MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

ASESORÍAS LEGALES APOQUINDO SpA

RUT 77712684-9 CVE 2635609
Capital
$970.000 CLP
Fecha instrumento
15 de abril de 2025

Instrumento

Fecha
15 de abril de 2025
Repertorio
15308
Notario
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Domicilio
Santiago

Sociedad

Capital
$970.000 CLP

Personas y entidades (3)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Juan Ignacio Correa Amunátegui representante 7578330-2
Carolina Squella Urquiza representante 13242193-5
Jorge Sebastián Sepúlveda Guzmán representante 14147451-0

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público de Santiago, Avenida Isidora Goyenechea, número tres mil cuatrocientos setenta y siete, oficina diez, Comuna de Las Condes, certifico que, por escritura pública de 1° de abril de 2025, repertorio N°15.308 – 2025, comparecieron ante mí, “LA CANDELARIA”, RUT N°76.513.818-3, representada por Juan Ignacio Correa Amunátegui, RUT N°7.578.330-2; “INVERSIONES SQ LIMITADA” RUT N°76.101.737-3, representada por Carolina Squella Urquiza, RUT N°13.242.193-5; e, “INVERSIONES TRICICLO SpA”, RUT N°77.034.598-7, representada por Jorge Sebastián Sepúlveda Guzmán, RUT N°14.147.451-0, todos domiciliados en Avenida Apoquindo N°3500, piso 11, Comuna de Las Condes, y modificaron “ASESORÍAS LEGALES APOQUINDO SpA”, con extracto de constitución inscrito a fojas 2.772 N°1.293 del Registro de Comercio de Santiago de 2023. En virtud del retiro del accionista “Inversiones Triciclo SpA”, la modificación consistió en la disminución del capital social, de $1.000.000 a $970.000, mediante la devolución del capital aportado por el accionista “Inversiones Triciclo SpA”. Como consecuencia, se sustituyeron los artículos quinto permanente y primero transitorio, relativos al capital, por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital de la sociedad será de $970.000, dividido en 97 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal que se suscribe y paga en la forma convenida en el artículo primero transitorio. A su vez, se regula expresamente que cada vez que la asamblea o junta ordinaria apruebe el balance del ejercicio al tenor del artículo vigésimo quinto de estos estatutos, el capital social se entenderá modificado de pleno derecho en los términos que dispone el artículo décimo de la Ley sobre Sociedades Anónimas”. Y, “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Suscripción y pago del capital. El capital de la sociedad de $970.000, dividido en 97 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, a que se refiere el artículo quinto permanente de estos estatutos, se ha enterado y pagado como sigue: Uno) “La Candelaria”, suscribió 66 acciones, a $10.000 la acción, lo que suma un valor total de $670.000, monto que fue pagado en dinero efectivo y que la sociedad declara haber recibido a su satisfacción. Y, Dos) Por su parte, “Inversiones SQ Limitada”, suscribió 31 acciones, a $10.000 la acción, lo que suma un valor total de $310.000, cantidad que fue pagada en dinero efectivo y que la sociedad declara haber recibido a su satisfacción. En consecuencia, ha quedado totalmente suscrito y pagado el capital social”. En lo no modificado permanecen vigentes estatutos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 15 de abril de 2025.