MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Agrícola Comercial Ortiz y Uribe Limitada

RUT 76315530-7 CVE 2637755
Fecha instrumento
24 de marzo de 2025
Notaría
San
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
24 de marzo de 2025
Repertorio
664
Notario
RODRIGO IRRIBARRA SALAZAR
Oficio
Primera Notaría San Carlos
Comuna
San

Sociedad

Domicilio
- La sociedad tiene su domicilio en la ciudad de San Carlos, de Chile
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO IRRIBARRA SALAZAR, Notario Público Interino, Primera Notaría San Carlos, Vicuña Mackenna 529, San Carlos, XVI Región, Certifico: Por escritura pública de fecha 24 de Marzo de 2025, repertorio N°664, ante mí, don CARLOS ALBERTO URIBE VÁSQUEZ, chileno, odontólogo, viudo, cédula nacional de identidad número siete millones cuatrocientos sesenta y un mil ochocientos cinco guion siete, con domicilio en calle Serrano número quinientos sesenta y uno, comuna de San Carlos; doña DANGELA MARCELA ORTIZ CARO, chilena, ingeniero comercial, casada, cédula nacional de identidad número doce millones trescientos setenta y siete mil ciento cuarenta y seis guión K, con domicilio en calle Chacabuco número ochocientos sesenta y siete, comuna de San Carlos, don JUSTO RAMON ORTIZ MANRIQUEZ, chileno, casado, agricultor, cédula nacional de identidad número cuatro millones cuatrocientos veintinueve mil doscientos sesenta y cinco guion tres, domiciliado en calle Joaquín del Pino número doscientos cincuenta y uno, comuna y ciudad de San Carlos, expusieron: Que los comparecientes, don CARLOS ALBERTO URIBE VÁSQUEZ y doña DANGELA MARCELA ORTIZ CARO, son los actuales y únicos socios de la “Sociedad Agrícola Comercial ORTIZ y URIBE Limitada”, Rol único tributario número setenta y seis millones trescientos quince mil quinientos treinta guión siete (76.315.530-7) constituida por escritura pública de fecha veintiuno de junio del año dos mil cinco, celebrada ante el Notario Público de San Carlos, don Gilberto Eduardo Villablanca Ormazábal, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial del día dos de julio del año dos mil cinco, e inscrito a fojas cincuenta y uno, número treinta y seis, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Carlos, y correspondiente al año dos mil cinco, y que los derechos e interés que corresponden a los socios en la aludida sociedad, son de un cincuenta por ciento para cada uno de los socios don Carlos Alberto Uribe Vásquez y doña Dangela Marcela Ortiz Caro, respectivamente. PRESENTE MODIFICACION: a) se retira de la sociedad don CARLOS ALBERTO URIBE VASQUEZ, quien vende, cede y transfiere, todos sus derechos e interés en ella, que equivalen a un cincuenta por ciento del capital social, a don JUSTO RAMON ORTIZ MANRIQUEZ, quien los compra, acepta, y adquiere para sí, por el precio de tres millones de pesos, que el cesionario paga en este acto de contado y en dinero efectivo, declarando el cedente, por su parte, recibirlos a plena satisfacción y conformidad. b) se retira de la sociedad doña DANGELA MARCELA ORTIZ CARO quien vende, cede y transfiere, todos sus derechos e interés en ella, que equivalen a un cincuenta por ciento del capital social, a don JUSTO RAMON ORTIZ MANRIQUEZ, quien los compra, acepta, y adquiere para sí, por el precio de tres millones de pesos, que el cesionario paga en este acto de contado y en dinero efectivo, declarando el cedente, por su parte, recibirlos a plena satisfacción y conformidad. c) Que por el presente instrumento y a efecto de evitar la disolución de la compañía, don Justo Ramón Ortiz Manríquez en su calidad de titular exclusivo de la totalidad de los derechos sociales, viene en transformar la compañía de sociedad de responsabilidad limitada a una sociedad por acciones, la que en lo sucesivo se regirá por las disposiciones que se señalan en la escritura extractada. Nombre: La Sociedad se denomina “AGRICOLA DON JUSTO SpA”.- Domicilio.- La sociedad tiene su domicilio en la ciudad de San Carlos, de Chile, sin perjuicio de lo cual podrá establecer sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, tanto en el país como en el extranjero. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) la compra, venta, arriendo, comercialización consignación, importación, exportación, corretaje de todo tipo de bienes muebles y/o productos agrícolas; b) la inversión en valores mobiliarios, tales como acciones de todo tipo de sociedades, derechos en sociedades de personas, debentures, pagarés, letras de cambio, etc.- c) la prestación por cuenta propia o ajena de servicios de ingeniería, arquitectura, contabilidad y tributario; d) la construcción de todo tipo de obras civiles, sean estos caminos, puentes, casas, edificios, canales, etcétera; CAPITAL Y ACCIONES.- El capital social asciende a la suma de un millón de pesos, que se suscribirá y pagará en la forma que se señala en los artículos transitorios, dividido en cien acciones nominativas, todas de una misma serie y valor, y sin valor nominal. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Rodrigo Irribarra Salazar, Notario Público Interino.- San Carlos, Abril 21 de 2025.