MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES LAS CAMPANAS LIMITADA

RUT 76187355-5 CVE 2636283
Fecha instrumento
11 de abril de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
11 de abril de 2025
Repertorio
1204-25
Notario
Y MODIFICACIÓN DE INVERSIONES LAS CAMPANAS LIMITADA EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS
Oficio
Vigésimo Novena Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

DE CESIÓN DE DERECHOS SOCIETARIOS Y MODIFICACIÓN DE INVERSIONES LAS CAMPANAS LIMITADA EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, abogado, Notario Público Titular de la Vigésimo Novena Notaría de Santiago, con oficio en Enrique Mac Iver doscientos veinticinco, piso tres, oficina trescientos dos, de esta ciudad, CERTIFICO: que por escritura pública de cinco de marzo de dos mil veinticinco, repertorio No 1204-25, otorgada, ante mí, don RAUL HUMBERTO ESPINOZA SEREY, rut. 6.374.611-8, domiciliado en calle las Campanas número seis mil doscientos noventa y cinco, comuna de Las Condes, Región Metropolitana y ALICIA ISABEL FARIAS YAÑEZ, rut. 5.126.893-8, domiciliada en calle Las Campanas número seis mil doscientos noventa y cinco, comuna de Las Condes y LORETO DEL PILAR ESPINOZA FARIAS, rut. 14.118.517-9, domiciliada en calle Las Campanas número seis mil doscientos noventa y cinco, comuna de Las Condes celebraron: “Cesión de Derechos Sociales y Modificación de Sociedad Inversiones Las Campanas Limitada” inscrita a fojas once mil setecientos cuarenta y dos número siete mil seiscientos veintiocho del Registro de Comercio del año dos mil nueve del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Compra y cesión de derechos: ALICIA ISABEL FARIAS YAÑEZ, vende, cede y transfiere el cinco por ciento derechos sociales de INVERSIONES LAS CAMPANAS LIMITADA a doña LORETO DEL PILAR ESPINOZA FARIAS, quien compra y adquiere para sí dichos derechos, la cesión de derechos se valoriza en la suma única y total de cinco millones quinientos ochenta y seis mil pesos, que fueron pagados en dinero en efectivo con anterioridad a este acto. Precios y condiciones escritura extractada. Modificaciones sociales: Actuales y únicos socios acuerdan modificar cláusula quinta de los estatutos sociales por: CLAUSULA QUINTA: El capital de la Sociedad es la suma de sesenta millones de pesos, íntegramente aportado y pagado y se distribuye de la siguiente manera: a) RAUL HUMBERTO ESPINOZA SEREY, con noventa por ciento de los derechos sociales; b) LORETO DEL PILAR ESPINOZA FARIAS, con diez por ciento de los derechos sociales. En lo no modificado continúan plenamente vigentes las demás estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 11 de abril de 2025.