535, equivalentes a un 99,96% del capital y derechos sociales; b) Geraldine Lissette Cáceres Sánchez, $1.000.000, equivalente a un 0,04% del capital y derechos sociales. Objeto: El objeto de la Sociedad será: a) La adquisición de toda clase de bienes, en el país o en el extranjero, sean estos muebles, valores mobiliarios, acciones o derechos, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan. En cumplimiento de este objetivo la Sociedad podrá invertir capitales en forma directa o indirecta, pudiendo al respecto constituir o formar parte de todo tipo de sociedades nacionales o extranjeras; b) La administración de toda clase de bienes, en el país o en el extranjero, sean estos muebles, valores mobiliarios, acciones o derechos, como asimismo la administración de inversiones mobiliarias e inmobiliarias; c) La adquisición, enajenación, comercialización, transformación, leasing, arrendamiento, subarrendamiento y/o explotación de bienes raíces en cualquiera forma; d) El desarrollo de negocios inmobiliarios de toda clase, ya sea en forma directa o a través de inversiones en otras sociedades; y e) La renovación, construcción y desarrollo de bienes raíces y la comercialización en cualquier forma de los activos de la Sociedad. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes. Duración: La duración de la sociedad será de 5 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por periodos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio no menos de seis meses antes del respectivo vencimiento. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de abril de 2025.