MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS PUBLICITARIOS CINE UNO LIMITADA

RUT 76094541-2 CVE 2637447
Capital
$6.000 CLP
Fecha instrumento
21 de marzo de 2025
Notaría
Santiago con domicilio en esta ciudad
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
21 de marzo de 2025
Repertorio
3324-2025
Notario
PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA
Oficio
Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago con domicilio en esta ciudad
Comuna
Santiago con domicilio en esta ciudad

Sociedad

Capital
$6.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago. 3
Duración
La Sociedad tendrá duración de 5 años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al término del respectivo período. 5

Objeto social

A).-La producción por cuenta propia o de terceros de contenidos, material o información visual, de audio, audiovisual, para ser distribuido y)o exhibido por cualquier tipo de medio de comunicación, como cine, televisión, radio, prensa escrita o digital, así como también a través de discos compactos, podcasts, discos, dvd, cintas, boletines, panfletos, soportes digitales, computacionales, de internet y otros; B).- Realizar e intervenir directamente o en calidad de intermediarios en todo tipo de promociones o acuerdos comerciales entre empresas destinadas a dar a conocer y publicitar el uso de sus productos a través de campañas comerciales y otros por cualquier medio; C).- El desarrollo por cuenta propia o de terceros de actividades relacionadas con la promoción, publicidad, marketing de productos, empresas, personas, marcas, patentes o cualesquiera otras, actividades que podrá desarrollas a través de cualquier forma, método o mecanismo, especialmente a través de medios de comunicación o transmisión de datos, tales como internet, televisión, cine, radio, discos o cualquiera otro medio escrito, auditivo, audiovisuales, visuales etc. D).- Comercialización, importación, exportación, aprovisionamiento, transformación, fabricación, distribución y desarrollo, por cuenta propia o ajena, de equipos y accesorios computacionales, software, insumos y similares, sistemas de seguridad, tecnologías relacionadas directa e indirectamente en el área de la computación e informática y de las comunicaciones, y de toda otra clase de bienes muebles, sean éstos corporales e incorporales. E).- La producción y desarrollo por cuenta propia o de terceros de aplicaciones móviles, de videojuegos, servicios de inteligencia artificial, marketing digital, diseño de páginas web, gestión de redes sociales, diseño gráfico, impresión de materiales publicitarios, servicios de animación y otros. F).- La prestación de servicios, capacitación y asesorías en las áreas de la computación, informática y de las comunicaciones y)o similares del ramo, tanto a personas naturales y)o jurídicas, sean estas últimas públicas o privadas, G).- La prestación de toda clase de servicios por cuenta propia o ajena que se relacionen con las actividades antes descritas tanto a personas naturales y)o jurídicas, sean estas últimas públicas o privadas.- H).-Gestionar, administrar, invertir y participar de toda clase de sociedades, asociaciones, joint venture o convenios con el fin de desarrollar las actividades indicadas precedentemente. I).- Invertir por cuenta propia o ajena en toda clase de bienes muebles o inmuebles, instrumentos financieros o bursátiles de todo tipo; y J).-La asesoría y capacitación en todas las áreas de la economía, en las materias de su competencia. Para el cumplimiento de los fines sociales, la sociedad podrá celebrar todos los actos y contratos que se estimen necesarios o conducentes para el cumplimiento de estos fines, a la realización de los negocios que los socios acuerden o a la inversión de los fondos disponibles sin limitación o restricción alguna. 4

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio JUAN GUILLERMO LUIS PRADO BLANCO, quien anteponiendo la razón social a su firma obligarán válidamente a la sociedad, pudiendo ejecutar todos los actos y contratos que sean necesarios para el cumplimiento de sus objetivos sociales

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago con domicilio en esta ciudad, Avenida Apoquindo número tres mil setenta y seis, oficina seiscientos uno, sexto piso, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico: Que por escritura pública de fecha 21 de marzo de 2025, Repertorio N°3324-2025, ante mí: don JUAN GUILLERMO LUIS PRADO BLANCO, cédula de identidad número 13.688.671-1, con domicilio en Avenida Carlos Antúnez número mil ochocientos sesenta y nueve, oficina número ciento dos, comuna de Providencia, Región Metropolitana; y doña NATALIA DE LOS ANGELES PEREZ FUENTES, cédula de identidad 10.357.547-8, con domicilio en Avenida Pedro de Valdivia número setecientos cincuenta y cinco, departamento número ciento cuatro, comuna de Providencia, Región Metropolitana; PRIMERO: Quienes modifican la Sociedad de Responsabilidad Limitada “SERVICIOS PUBLICITARIOS CINE UNO LIMITADA”, inscrita a fojas 57529 número 39989 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2009 y publicado en el Diario Oficial número 39521 de fecha 26 de noviembre del año 2009, en el siguiente sentido: A.- Doña Natalia De Los Ángeles Perez Fuentes, vende, cede y transfiere a don Juan Guillermo Luis Prado Blanco, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 100 por ciento de los derechos que a la cedente corresponden a la fecha en el haber de la sociedad, esto es, el 20 por ciento de todo el haber social. El precio de la compraventa y cesión es la suma de tres millones setecientos veinticinco mil quinientos cincuenta y cinco pesos que la compradora y cesionaria paga a la cedente en dinero efectivo, al contado declarando la cedente recibir el precio a su entera satisfacción, quedando la sociedad compuesta de la siguiente forma y con las participaciones que a continuación se indican: a) don Juan Guillermo Luis Prado Blanco con el 100 por ciento de la participación en los derechos sociales. SEGUNDO: don Juan Guillermo Luis Prado Blanco en su calidad de únicas y actuales socio de la sociedad “SERVICIOS PUBLICITARIOS CINE UNO LIMITADA”, viene en Transformar la referida sociedad a una sociedad por acciones, fijando sus estatutos sociales, de los cuales se extracta: 1. Nombre: SERVICIOS PUBLICITARIOS CINE UNO SpA. 2. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago. 3. Objeto: A).-La producción por cuenta propia o de terceros de contenidos, material o información visual, de audio, audiovisual, para ser distribuido y/o exhibido por cualquier tipo de medio de comunicación, como cine, televisión, radio, prensa escrita o digital, así como también a través de discos compactos, podcasts, discos, dvd, cintas, boletines, panfletos, soportes digitales, computacionales, de internet y otros; B).- Realizar e intervenir directamente o en calidad de intermediarios en todo tipo de promociones o acuerdos comerciales entre empresas destinadas a dar a conocer y publicitar el uso de sus productos a través de campañas comerciales y otros por cualquier medio; C).- El desarrollo por cuenta propia o de terceros de actividades relacionadas con la promoción, publicidad, marketing de productos, empresas, personas, marcas, patentes o cualesquiera otras, actividades que podrá desarrollas a través de cualquier forma, método o mecanismo, especialmente a través de medios de comunicación o transmisión de datos, tales como internet, televisión, cine, radio, discos o cualquiera otro medio escrito, auditivo, audiovisuales, visuales etc. D).- Comercialización, importación, exportación, aprovisionamiento, transformación, fabricación, distribución y desarrollo, por cuenta propia o ajena, de equipos y accesorios computacionales, software, insumos y similares, sistemas de seguridad, tecnologías relacionadas directa e indirectamente en el área de la computación e informática y de las comunicaciones, y de toda otra clase de bienes muebles, sean éstos corporales e incorporales. E).- La producción y desarrollo por cuenta propia o de terceros de aplicaciones móviles, de videojuegos, servicios de inteligencia artificial, marketing digital, diseño de páginas web, gestión de redes sociales, diseño gráfico, impresión de materiales publicitarios, servicios de animación y otros. F).- La prestación de servicios, capacitación y asesorías en las áreas de la computación, informática y de las comunicaciones y/o similares del ramo, tanto a personas naturales y/o jurídicas, sean estas últimas públicas o privadas, G).- La prestación de toda clase de servicios por cuenta propia o ajena que se relacionen con las actividades antes descritas tanto a personas naturales y/o jurídicas, sean estas últimas públicas o privadas.- H).-Gestionar, administrar, invertir y participar de toda clase de sociedades, asociaciones, joint venture o convenios con el fin de desarrollar las actividades indicadas precedentemente. I).- Invertir por cuenta propia o ajena en toda clase de bienes muebles o inmuebles, instrumentos financieros o bursátiles de todo tipo; y J).-La asesoría y capacitación en todas las áreas de la economía, en las materias de su competencia. Para el cumplimiento de los fines sociales, la sociedad podrá celebrar todos los actos y contratos que se estimen necesarios o conducentes para el cumplimiento de estos fines, a la realización de los negocios que los socios acuerden o a la inversión de los fondos disponibles sin limitación o restricción alguna. 4. Duración: La Sociedad tendrá duración de 5 años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al término del respectivo período. 5. Capital: $6.000.000 de pesos dividido en 60 acciones nominativas, sin valor nominal, que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas, al contado y en dinero efectivo, a entera conformidad de la sociedad, ya ingresados en arcas sociales. 6. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio JUAN GUILLERMO LUIS PRADO BLANCO, quien anteponiendo la razón social a su firma obligarán válidamente a la sociedad, pudiendo ejecutar todos los actos y contratos que sean necesarios para el cumplimiento de sus objetivos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de abril de 2025.-