MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES MALA JUNTA LIMITADA

RUT 76413335-8 CVE 2635870
Fecha instrumento
9 de abril de 2025
Notaría
La Reina

Instrumento

Fecha
9 de abril de 2025
Repertorio
13152
Notario
GONZALO PRIETO MAGNOLFI
Oficio
Titular de la Primera Notaría de La Reina
Comuna
La Reina

Objeto social

A) El transporte de pasajeros y carga de toda clase de bienes o mercaderías, por cuenta propia o ajena, prestar servicios de fletes, la compra, venta, arrendamiento y)o cesión temporal de vehículos de cualquier especie, y en general, la explotación del rubro transporte de carga en todas sus formas. B) La inversión, compra y)o venta, por cuenta propia o ajena de toda clase de bienes, muebles, inmuebles, corporales, incorporales, acciones, valores y en general de cualquier documento negociable y)o transable tanto en el ámbito bancario, financiero o bursátil. C) La inversión en toda clase de bienes muebles, compra, venta, arriendo, importación, exportación de los mismos, asimismo el desarrollo de proyectos inmobiliarios y administración de proyectos por cuenta propia o de terceros, la adquisición de inmuebles y toda clase de bienes raíces, la construcción de los mismos sea por cuenta propia o ajena, su urbanización, subdivisión y enajenación, venta y permuta y la inversión de capitales propios o ajenos, su administración y toda otra forma de explotación. D) La prestación de servicios de toda clase, entre otros de publicidad, marketing, producción cinematográfica y servicios relacionados; la creación y explotación de agencias de publicidad, asesorías de marketing, productoras cinematográficas, entre otras; desarrollo de eventos publicitarios, organización de eventos especiales, promociones y servicios permanentes; producción y creación de espectáculos; producción, creación y explotación de publicidad en vía pública, urbana, letreros camineros y, en general, todo tipo de letreros, globos u otros. E) La explotación por cuenta propia o ajena de toda clase de establecimientos comerciales, hoteleros, restaurantes, bares, pubs, clubes nocturnos, centros de recreación y otros similares, y la realización, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de eventos. F) La realización de toda clase de negocios de cualquier naturaleza sin que la lista precedente sea de carácter taxativo. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos, e incluso constituir o incorporarse a otras sociedades y en general todo tipo de actos comerciales de su giro o de cualquier otro ramo que el administrador acuerde que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales, dentro o fuera del país”

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GONZALO PRIETO MAGNOLFI, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Primera Notaría de La Reina, don PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, con oficio en Avenida Príncipe de Gales N° 5.841, comuna de La Reina, Región Metropolitana, certifico: que ante el notario titular con fecha 27 de marzo de 2025, bajo repertorio n° 13.152, don Christian Fabian Espinoza Vergara, domiciliado en Alabandina 10560, comuna de Colina, Región Metropolitana, y Alejandra Retamal Maldonado, domiciliada en Alabandina 10560, comuna de Colina, Región Metropolitana; como únicos y actuales socios modificaron los estatutos de la sociedad de responsabilidad limitada denominada “Transportes Mala Junta Limitada”, inscrita a fojas 72.118, número 43.930 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2014, en los siguientes términos: Uno) se modifica la cláusula primera de los estatutos sociales relativa al nombre de la sociedad, reemplazándola por la siguiente: “Primero.- El nombre de la sociedad será “Inversiones Mala Junta Limitada”, pudiendo usar también el nombre de fantasía “Mala Junta Limitada” o “Mala Junta Ltda.”, cuyo uso obligara a la sociedad para todos los efectos legales, especialmente bancarios, comerciales y tributarios.-“; y Dos) se modifica la clausula segunda de los estatutos sociales relativa al objeto de la sociedad, reemplazándola por la siguiente: “Segundo.- La sociedad tiene por objeto: A) El transporte de pasajeros y carga de toda clase de bienes o mercaderías, por cuenta propia o ajena, prestar servicios de fletes, la compra, venta, arrendamiento y/o cesión temporal de vehículos de cualquier especie, y en general, la explotación del rubro transporte de carga en todas sus formas. B) La inversión, compra y/o venta, por cuenta propia o ajena de toda clase de bienes, muebles, inmuebles, corporales, incorporales, acciones, valores y en general de cualquier documento negociable y/o transable tanto en el ámbito bancario, financiero o bursátil. C) La inversión en toda clase de bienes muebles, compra, venta, arriendo, importación, exportación de los mismos, asimismo el desarrollo de proyectos inmobiliarios y administración de proyectos por cuenta propia o de terceros, la adquisición de inmuebles y toda clase de bienes raíces, la construcción de los mismos sea por cuenta propia o ajena, su urbanización, subdivisión y enajenación, venta y permuta y la inversión de capitales propios o ajenos, su administración y toda otra forma de explotación. D) La prestación de servicios de toda clase, entre otros de publicidad, marketing, producción cinematográfica y servicios relacionados; la creación y explotación de agencias de publicidad, asesorías de marketing, productoras cinematográficas, entre otras; desarrollo de eventos publicitarios, organización de eventos especiales, promociones y servicios permanentes; producción y creación de espectáculos; producción, creación y explotación de publicidad en vía pública, urbana, letreros camineros y, en general, todo tipo de letreros, globos u otros. E) La explotación por cuenta propia o ajena de toda clase de establecimientos comerciales, hoteleros, restaurantes, bares, pubs, clubes nocturnos, centros de recreación y otros similares, y la realización, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de eventos. F) La realización de toda clase de negocios de cualquier naturaleza sin que la lista precedente sea de carácter taxativo. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos, e incluso constituir o incorporarse a otras sociedades y en general todo tipo de actos comerciales de su giro o de cualquier otro ramo que el administrador acuerde que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales, dentro o fuera del país”. Responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes. Demas estipulaciones en escritura extractada. En lo no modificado permanecen vigentes estatutos. Santiago, 09-04-2025. G.P.M. Notario Suplente, 1ª. Notaria La Reina.