TECNOLIGÍA, INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 20 de noviembre de 2009
- Notario
- FELIX JARA CADOT
- Oficio
- 41° Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41° Notaría Santiago, certifica por escritura pública hoy ante mí, don MAURICIO ENRIQUE MOLINA ZUÑIGA, chileno, divorciado, empresario, cédula de identidad número nueve millones cuatrocientos cuarenta y dos mil ochocientos veintidós guión k, doña CYNTHIA ANDREA MOLINA POBLETE, chilena, casada, matrona, cédula de identidad número quince millones cuatrocientos veinticuatro mil doscientos veintidós guión ocho y doña MARIA JOSE MOLINA POBLETE, chilena, soltera, empresaria, cédula de identidad número dieciséis millones trescientos ochenta y nueve mil doscientos cincuenta y dos guión nueve, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins número cuatro mil cincuenta, oficina mil diez, Comuna de Estación Central, exponen: Por escritura pública de fecha 20 de noviembre del año 2009, otorgada ante la Notario Público que autoriza, se constituyó TECNOLIGIA, INFORMACION Y COMUNICACIONES LIMITADA, inscrita Registro de Comercio a fojas 58.863, número 41.020, del Registro de Comercio del CBR de Santiago, año 2009. El capital actual de la sociedad asciende a $3.000.000. Por el presente instrumento se retira de la sociedad doña MARIA JOSE MOLINA POBLETE, quien vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos, acciones y participación en el capital social, equivalentes al veinte por ciento del total, a don MAURICIO ENRIQUE MOLINA ZUÑIGA, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la cantidad de $600.000, que paga a la cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando esta última que los recibe conforme y a su entera satisfacción. Como consecuencia de las cesiones de derechos antes señaladas, quedan como únicos socios de la sociedad TECNOLIGIA, INFORMACION Y COMUNICACIONES LIMITADA, don MAURICIO ENRIQUE MOLINA ZUÑIGA, con un ochenta por ciento, y doña CYNTHIA ANDREA MOLINA POBLETE, con un veinte por ciento, ambos de derechos, y participación en el capital social. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. En todo lo no modificado por el presente instrumento continúan plenamente vigente cláusulas del pacto social constitutivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, a 15 de abril de 2025.