CONECT S.A.
Instrumento
- Fecha
- 21 de abril de 2025
- Notario
- CAROLINA ELIZABETH PIÑA CUEVAS
- Oficio
- Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
El uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá, con las más amplias atribuciones a WOM Cayman Holdings, Ltd., quien la ejercerá por sí misma o a través de los apoderados o representantes que designe y autorice, especialmente para este objeto, mediante escritura pública o instrumento privado protocolizado (si se otorgare en Chile) o apostillado o legalizado (si se otorgare en el extranjero)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCAROLINA ELIZABETH PIÑA CUEVAS, Abogado, Notario Público, Suplente del Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, ALVARO GONZALEZ SALINAS, con oficio en calle Av. Apoquindo N° 3001, piso 2, Las Condes, Santiago, certifico: Que con fecha 21 de marzo de 2025, ante mí, bajo repertorio número 9645-2025, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad CONECT S.A., rol único tributario número 96.965.220-K, inscrita a fojas 23.014, número 18.593 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2001 (la “Sociedad”), celebrada con esta misma fecha, en la cual, los únicos accionistas de la Sociedad, (i) WOM Mobile SpA, rol único tributario número 99.517.000-0 y (ii) NC Telecom II AS, rol único tributario número 59.208.720-0, según consta en el Registro de Accionistas de la Sociedad tenido a la vista por el Notario que autoriza el presente extracto, se acordó, entre otras materias, lo siguiente: (1) Transformar a la Sociedad desde una sociedad anónima a una sociedad por acciones, cambiando su especie o tipo social, con subsistencia de su personalidad jurídica y siendo su continuadora legal, produciendo la transformación todos sus efectos a contar de la fecha de la escritura extractada; (2) Modificar el régimen de administración de la Sociedad, desde un Directorio a una administración efectuada por un administrador estatutario que recaerá en la entidad extranjera llamada WOM Cayman Holdings, Ltd. La que ejercerá ese rol por sí misma o a través de sus apoderados nombrados mediante escritura pública o instrumento privado protocolizado (si se otorgare en Chile) o apostillado o legalizado (si se otorgare en el extranjero); y (3) Otorgar un nuevo texto refundido de los estatutos de la Sociedad, cuyas menciones extractables, son las siguientes: Nombre: CONECT SpA. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: (a) la prestación de servicios intermedios de telecomunicaciones a través de instalaciones y redes, propias o de terceros, destinados a satisfacer las necesidades de transmisión y/o conmutación de los concesionarios o permisionarios de telecomunicaciones en general; (b) proveer servicio telefónico, sea éste de voz, datos y/o imágenes, de larga distancia nacional e internacional, sea por medios técnicos tradicionales, a través de protocolo IP internet o cualquier otro medio técnico que pueda surgir en el futuro y que sea útil para prestar este tipo de servicio; (c) transporte de todo tipo de señales; y (d) la representación, compraventa, comercialización, distribución, importación, exportación y marketing, de productos del área de telecomunicación, técnicos y de ingeniería en las áreas de telecomunicación, computación e informática. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de 1.000.000 pesos, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal, el que se encuentra íntegramente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha. Administración: El uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá, con las más amplias atribuciones a WOM Cayman Holdings, Ltd., quien la ejercerá por sí misma o a través de los apoderados o representantes que designe y autorice, especialmente para este objeto, mediante escritura pública o instrumento privado protocolizado (si se otorgare en Chile) o apostillado o legalizado (si se otorgare en el extranjero). Duración: La Sociedad tendrá duración indefinida. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada.- Santiago, 21 de abril de 2025.