MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TRANSPORTES SANTA MARÍA LIMITADA

RUT 76559330-1 CVE 2637156
Capital
$4.000.000 CLP
Fecha instrumento
26 de mayo de 2006

Instrumento

Fecha
26 de mayo de 2006
Repertorio
670-2025
Notario
CARLOS ANDRES ORTEGA ALUL
Domicilio
Curicó con oficio en calle Argomedo Nº 280 de la comuna y provincia de Curicó

Sociedad

Capital
$4.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLOS ANDRES ORTEGA ALUL, Notario Público Titular de Curicó con oficio en calle Argomedo Nº 280 de la comuna y provincia de Curicó, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí: don JAIME JOAQUÍN VIAL FONTANNAZ, chileno, Ingeniero Agrónomo, Divorciado, RUT 12.862.113-K; doña MARÍA ALEJANDRA MARÍN LARENAS, chilena, Técnico en Hotelería, Casada bajo Régimen de Separación Total de Bienes, RUT 13.831.756-0, ambos con domicilio en Camino Carampangue 1370, Parcela 12, comuna de Isla de Maipo, Región Metropolitana; y don JULIO CESAR GUEVARA SAAVEDRA, chileno, Agricultor, Soltero, RUT 14.326.644-3, domiciliado en Avenida Esperanza 298, Comuna de Sagrada Familia, Región del Maule, vienen en modificar tanto la escritura de constitución de la sociedad TRANSPORTES SANTA MARÍA LIMITADA, Cuyo Capital social asciende a la suma de $4.000.000.- inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de San Fernando a fojas 64 número 67 del año 2006, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial con fecha 26 de mayo de 2006, así como la escritura de Rectificación y Saneamiento inscrita a fojas 342, número 259 del año2019, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial con fecha 21de noviembre de 2019, modificaciones consistentes en: 1. JULIO CESAR GUEVARA SAAVEDRA vende, cede y transfiere irrevocablemente, el 100% de sus derechos sociales a doña MARIA ALEJANDRA MARÍN LARENAS, quien los acepta, compra y adquiere para sí, precio y modalidad de pago señalada en escritura extractada; JAIME JOAQUÍN VIAL FONTANNAZ vende, cede y transfiere irrevocablemente, el 95% de sus derechos sociales a doña MARÍA ALEJANDRA MARÍN LARENAS, quien los acepta, compra y adquiere para sí, precio y modalidad de pago señalada en escritura extractada. 2. Que, en mérito de la cesión de derechos descrita anteriormente, viene en incorporarse como socio de TRANPORTES SANTA MARÍA LIMITADA a doña MARÍA ALEJANDRA MARÍN LARENAS, cuya participación corresponde al 95% del capital social. 3. Que en atención a lo anterior quedan como socios de TRANSPORTES SANTA MARÍA LIMITADA, Don JAIME JOAQUÍN VIAL FONTANNAZ, con un 5% de participación en el capital social y doña MARÍA ALEJANDRA MARÍN LARENAS, con un 95% de participación en el capital social.4. Que don JAIME JOAQUÍN VIAL FONTANNAZ y doña MARÍAALEJANDRA MARÍN LARENAS, en su calidad de únicos socios de TRANPORTES SANTA MARÍA LIMITADA, vienen en modificar el apartado de ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL de los estatutos sociales, solo en el sentido que la administración de TRANSPORTES SANTA MARÍA LIMITADA, corresponderá a todos los socios debidamente individualizados precedentemente, esto es, la administración y el uso de la razón social corresponderá a don JAIME JOAQUÍN VIAL FONTANNAZ y doña MARÍAALEJANDRA MARÍN LARENAS, quienes actuando de manera conjunta o separadamente, anteponiendo la razón social a su firma, representarán a la sociedad. 6. En lo modificado permanecen vigentes las demás estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones en la escritura extractada Repertorio Nº670-2025. – Curicó, 17 de abril de 2025.