Instrumento
- Fecha
- 17 de abril de 2025
- Notario
- ABDALLAH FERNANDEZ ATUEZ
- Oficio
- Tercera Notaría de Osorno
- Comuna
- Osorno
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalABDALLAH FERNANDEZ ATUEZ, abogado, Notario Público Titular de Tercera Notaría de Osorno, de este domicilio, Avenida Nueva Mackenna número ochocientos setenta y uno, oficina ciento dos, comuna y provincia de Osorno, CERTIFICA: mediante escritura pública otorgada ante mí, con fecha 17 de abril de 2025, repertorio número 1856, don RICARDO JESUS ITURBE LARENAS y doña AMANDA STEPHANIE BORBA PESSOTTI, brasileña, Fisioterapueta, ambos domiciliados en calle Isla de Pascua número dos mil seiscientos setenta y seis, ciudad Osorno, Región de Los Lagos, constituyeron una sociedad por acciones denominada "BORBA INMOBILIARIA SpA", El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Osorno, sin perjuicio de las oficinas o sucursales que puedan establecerse en otras partes del país o en el extranjero. La duración de la Sociedad será indefinida. La sociedad tendrá por objeto, ya sea actuando directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: a) Efectuar inversiones en el área inmobiliaria, comprendiéndose la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, por cuenta propia y/o ajena; b) Efectuar asesorías en materias inmobiliarias y de construcción; c) La construcción por cuenta propia y/o ajena de toda clase de edificios, casas, locales comerciales, oficinas, estacionamientos, bodegas e inmuebles en general. Queda comprendido en el objeto social la realización de los negocios, actos y contratos conducentes a la construcción de esos inmuebles y a su explotación, sea bajo forma de enajenaciones, ventas, permutas, arrendamientos, administraciones concesiones y otros títulos traslaticios de dominio y/o mera tenencia, como asimismo, las adquisiciones de terrenos, materiales, útiles y herramientas necesarias para la construcción, así como la realización de loteos, urbanizaciones, fusiones, divisiones y subdivisiones de esos terrenos. Además queda comprendido en el objeto social la construcción de obras civiles en todas sus etapas, tales como caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos y/o marítimos, infraestructura vial, pavimentación, obras en todo tipo de materiales y en general, toda clase de obras civiles de ingeniería; d) La adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; e) La formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; f) La sociedad podrá, además, invertir en bienes muebles corporales o incorporales de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos y/o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Para el cumplimiento de los objetos señalados la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros. Todos los objetos sociales antes señalados podrán desarrollarse tanto en el país como en el extranjero. El capital de la Sociedad asciende a la suma de $5.000.000.-, dividido en cinco mil acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma y única serie, encontrándose totalmente suscritas y pagadas. La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a los "Administradores", designándose a los señores Ricardo Jesús Iturbe Larenas y Amanda Stephanie Borba Pessotti. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Osorno, 17 de abril de 2025.-