MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES VILLA LIMITADA

RUT 76686084-2 CVE 2638016
Fecha instrumento
12 de abril de 2025
Notaría
Providencia

Instrumento

Fecha
12 de abril de 2025
Repertorio
3032
Notario
LUIS EDUARDO RODRÍGUEZ BURR
Oficio
Primera Notaría de Providencia
Comuna
Providencia

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS EDUARDO RODRÍGUEZ BURR, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Providencia, con oficio en esta ciudad, Avenida Providencia número mil setecientos setenta y siete, comuna de Providencia, certifico: por escritura pública de 12 de abril de 2025, Repertorio Nº 3032, ante mí, certifica que hoy ante mí por escritura pública: don CRISTOBAL EDUARDO LOBOS TOLEDO, chileno, soltero, ingeniero informático, cédula nacional de identidad número diecisiete millones seiscientos treinta y nueve mil ciento noventa y tres guion seis, domiciliado en Loteo Santa Augusta, Parcela cuarenta y tres, de la comuna de Puerto Varas, y de paso en esta; y don JOAQUIN ANDRÉS ALMONACID ESPINOZA, chileno, soltero, médico cirujano, cédula nacional de identidad número diecinueve millones setecientos noventa mil doscientos setenta y tres guion seis, domiciliado en Calle Colón esquina Reloncaví, sin número, de la comuna de Puerto Varas; y de paso en esta, modificaron Sociedad de Responsabilidad Limitada, denominada INVERSIONES VILLA LIMITADA, Rol Único Tributario número setenta y seis millones seiscientos ochenta y seis mil ochenta y cuatro guion dos, se constituyó por escritura pública de fecha veintiocho de enero del año dos mil diecisiete, ante el Notario Público titular de la ciudad de Puerto Montt, don Álvaro Andrés Gajardo Casañas, repertorio número cuatrocientos sesenta y cuatro, inscrita a fojas noventa y uno vuelta número cincuenta y siete, del Registro de Comercio de Osorno del año dos mil diecisiete, en los siguientes términos: 1) CRISTOBAL EDUARDO LOBOS TOLEDO, vendió, cedió y transfirió el cuarenta y ocho por ciento de los derechos sociales, de la sociedad individualizada en la cláusula primera de la escritura extractada a JOAQUIN ANDRÉS ALMONACID ESPINOZA, quien aceptó, compró y adquirió para sí los derechos sociales indicados. El precio de esta compraventa es la suma de tres millones ochocientos cuarenta mil pesos, el cual fue cancelado en ese acto, en dinero en efectivo y al contado, manifestando CRISTOBAL EDUARDO LOBOS TOLEDO haberlo recibido a su entera conformidad otorgando el correspondiente finiquito. Los comparecientes por ese acto renunciaron a las acciones resolutorias. 2) En consecuencia desde la fecha de suscripción de la escritura quedan como socios, don CRISTOBAL EDUARDO LOBOS TOLEDO, con un dos por ciento de los derechos sociales, y JOAQUIN ANDRÉS ALMONACID ESPINOZA, con un noventa y ocho por ciento de los derechos sociales. El capital de la sociedad se mantiene en la suma de ocho millones de pesos. En todo lo que no ha sido modificado se mantiene plenamente vigente el pacto social constitutivo señalado en la cláusula primera de la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Se facultó para inscribir. Santiago, 14 de abril de 2025.-