CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

DISTRIBUIDORA DE LUBRICANTES SMARTOIL LIMITADA

RUT 77777146-9 CVE 2638257
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
8 de abril de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
8 de abril de 2025
Repertorio
16707-2025
Notario
VERÓNICA ISABEL GONZÁLEZ DÁVILA
Domicilio
Titular doña MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Duración
La duración de la Sociedad será de veinte años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad, con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento del período original o de la prórroga que estuviese en curso

Objeto social

La venta, comercialización, importación y exportación, en todas sus formas, de lubricantes y combustibles para vehículos motorizados y máquinas en general, así como repuestos y accesorios para éstos, ya sea por cuenta propia o en representación de terceros, y la representación de firmas nacionales o extranjeras vinculadas a dichos rubros

Administración

La administración y uso de la razón social de la sociedad corresponderá a don Sebastián Alejandro Decebal-Cuza Banderas, quien actuando conjuntamente con uno cualquiera de los señores don Ricardo Marcelo Duque Villalobos o don Rodrigo Isidoro Calderón Ochoa, y anteponiendo sus respectivos nombres a la razón social, tendrán las facultades de administración contenidas en la escritura extractada

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
ASESORÍAS PORTMAN SpA socio 77777146-9
INVERSIONES DUCAL SpA socio 76688235-8

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VERÓNICA ISABEL GONZÁLEZ DÁVILA, abogado, Notario Público Suplente de la Titular doña MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, de la 38ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea Nº 3477, oficina 10º, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 08.04.2025, ante la titular, Repertorio Nº 16.707-2025, la sociedad ASESORÍAS PORTMAN SpA, Rol Único Tributario Nº 77.777.146-9, domiciliada para estos efectos en Avda. Vitacura Nº 5560, departamento Nº 151, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, junto a la sociedad INVERSIONES DUCAL SpA, Rol Único Tributario Nº 76.688.235-8, domiciliada para estos efectos en calle Limache Nº 3405, local 54, comuna de Viña del Mar, Quinta Región, ambas sociedades debidamente representadas, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada de cuyo pacto social extracto: Razón Social. “DISTRIBUIDORA DE LUBRICANTES SMARTOIL LIMITADA”. Objeto. La venta, comercialización, importación y exportación, en todas sus formas, de lubricantes y combustibles para vehículos motorizados y máquinas en general, así como repuestos y accesorios para éstos, ya sea por cuenta propia o en representación de terceros, y la representación de firmas nacionales o extranjeras vinculadas a dichos rubros. Capital Social: El capital de la Sociedad es la cantidad de $2.000.000.-., aportado y pagado por los socios en las proporciones siguientes: a) ASESORÍAS PORTMAN SpA, paga la suma de $1.000.000.-, que entera en este acto, equivalente al 50% de los derechos sociales; y b) INVERSIONES DUCAL SpA, paga la suma de $1.000.000.-, que entera en este acto, equivalente al 50% de los derechos sociales. Administración: La administración y uso de la razón social de la sociedad corresponderá a don Sebastián Alejandro Decebal-Cuza Banderas, quien actuando conjuntamente con uno cualquiera de los señores don Ricardo Marcelo Duque Villalobos o don Rodrigo Isidoro Calderón Ochoa, y anteponiendo sus respectivos nombres a la razón social, tendrán las facultades de administración contenidas en la escritura extractada. Duración: La duración de la Sociedad será de veinte años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad, con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento del período original o de la prórroga que estuviese en curso. Santiago, 17.04.2025.