CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SERVICIOS GENERALES LA RUTA DE LALO SpA

RUT 14380518-2 CVE 2636140
Capital
$6.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de marzo de 2025
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
24 de marzo de 2025
Notario
RENE A. MARTINEZ LOAIZA
Domicilio
Melipilla

Sociedad

Capital
$6.000.000 CLP
Domicilio
- Comuna de San Pedro, Provincia de Melipilla, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
Duración
Indefinida

Objeto social

- A) SERVICIOS DE SUPERMERCADO: La explotación comercial de supermercados y negocios de venta de comestibles al detalle, restaurantes y mini market, y de cualquier otra actividad relacionada; la actividad de panadería, verdulería y frutería, venta de carbón, leña, madera, materiales de construcción, movimiento de tierra, transporte de carga y agricultura y en general, producir, comprar, adquirir, elaborar, transformar, envasar, distribuir, importar y exportar, comercializar por cuenta propia o de terceros, al por mayor y al detalle en el país y en extranjero; la importación, exportación, compra, venta, consignación, distribución y comercialización en general, sea por cuenta propia o ajena, toda clase de artículos de bazar, artículos de ferretería, artículos para el hogar, bazares, cordonería, paqueterías, regalos, juguetes y venta de juegos infantiles; prendas de vestir; calzado; ropa interior, pijamas, medias y calcetines; sábanas, cubrecamas, manteles, toallas, sombreros, guantes, pañuelos y corbatas y, en general, sus partes y piezas y repuestos como así mismo de artículos o todo tipo de productos, especial pero no limitativa ni exclusivamente, con el giro de costura, telas, botonería, artículos relacionados con lo anterior; la venta de artículos de bazar, paquetería y cordonería; B) TRANSPORTE: La administración y la explotación comercial de la actividad del transporte, nacional e internacional, urbano, suburbano, interurbano, servicios de carga y fletes en camiones o vehículos propios o de terceros, el transporte de pasajeros, escolares, turismo, taxis, arriendos de vehículos, además, efectuar negocios relacionados con el comercio en general, por cuenta propia o de terceros, consignaciones, importaciones y)o exportaciones de vehículos y de repuestos para los mismos, reparaciones de vehículos, compra y venta de repuestos; Prestar toda clase de servicios y asesorías mecánicas y automotrices en general, así como propias de un taller mecánico, citando a vía ejemplar, la pintura, simunizado, desabolladuría, soldadura, lavado de vehículos, armaduría, fabricación, industrialización, reparación, transformación, mantención, lubricamiento, remolque, cambio de aceite, vulcanización, balanceo, instalación de accesorios, alarmas, radio, lonas, filtros, y demás actividades relacionadas, directa o indirectamente, con el giro; C) SERVICIOS GENERALES: La construcción y)o administración y explotación de restaurantes, centro de eventos y banquetes, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurantes y centro de eventos, o cualquiera clase de establecimiento público o privado en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas alcohólicas y)o analcohólicas para ser consumidas en el mismo local o para llevar; la organización de servicios de banquetería y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; la compraventa, arrendamiento, distribución, representación, reparación, importación y exportación, por mayor y al detalle, toda clase de artículos de ferretería y materiales de construcción; la comercialización de productos, venta de prendas de vestir y calzado; el diseño, confección, elaboración y comercialización de todo tipo de textiles, vestimentas, pieles, cuero y calzado, como sus accesorios y demás conexos, ya sea en forma físicas o digitales, al detalle y al por mayor, la comercialización, compra, venta directa o cualquier modo de venta, alquiler, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y)o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, en especial y sin ser excluyentes de todo tipo de vestuario y calzado y demás conexos, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias que los socios acuerden a este giro; D) INMOBILIARIO: El diseño, elaboración y ejecución de todo tipo de proyectos, obras y trabajos de arquitectura e ingeniería civil, la construcción de toda clase de obras civiles, viviendas y edificios, por cuenta propia o ajena, para personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, sea por administración o a suma alzada, mediante contratos o propuestas públicas o privadas, pudiendo prestar cualquier clase de servicios de mantención e inspección de obras, realizar tasaciones y evaluar obrar o proyectos relacionados directamente o indirectamente con el objeto social; la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento y explotación de toda clase de herramientas, maquinarias, equipos y artículos para la construcción; la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje, loteo, subdivisión, construcción, edificación, urbanización, y cualesquiera otra forma de explotación y administración de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena, en el país o en el extranjero, y cualquier otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con el giro inmobiliario; desarrollar toda clase de actividades comerciales o industriales relacionadas con el negocio inmobiliario y de la construcción; la prestación de toda clase de servicios, asesorías y consultorías profesionales y asistencia técnica a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, en todas aquellas materias relacionadas directa o indirectamente con el giro inmobiliario y de la construcción; E) CONTRATISTA: La contratación y subcontratación de personal, ya sea sin experiencia o especializado, permanente o transitorio para ponerlo a disposición propia o de terceros ya sean éstos personas naturales o jurídicas, de acuerdo a la ley veinte mil ciento veintitrés; y en general cualquier otra actividad que los socios constituyentes acuerden expresamente desarrollar

Administración

Corresponderá individualmente a uno o más administradores generales que actuarán en la forma y según lo determinen de tiempo en tiempo los accionistas, que los podrán elegir y designar o remover, en cualquier tiempo y a su solo arbitrio, por acuerdo adoptado en junta de accionistas, por una mayoría no inferior a la mitad más uno del total de las acciones emitidas con derecho a voto, o mediante declaración de todos ellos que representen dicha mayoría y conste en escritura pública, de lo que deberá tomarse nota o subinscribirse al margen de la inscripción social, sin perjuicio de la designación que consta en las disposiciones transitorias de los estatutos. El o los administradores generales actuarán en la forma ya indicada, representando a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición que la ley o el estatuto no establezcan como privativas de la junta de accionistas, sin que sea necesario otorgarles poder alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia.- Se designa como único administrador de la sociedad a doña MARIA ANGELICA CARRERA OTAROLA, C.I. N° 14.380.518-2, quien anteponiendo su nombre a la razón social podrá representar a la sociedad con las atribuciones establecidas en el artículo quinto de estatutos, por el período de un año calendario a partir de esta fecha, renovable previo acuerdo de la junta de accionistas, protocolizado y anotado en el Registro de Comercio respectivo.- Se establece en este acto, que por esta única vez, no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación de administrador general de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RENE A. MARTINEZ LOAIZA, Notario Público Melipilla, Avda Serrano 374, certifica por escritura pública fecha hoy ante mí. REPERTORIO N° 529-2025, doña MARIA ANGELICA CARRERA OTAROLA, chilena, soltera, comerciante, C.I. N° 14.380.518-2, con domicilio en Alto Loica sin número, comuna de San Pedro, Provincia de Melipilla, constituye Sociedad por Acciones.- RAZON SOCIAL:- “SERVICIOS GENERALES LA RUTA DE LALO SpA”, sin perjuicio de ello, la sociedad podrá actuar y funcionar con el nombre de fantasía de “LA RUTA DE LALO SpA”.- DOMICILIO:- Comuna de San Pedro, Provincia de Melipilla, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. DURACION: Indefinida, a contar de esta fecha.- OBJETO:- A) SERVICIOS DE SUPERMERCADO: La explotación comercial de supermercados y negocios de venta de comestibles al detalle, restaurantes y mini market, y de cualquier otra actividad relacionada; la actividad de panadería, verdulería y frutería, venta de carbón, leña, madera, materiales de construcción, movimiento de tierra, transporte de carga y agricultura y en general, producir, comprar, adquirir, elaborar, transformar, envasar, distribuir, importar y exportar, comercializar por cuenta propia o de terceros, al por mayor y al detalle en el país y en extranjero; la importación, exportación, compra, venta, consignación, distribución y comercialización en general, sea por cuenta propia o ajena, toda clase de artículos de bazar, artículos de ferretería, artículos para el hogar, bazares, cordonería, paqueterías, regalos, juguetes y venta de juegos infantiles; prendas de vestir; calzado; ropa interior, pijamas, medias y calcetines; sábanas, cubrecamas, manteles, toallas, sombreros, guantes, pañuelos y corbatas y, en general, sus partes y piezas y repuestos como así mismo de artículos o todo tipo de productos, especial pero no limitativa ni exclusivamente, con el giro de costura, telas, botonería, artículos relacionados con lo anterior; la venta de artículos de bazar, paquetería y cordonería; B) TRANSPORTE: La administración y la explotación comercial de la actividad del transporte, nacional e internacional, urbano, suburbano, interurbano, servicios de carga y fletes en camiones o vehículos propios o de terceros, el transporte de pasajeros, escolares, turismo, taxis, arriendos de vehículos, además, efectuar negocios relacionados con el comercio en general, por cuenta propia o de terceros, consignaciones, importaciones y/o exportaciones de vehículos y de repuestos para los mismos, reparaciones de vehículos, compra y venta de repuestos; Prestar toda clase de servicios y asesorías mecánicas y automotrices en general, así como propias de un taller mecánico, citando a vía ejemplar, la pintura, simunizado, desabolladuría, soldadura, lavado de vehículos, armaduría, fabricación, industrialización, reparación, transformación, mantención, lubricamiento, remolque, cambio de aceite, vulcanización, balanceo, instalación de accesorios, alarmas, radio, lonas, filtros, y demás actividades relacionadas, directa o indirectamente, con el giro; C) SERVICIOS GENERALES: La construcción y/o administración y explotación de restaurantes, centro de eventos y banquetes, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurantes y centro de eventos, o cualquiera clase de establecimiento público o privado en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas alcohólicas y/o analcohólicas para ser consumidas en el mismo local o para llevar; la organización de servicios de banquetería y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; la compraventa, arrendamiento, distribución, representación, reparación, importación y exportación, por mayor y al detalle, toda clase de artículos de ferretería y materiales de construcción; la comercialización de productos, venta de prendas de vestir y calzado; el diseño, confección, elaboración y comercialización de todo tipo de textiles, vestimentas, pieles, cuero y calzado, como sus accesorios y demás conexos, ya sea en forma físicas o digitales, al detalle y al por mayor, la comercialización, compra, venta directa o cualquier modo de venta, alquiler, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, en especial y sin ser excluyentes de todo tipo de vestuario y calzado y demás conexos, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias que los socios acuerden a este giro; D) INMOBILIARIO: El diseño, elaboración y ejecución de todo tipo de proyectos, obras y trabajos de arquitectura e ingeniería civil, la construcción de toda clase de obras civiles, viviendas y edificios, por cuenta propia o ajena, para personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, sea por administración o a suma alzada, mediante contratos o propuestas públicas o privadas, pudiendo prestar cualquier clase de servicios de mantención e inspección de obras, realizar tasaciones y evaluar obrar o proyectos relacionados directamente o indirectamente con el objeto social; la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento y explotación de toda clase de herramientas, maquinarias, equipos y artículos para la construcción; la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje, loteo, subdivisión, construcción, edificación, urbanización, y cualesquiera otra forma de explotación y administración de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena, en el país o en el extranjero, y cualquier otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con el giro inmobiliario; desarrollar toda clase de actividades comerciales o industriales relacionadas con el negocio inmobiliario y de la construcción; la prestación de toda clase de servicios, asesorías y consultorías profesionales y asistencia técnica a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, en todas aquellas materias relacionadas directa o indirectamente con el giro inmobiliario y de la construcción; E) CONTRATISTA: La contratación y subcontratación de personal, ya sea sin experiencia o especializado, permanente o transitorio para ponerlo a disposición propia o de terceros ya sean éstos personas naturales o jurídicas, de acuerdo a la ley veinte mil ciento veintitrés; y en general cualquier otra actividad que los socios constituyentes acuerden expresamente desarrollar.- CAPITAL:- $6.000.000, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto.- El accionista doña MARIA ANGELICA CARRERA OTAROLA, suscribe en este acto MIL ACCIONES, las que se encuentran enteradas y pagadas al contado, en dinero efectivo e ingresadas en la caja social.- ADMINISTRACIÓN: Corresponderá individualmente a uno o más administradores generales que actuarán en la forma y según lo determinen de tiempo en tiempo los accionistas, que los podrán elegir y designar o remover, en cualquier tiempo y a su solo arbitrio, por acuerdo adoptado en junta de accionistas, por una mayoría no inferior a la mitad más uno del total de las acciones emitidas con derecho a voto, o mediante declaración de todos ellos que representen dicha mayoría y conste en escritura pública, de lo que deberá tomarse nota o subinscribirse al margen de la inscripción social, sin perjuicio de la designación que consta en las disposiciones transitorias de los estatutos. El o los administradores generales actuarán en la forma ya indicada, representando a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición que la ley o el estatuto no establezcan como privativas de la junta de accionistas, sin que sea necesario otorgarles poder alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia.- Se designa como único administrador de la sociedad a doña MARIA ANGELICA CARRERA OTAROLA, C.I. N° 14.380.518-2, quien anteponiendo su nombre a la razón social podrá representar a la sociedad con las atribuciones establecidas en el artículo quinto de estatutos, por el período de un año calendario a partir de esta fecha, renovable previo acuerdo de la junta de accionistas, protocolizado y anotado en el Registro de Comercio respectivo.- Se establece en este acto, que por esta única vez, no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación de administrador general de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Melipilla, 24/03/2025.