DIPRO-FIRE LTDA
Instrumento
- Fecha
- 31 de marzo de 2025
- Repertorio
- 2332
- Notario
- Ante mi Francisco Martínez Torres
- Oficio
- sexta Notaria de Antofagasta
- Comuna
- Antofagasta
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad es la comuna y ciudad de Antofagasta
- Duración
- Indefinida
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalAnte mi Francisco Martínez Torres, abogado, Notario Público, Titular de la sexta Notaria de Antofagasta, con oficio en calle prat cuatrocientos ochenta local tres esta ciudad Certifica: escritura pública, con fecha 31 de marzo de 2025: don ARTURO FRANCISCO JUSTEL SOLAR, chileno, casado, empresario, C.I. 6.045.614-3, con domicilio en calle German Miric Nº 216, departamento 804, de la comuna y ciudad de Antofagasta, y don LUIS ALEJANDRO URRUTIA RUIZ, chileno, soltero, ingeniero en ejecución electrónica, C.I. 12.276.942-9, con domicilio en calle Antonino Toro Nº 873, de la comuna y ciudad de Antofagasta. Por el presente instrumento los comparecientes vienen en suscribir escritura publica de compraventa de derechos, modificación y transformación de sociedad en la manera que sigue: modificación razón social: Los comparecientes han convenido modificar la razón social de la sociedad singularizada precedentemente, en su clausula segunda nombre y razón social: acordando que la sociedad DIPRO- FIRE CHILE LTDA y/o DIPRO-FIRE LTDA, en adelante se denominará “DISEÑO Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y/o DP-FIRE CHILE LTDA”. Venta de derechos: don ARTURO FRANCISCO JUSTEL SOLAR, debidamente individualizado en la comparecencia y en su calidad de socio de la sociedad singularizada en clausula primera de este instrumentó vende, cede y transfiere el ciento por ciento de sus derechos sociales correspondientes al cincuenta por ciento del capital social a don LUIS ALEJANDRO URRUTIA RUIZ, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la cantidad de DIEZ MILLONES DE PESOS. Suma se paga al contado en efectivo y en este acto, dándose vendedor y comprador el más amplio y completo finiquito declarando que nada se adeudan por este y ningún concepto. Que, atendida la venta de derechos realizada en clausulas anteriores el único socio y dueño del ciento por ciento de los derechos sociales, viene en transformar la empresa individual de responsabilidad limitada en una sociedad por acciones, establecida por la ley número veinte mil ciento noventa, que se regirá por las normas de los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del código de comercio, y de manera supletoria por la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis y su Reglamento, y por las normas y cláusulas que a continuación se expresan. Por consiguiente y conforme con el inciso séptimo del artículo sesenta y nueve del Código Tributario, la sociedad por acciones que se conforma en este acto, se hace responsable, solidariamente, de todos los impuestos que se adeudan o se adeudaren, por “DISEÑO Y PROTECCION CONTRA INCENDIOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” conocida con el nombre de fantasía "DP-FIRE CHILE LTDA" relativos al giro o actividad de esta. Transformación de la sociedad. Comparece: LUIS ALEJANDRO URRUTIA RUIZ, chileno, soltero, ingeniero en ejecución electrónica, C.I. 12.276.942-9, con domicilio en calle Antonino Toro Nº 873, de la comuna y ciudad de Antofagasta. Nombre. El nombre de la sociedad por acciones será “DISEÑO Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS SOCIEDAD POR ACCIONES”, pudiendo actuar además, indistintamente, ante cualquier persona natural o jurídica, incluso con el Estado, el Fisco, Municipalidades, Bancos e Instituciones Públicas o privadas, con el nombre de fantasía “DP-FIRE CHILE SpA”. Domicilio. El domicilio de la Sociedad es la comuna y ciudad de Antofagasta sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Duración. La duración de la Sociedad es indefinida. El objeto de la sociedad será, entre otras actividades: a) venta de equipos de detección y extinción de incendios, diseño de sistemas, elaboración, producción y comercialización de equipos de detección extinción de incendios y otros siniestros similares o análogos; b) compra, venta, instalación, ingeniería, capacitación, mantención, arriendo, fabricación, elaboración, composición, importación, exportación, comercialización y distribución de cualquier forma de productos de seguridad y al área de la instalación de equipos o sistemas de seguridad; sistemas contra incendio y de cualquier otra actividad que los socios acuerden llevar adelante. Finalmente la empresa podrá dedicarse al todo negocio anexo a su objeto; c) compra, venta, permuta, arrendamiento, concesión, de todo tipo de vehículos y maquinarias livianas y/o pesadas, de cualquier naturaleza, por cuenta propia o ajena; d) realización, diseño, elaboración de proyectos, ejecución, construcción y/o mantenimiento de obras civiles de cualquier envergadura sea con recursos propios o de terceros, para fines de la compañía o en representación de terceros; e) capa citación, entrenamiento, asesorías de todo orden en el ámbito principal de la compañía y cualquier otra que los socios decidan emprender para fines de la misma empresa y/o para constituirse como organismo certificador de procesos; f) cualquier otro rubro que los socios decidan iniciar o emprender en el ámbito del comercio, de la industria y/o de la asesoría profesional del oficio o profesión del o los socios. CAPITAL. EL CAPITAL DE LA SOCIEDAD ES LA CANTIDAD DE DIEZ MILLONES DE PESOS ($10.000.000) dividido en cien acciones nominativas de una misma serie y sin valor nominal, las que son suscritas en su totalidad por el constituyente y pagadas con anterioridad con el capital enterado en la constitución de la sociedad de responsabilidad limitada que por este acto se transforma. Por lo que las acciones se encuentran suscritas e íntegramente pagadas en su totalidad. El Administrador o Gerente de la Sociedad. Conforme se estipula en el Estatuto Social, siendo el único accionista el compareciente y titular del ciento por ciento de las acciones emitidas y suscritas de la sociedad y será administrada de manera indistinta por su actual titular don LUIS ALEJANDRO URRUTIA RUIZ, ya individualizado en la comparecencia de este instrumento, pudiendo representarla, obligarla y vincularla eficazmente con la sola invocación del cargo que ostenta, y tendrán las facultades indicadas en el artículo Noveno de los estatutos sociales.- Demás estipulaciones constan escritura extractada de Compraventa de derechos y Modificacion y transformación de sociedad bajo el repertorio 2332 de fecha 31 de marzo de 2025.- Antofagasta 03 de abril de 2025.