IMPORTADORA Y EXPORTADORA EXCLUSIVO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 12 de junio de 2008
- Notario
- RODRIGO ALEJANDRO GONZÁLEZ BARRIGA
- Oficio
- Primera Notaría de Iquique
- Comuna
- Iquique
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO ALEJANDRO GONZÁLEZ BARRIGA, abogado, Notario Público de la Primera Notaría de Iquique, Plaza Prat 650, certifica que, por escritura pública de hoy, ante mí: Doña LINGLING ZHANG, Doña ANAHI LORENA RODAS ORIAS y Doña JOSELYN GISSELLA ALEMAN SARMIENTO, todos domiciliadas para estos efectos en Avenida Héroes de La Concepción número dos mil setecientos ochenta y cuatro, Departamento setenta y uno guión B, de la Ciudad de Iquique; modifican sociedad “IMPORTADORA Y EXPORTADORA EXCLUSIVO LIMITADA” O “EXCLUSIVO LTDA.”, constituida por escritura pública fecha 12 de Junio de 2008, otorgada ante Notario Público Iquique, MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, inscrita a fojas 858, N°820, Registro Comercio Conservador Bienes Raíces de Iquique, correspondiente al año 2008, y debidamente publicada en el Diario Oficial. En el sentido de que, el socio Doña JOSELYN GISSELLA ALEMAN SARMIENTO, vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos y acciones en la sociedad que equivalen al 1% del haber total social a Doña ANAHI LORENA RODAS ORIAS, quien, compra, acepta y adquiere para sí, el 1% de los derechos y acciones en la sociedad. Modificación social expresada, sociedad “IMPORTADORA Y EXPORTADORA EXCLUSIVO LIMITADA” O “EXCLUSIVO LTDA.” queda constituida por sus 2 únicas socias: doña LINGLING ZHANG, dueña del 99% de los derechos y acciones en la sociedad, y Doña ANAHI LORENA RODAS ORIAS, dueña del 1% de los derechos y acciones en la sociedad. Actuales socios modifican cláusula cuarta pacto social, sentido que administración sociedad y uso razón social corresponderá a las socias, Doña LINGLING ZHANG, y Doña ANAHI LORENA RODAS ORIAS, quienes actuando en forma conjunta, separada e indistintamente por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas la representarán y obligarán, con amplias facultades. En todo lo no modificado, quedan plenamente vigentes estipulaciones pacto social primitivo. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Iquique, a 17 Abril 2025.