CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD COMERCIALIZADORA IKEKE BELLEZA SpA

CVE 2635611
Fecha instrumento
1 de abril de 2025

Instrumento

Fecha
1 de abril de 2025
Notario
DAVID TORO IGLESIAS
Domicilio
Iquique

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

DAVID TORO IGLESIAS, Notario Público Iquique, Suplente del Titular don ANDRES CUEVAS OSSANDON, Luis Uribe Nº 330, CERTIFICA: Por escritura pública, hoy ante mí: comparece: GUMERCINDO CHAMBI MAMANI, nacionalidad peruana, estado civil soltero, profesión u oficio empresario, cédula de Identidad número y rol único tributario número veintidós millones seiscientos treinta y cinco mil doscientos cinco guion ocho, domicilio en calle Patricio Lynch número mil trescientos sesenta, comuna de Iquique, compareciente mayor de edad, quien acredita su identidad con la cédula antes citada y expone: Por el presente instrumento, el compareciente constituye una sociedad por acciones, en conformidad a las disposiciones a ley número veinte mil ciento noventa, sobre mercado de capitales y dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil: I) La razón social de la sociedad será “SOCIEDAD COMERCIALIZADORA IKEKE BELLEZA SpA”, pudiendo actuar ante cualquier persona natural o jurídica, órgano público o privado, incluidos bancos o instituciones de cualquier naturaleza que gocen o no de personalidad jurídica con el nombre de fantasía de “IKEIKE BELLEZA SpA”.- II): El objeto de la sociedad será: A) al desarrollo de toda actividad tendiente al mantenimiento y embellecimiento de la figura corporal en ambos sexos; incluyendo entre otros, venta de productos, tratamientos corporales y faciales, peluquería, cosmetología, podología, sauna, solárium, gimnasia de todo tipo, danza, depilación, electro físicos y todo tipo de tratamiento en la materia; la administración y la dirección económica y técnica de establecimientos relacionados; el uso, compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de maquinarias, artefactos y aparatos; vestuario, accesorios, productos cosmetológicos y naturales; en general, todo lo que esté relacionado, en la actualidad o en el futuro, con todo lo dicho. La sociedad tendrá además dentro de sus objetivos, la educación y capacitación, en el área de la belleza, para el mantenimiento y embellecimiento de la figura corporal de ambos sexos; y cualquier otra actividad o negocio que los socios acuerden. Para el cumplimiento de los fines sociales la sociedad podrá actuar como usuario de los sistemas de zonas francas y/o regímenes de excepción aduaneros sean que estos se encuentren dentro del país o en el extranjero. B) alquiler de bienes inmuebles amoblados o con equipos y maquinarias; alquiler (excepto amoblados) de inmuebles o servicios imputados de alquiler de viviendas; Asimismo, toda otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores y cualquier otro objeto que los socios acuerden.- III) La administración, uso de la razón social y representación legal de la sociedad, con las más amplias atribuciones corresponderá en forma exclusiva del accionista don GUMERCINDO CHAMBI MAMANI, quien actuando en su representación, y anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos de cualquier naturaleza y, en especial, en la celebración de los actos o contratos que se enumeran, no siendo necesario acreditar, ante terceros, si ellos corresponden o no al giro social; quien por lo demás tendrá todas y cada una de las facultades que se enumeran en la cláusula sexta del pacto constitutivo.- IV) El capital de la sociedad asciende a la suma de ciento quince millones de pesos, dividido en cien acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal que se suscriben y enteran en la forma que se indica: a) la suma de cinco millones de pesos, en dinero efectivo, los cuales ingresan a caja social y b) aporta en propiedad dos inmuebles, que fueron debidamente singularizados en la respectiva escritura de constitución social, y que el compareciente, lo cual avalúa en la suma total de ciento diez millones de pesos, los cuales se entienden aportados en este acto, en propiedad, a la sociedad que por este acto se constituye, como cuerpo cierto, en el estado en que actualmente se encuentran, lo que es conocido y aceptado, con todos sus derechos, usos, costumbres y servidumbres activas y pasivas y demás adherentes, libres de todo embargo, juicio, acciones resolutorias vigentes, quedando obligado el accionista aportante a responder del saneamiento legal y con sus contribuciones al día.- Dichos aportes representan y corresponde al noventa y cinco con sesenta y cinco centésimas del ciento del capital social.- V) El domicilio de la sociedad estará ubicado en la ciudad de Iquique, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero.- VI) La sociedad empezará a regir desde la fecha de suscripción de esta escritura y tendrá una duración de indefinida.- VII) Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de los aportes efectuados por cada uno de ellos.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Iquique, 01 de abril de 2025.