INMOBILIARIA E INVERSORA PRIMA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 8 de abril de 2025
- Repertorio
- 2635/2025
- Notario
- MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
- Oficio
- 21ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular de la 21ª Notaría de Santiago, calle Huérfanos N° 578, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 08/04/2025, repertorio N°2.635/2025, ante mí: INMOBILIARIA, INVERSIONES Y ASESORÍAS SHAJAR LIMITADA; INMOBILIARIA, INVERSIONES Y ASESORÍAS LICHT LIMITADA; y la sociedad INVERSIONES TIR S.A. Todos los anteriores domiciliados para estos efectos en Avenida La Dehesa número mil doscientos uno, oficina O trescientos veintisiete, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; acordaron dividir la sociedad INMOBILIARIA E INVERSORA PRIMA LIMITADA, como sigue: UNO. Se dividió la sociedad en dos sociedades de responsabilidad limitada, que serán: A) La sociedad que se divide INMOBILIARIA E INVERSORA PRIMA LIMITADA, la que conservará su personalidad jurídica, identidad, naturaleza, razón social y Rol Único Tributario, así como todos los activos y pasivos que explícita y determinadamente no le sean traspasados a la nueva sociedad naciente de la división, y que continuará con el objeto, giro, operaciones y negocios actualmente en curso, rigiéndose por el vigente Pacto Social, excepto en aquellas materias que se modifican en la escritura extractada; y B) La nueva sociedad de responsabilidad limitada, que nace como resultado de la división de INMOBILIARIA E INVERSORA PRIMA LIMITADA, la que se denominará INMOBILIARIA SAN JOAQUÍN LIMITADA, que se regirá por un nuevo Pacto Social otorgado especialmente para ella y que se extracta por separado, y a la que serán transferidos únicamente los activos y pasivos sociales que explícita y determinadamente se le traspasen desde la sociedad dividida. DOS. Como consecuencia de la división acordada, el capital social disminuyó, modificándose la cláusula Quinta del Pacto Social, quedando como sigue: “ARTÍCULO QUINTO: Capital: El capital de la sociedad será la suma de nueve mil novecientos noventa y ocho millones setecientos seis mil ochocientos sesenta y nueve pesos, que los socios aportan y pagan de la siguiente manera: Uno. INMOBILIARIA, INVERSIONES Y ASESORÍAS SHAJAR LIMITADA, aporta la suma de doscientos noventa y dos millones cuatrocientos sesenta y dos mil ciento setenta y seis pesos, que corresponde al dos coma novecientos veinticinco por ciento de los derechos sociales, la cual se encuentra pagada con anterioridad a este acto; Dos. INMOBILIARIA, INVERSIONES Y ASESORÍAS LICHT LIMITADA, aporta la suma de doscientos noventa y dos millones cuatrocientos sesenta y dos mil ciento setenta y seis pesos, que corresponde dos coma novecientos veinticinco por ciento de los derechos sociales, la cual se encuentra pagada con anterioridad a este acto; y, Tres. INVERSIONES TIR S.A., aporta la suma de nueve mil cuatrocientos trece millones setecientos ochenta y dos mil quinientos diecisiete pesos, que corresponde al noventa y cuatro coma quince por ciento de los derechos sociales, la cual se encuentra pagada con anterioridad a este acto”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15 de abril de 2025.