CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

COMERCIALIZADORA CABELLO Y MONTOYA SpA

RUT 14502780-2 CVE 2635043
Capital
$30.000.000 CLP
Fecha instrumento
7 de abril de 2025
Notaría
Viña del Mar
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
7 de abril de 2025
Repertorio
1268/2025
Notario
PAOLA DEBORAH STACK LARA
Oficio
Cuarta Notaría de Viña del Mar
Comuna
Viña del Mar

Sociedad

Capital
$30.000.000 CLP
Domicilio
Viña del Mar dentro del territorio jurisdiccional de los Juzgados de Letras en lo Civil con asiento en la comuna de Viña del Mar
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: a) la compraventa, la comercialización y distribución de todo tipo de productos de la industria alimenticia, a establecimientos comerciales, personas naturales y cualesquiera otra relacionada con el rubro; en venta al por mayor o venta al detalle, b) la comercialización de toda clase de bienes por cuenta propia o ajena, en especial, explotando el ramo de carnicerías, de sus derivados, fiambrería, alimentos de todo tipo para el consumo humano frigorizados, y tiendas de conveniencia, sea bajo la forma de compraventa, importación, exportación, distribución, comisiones para comprar y vender y consignación de toda clase de bienes muebles, sea como mayorista o minorista, c) La distribución, comercialización, importación, exportación, venta al por mayor y al por menor de todo tipo de bebidas para el consumo humano, tanto alcohólicas como analcohólicas, d) La comercialización, distribución, fabricación y representación, exportación e importación y envasado de productos de deriva de cerdos, de vacunos, de corderos, y demás productos relacionados, que se produzcan o requieran aquellas materias primas; y e) Toda otra actividad relacionada en forma directa o indirecta con el objeto indicado que los socios acuerden; y cualquier otro negocio que acordaren los

Administración

La administración y representación de la sociedad le corresponderá a doña KAREN DE LOURDES CABELLO MONTOYA y)o a doña LUISA DE LAS MERCEDES CABELLO MONTOYA, quienes podrán actuar de manera indistinta, o bien a través de personas especialmente designadas para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PAOLA DEBORAH STACK LARA, abogado, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Viña del Mar, con Oficio en Avenida Libertad número novecientos uno, local A, Viña del Mar, Certifica: Por escritura pública de fecha 07 de abril de 2025, Repertorio N°1268/2025, ante mí, señores HERNAN ARIEL CABELLO MONTOYA, cédula de identidad número 14.502.780-2; doña KAREN DE LOURDES CABELLO MONTOYA, cédula de identidad número 12.221.727-2; y doña LUISA DE LAS MERCEDES CABELLO MONTOYA, cédula de identidad número 11.547.791-9, todos domiciliados para estos efectos en Pasaje número cinco, casa A dos, Población Paso de Los Andes, Sector Santa Julia, comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso, constituyen sociedad por acciones: Razón Social: “COMERCIALIZADORA CABELLO Y MONTOYA SpA” pudiendo usar para fines comerciales, bancarios, y/o publicidad la expresión “CABELLO y MONTOYA SpA”, para obligarla válidamente bajo el nombre abreviado o de fantasía de “CABELLO y MONTOYA SpA” a la sociedad de la misma manera que si actuara con su razón social íntegra. Domicilio: Viña del Mar dentro del territorio jurisdiccional de los Juzgados de Letras en lo Civil con asiento en la comuna de Viña del Mar, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: a) la compraventa, la comercialización y distribución de todo tipo de productos de la industria alimenticia, a establecimientos comerciales, personas naturales y cualesquiera otra relacionada con el rubro; en venta al por mayor o venta al detalle, b) la comercialización de toda clase de bienes por cuenta propia o ajena, en especial, explotando el ramo de carnicerías, de sus derivados, fiambrería, alimentos de todo tipo para el consumo humano frigorizados, y tiendas de conveniencia, sea bajo la forma de compraventa, importación, exportación, distribución, comisiones para comprar y vender y consignación de toda clase de bienes muebles, sea como mayorista o minorista, c) La distribución, comercialización, importación, exportación, venta al por mayor y al por menor de todo tipo de bebidas para el consumo humano, tanto alcohólicas como analcohólicas, d) La comercialización, distribución, fabricación y representación, exportación e importación y envasado de productos de deriva de cerdos, de vacunos, de corderos, y demás productos relacionados, que se produzcan o requieran aquellas materias primas; y e) Toda otra actividad relacionada en forma directa o indirecta con el objeto indicado que los socios acuerden; y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Duración: Indefinida. Capital: $30.000.000, dividido en 3.000 acciones, nominativas, de única serie y sin valor nominal. Capital suscrito y pagado del siguiente modo: a) KAREN DE LOURDES CABELLO MONTOYA suscribe 1.000 acciones, equivalentes a $10.000.000, que paga en este acto al contado y en dinero efectivo; b) LUISA DE LAS MERCEDES CABELLO MONTOYA suscribe 1.000 acciones, equivalentes a $10.000.000, que paga en este acto al contado y en dinero efectivo; c) HERNÁN ARIEL CABELLO MONTOYA suscribe 1.000 acciones, equivalentes a $10.000.000, que paga en este acto al contado y en dinero efectivo. Administración: La administración y representación de la sociedad le corresponderá a doña KAREN DE LOURDES CABELLO MONTOYA y/o a doña LUISA DE LAS MERCEDES CABELLO MONTOYA, quienes podrán actuar de manera indistinta, o bien a través de personas especialmente designadas para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen.- Demás estipulaciones escritura extractada.- VIÑA DEL MAR, CATORCE DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICINCO.