Instrumento
- Fecha
- 2 de abril de 2025
- Repertorio
- 5250
- Notario
- EDUARDO DIEZ MORELLO
- Oficio
- Trigésima Cuarta Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Cuarta Notaria de Santiago, con oficio en Avenida Luis Thayer Ojeda número 359, Providencia, Santiago certifica: por escritura pública de fecha 02 de Abril 2025, Repertorio N°5.250, ante mí, CARLOS ESTEBAN CÁRDENAS ALARCÓN, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero civil, C.N.I. N° 16.153.266-5, domiciliado para estos efectos en El Arrayan N° 201, casa 4, comuna y ciudad de Santo Domingo, Región de Valparaíso, constituye sociedad por acciones. Razón social: El nombre de la sociedad será “IAAA SpA”.- Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares dentro o fuera del país.- Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden.- Capital social: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000.- dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, suscrito y pagado en su totalidad por CARLOS ESTEBAN CÁRDENAS ALARCÓN, en dinero efectivo, en el acto de constitución e ingresado a caja social. Los accionistas solo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes. La administración y representación de la sociedad, y el uso de la razón social corresponderá a un Administrador, cuya designación se efectuara por: a) Por Junta Extraordinaria de Accionistas mediante acuerdo adoptado por el ochenta por ciento de los accionistas titulares de acciones con derecho a voto presentes o representadas, cuya acta deberá ser reducida a escritura pública; o b) Por escritura pública otorgada por la totalidad de los accionistas de la Sociedad como acuerdo sin forma de junta. Duración: La sociedad tendrá una duración indefinida. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, a 07 de abril de 2.025.