IMPORTADORA GFO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 1 de abril de 2025
- Notario
- María Soledad Lascar Merino
- Oficio
- 38ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- La duración de la sociedad será de 3 años contados desde la fecha de suscripción del presente instrumento, plazo que se prorrogará automáticamente por periodos iguales y sucesivos de un año cada uno, a menos que cualquiera de los socios decida poner término a la sociedad mediante declaración efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del respectivo período. En caso de disolución o liquidación de alguna sociedad, o de fallecimiento de alguna persona natural que sean socias de esta Compañía, o llegaren a serlo, la Sociedad no se disolverá y continuará vigente entre los socios sobrevivientes o personas jurídicas vigentes y la Sociedad en liquidación, comunidad o sucesión del socio fallecido, según corresponda y todos estos últimos deberán hacerse representar, en cada caso, ante la Sociedad por un procurador común, quien carecerá de facultades administrativas. Si no se efectuare el nombramiento en el plazo de dos meses contados, según corresponda, desde la disolución, liquidación o fallecimiento, cualquier persona que tenga interés en ello, podrá ocurrir al árbitro que se designa más adelante con el objeto de que éste efectúe el nombramiento. Igualmente, la Sociedad no se disolverá por la liquidación, incapacidad legal sobreviniente o insolvencia de alguno de los socios, ni por su propia liquidación o insolvencia. En todos los casos indicados, todas las facultades de administración y uso de la razón social del socio disuelto, en liquidación, fallecido, fallido, incapaz o insolvente, o de quién represente sus derechos ante la Sociedad, se radicarán en forma automática en el otro u otros
Objeto social
el objeto de la sociedad será: a) la compra, adquisición, venta, importación, exportación, enajenación, distribución y comercialización de todo tipo de repuestos, accesorios y partes automotrices para todo tipo de camiones, buses y vehículos automotores en general, así como de toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean corporales o incorporales, su administración y explotación en cualquier forma, ya sea por cuenta propia o ajena; b)La realización de todo tipo de inversiones en toda clase de acciones o valores mobiliarios y)o de renta, fondos de inversión, bonos y todo tipo de títulos de crédito y efectos de comercio y, en general, toda clase de documentación negociable y la realización de todo tipo de inversiones en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, y)o en derechos de sociedades, ya sean de capital, de personas o de cualquier otra especie, a título gratuito u oneroso, en el país o en el extranjero, comprendiendo percibir sus frutos y reinvertirlos sin restricciones de ninguna especie, las inversiones de capitales; c) La mantención y reparación de vehículos automotores; d) La venta al por menor por correo, por internet y vía telefónica; y e)La realización de todos los actos y contratos necesarios y)o conducentes para el cumplimiento del
Administración
El uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá actuando individualmente a don Gerardo Del Carmen Fuentes Olea. En caso de ausencia o impedimento, la que no será necesario acreditar ante terceros, la administración de la sociedad y uso de la razón social corresponderá a don Gerardo Enrique Fuentes Palomino, doña Maritza Ivonne Fuentes Palominos o a don Wilson Marcelo Fuentes Palominos, actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos. Las personas antes señaladas, actuando en la forma descrita, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, según se indica en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Soledad Lascar Merino, Notario Público titular de la 38ª Notaría de Santiago, con domicilio en calle Isidora Goyenechea 3477, oficina diez, comuna de Las Condes, certifico que por escritura pública de fecha 01 de abril de 2025, repertorio número 15.448-2025, ante mí, don Gerardo del Carmen Fuentes Olea, cédula de identidad número 6.175.952-2, domiciliado en calle Las Nalcas Sur N°9102, La Florida; doña Juana Rebeca Palominos Vera, cédula de identidad número 6.555.229-9, domiciliada en calle Las Nalcas Sur N°9102, La Florida, don Gerardo Enrique Fuentes Palominos, cédula de identidad número 10.950.736-9, domiciliado en calle Robles Oriente N°9340, La Florida; doña Maritza Ivonne Fuentes Palominos, cédula de identidad número 12.070.119-3, domiciliada en calle Abeto Blanco Norte N°3944, La Florida; y don Wilson Marcelo Fuentes Palominos, cédula de identidad número 13.707.986-0, domiciliado en Avenida Vicuña Mackenna N°3848, Peñaflor, constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada, cuyos estatutos paso a extractar: RAZÓN SOCIAL: La razón social será “IMPORTADORA GFO LIMITADA” pudiendo usar para fines comerciales o bancarios, la abreviatura “IMPORTADORA GFO LDTA.” cuyo uso obligará a la sociedad en los mismos términos que el uso de la razón social completa. OBJETO: el objeto de la sociedad será: a) la compra, adquisición, venta, importación, exportación, enajenación, distribución y comercialización de todo tipo de repuestos, accesorios y partes automotrices para todo tipo de camiones, buses y vehículos automotores en general, así como de toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean corporales o incorporales, su administración y explotación en cualquier forma, ya sea por cuenta propia o ajena; b)La realización de todo tipo de inversiones en toda clase de acciones o valores mobiliarios y/o de renta, fondos de inversión, bonos y todo tipo de títulos de crédito y efectos de comercio y, en general, toda clase de documentación negociable y la realización de todo tipo de inversiones en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, y/o en derechos de sociedades, ya sean de capital, de personas o de cualquier otra especie, a título gratuito u oneroso, en el país o en el extranjero, comprendiendo percibir sus frutos y reinvertirlos sin restricciones de ninguna especie, las inversiones de capitales; c) La mantención y reparación de vehículos automotores; d) La venta al por menor por correo, por internet y vía telefónica; y e)La realización de todos los actos y contratos necesarios y/o conducentes para el cumplimiento del objeto social. DOMICILIO: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de que podrá abrir sucursales en otros puntos del país o del extranjero. DURACIÓN: La duración de la sociedad será de 3 años contados desde la fecha de suscripción del presente instrumento, plazo que se prorrogará automáticamente por periodos iguales y sucesivos de un año cada uno, a menos que cualquiera de los socios decida poner término a la sociedad mediante declaración efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del respectivo período. En caso de disolución o liquidación de alguna sociedad, o de fallecimiento de alguna persona natural que sean socias de esta Compañía, o llegaren a serlo, la Sociedad no se disolverá y continuará vigente entre los socios sobrevivientes o personas jurídicas vigentes y la Sociedad en liquidación, comunidad o sucesión del socio fallecido, según corresponda y todos estos últimos deberán hacerse representar, en cada caso, ante la Sociedad por un procurador común, quien carecerá de facultades administrativas. Si no se efectuare el nombramiento en el plazo de dos meses contados, según corresponda, desde la disolución, liquidación o fallecimiento, cualquier persona que tenga interés en ello, podrá ocurrir al árbitro que se designa más adelante con el objeto de que éste efectúe el nombramiento. Igualmente, la Sociedad no se disolverá por la liquidación, incapacidad legal sobreviniente o insolvencia de alguno de los socios, ni por su propia liquidación o insolvencia. En todos los casos indicados, todas las facultades de administración y uso de la razón social del socio disuelto, en liquidación, fallecido, fallido, incapaz o insolvente, o de quién represente sus derechos ante la Sociedad, se radicarán en forma automática en el otro u otros socios. CAPITAL: $5.000.000 pesos que los socios han aportado y enterado íntegramente en dinero efectivo en las siguientes proporciones: a) don Gerardo del Carmen Fuentes Olea, aporta la cantidad de $1.000.000 de pesos, equivalente al 20% del capital social, los que paga en acto de escritura extractada, declarando la Sociedad haber recibido dicha suma a su más entera y total satisfacción; b) doña Juana Rebeca Palominos Vera, aporta la cantidad de $1.000.000de pesos, equivalente al 20% del capital social, los que paga en acto de escritura extractada, declarando la Sociedad haber recibido dicha suma a su más entera y total satisfacción; c) don Gerardo Enrique Fuentes Palominos, aporta la cantidad de $1.000.000 de pesos, equivalente al 20% del capital social, los que paga en acto de escritura extractada, declarando la Sociedad haber recibido dicha suma a su más entera y total satisfacción ; d) doña Maritza Ivonne Fuentes Palominos, aporta la cantidad de $1.000.000 de pesos, equivalente al 20% del capital social, los que paga en acto de escritura extractada, declarando la Sociedad haber recibido dicha suma a su más entera y total satisfacción; y e) don Wilson Marcelo Fuentes Palominos; aporta la cantidad $1.000.000 de pesos, equivalente al 20% del capital social, los que paga en acto de escritura extractada, declarando la Sociedad haber recibido dicha suma a su más entera y total satisfacción. En consecuencia, el capital social de se encuentra íntegramente pagado. La responsabilidad personal de cada socio queda limitada al monto de sus respectivos aportes. ADMINISTRACION: El uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá actuando individualmente a don Gerardo Del Carmen Fuentes Olea. En caso de ausencia o impedimento, la que no será necesario acreditar ante terceros, la administración de la sociedad y uso de la razón social corresponderá a don Gerardo Enrique Fuentes Palomino, doña Maritza Ivonne Fuentes Palominos o a don Wilson Marcelo Fuentes Palominos, actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos. Las personas antes señaladas, actuando en la forma descrita, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, según se indica en escritura extractada. Otras estipulaciones en la escritura extractada. Se facultó al portador de copia autorizada de este extracto para su legalización. Santiago, 16 de abril de 2025.