SULFOQUIM S.A.
Instrumento
- Fecha
- 17 de marzo de 2025
- Notario
- ALEX PEREZ DE TUDELA VEGA
- Domicilio
- San Felipe
- Comuna
- San Felipe de don Alex Pérez de Tudela
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| EDUARDO MAURICIO OLIVARES GUTIERREZ | socio | 8751088-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEX PEREZ DE TUDELA VEGA, abogado, Notario Público de San Felipe, con oficio calle Prat N° 106, certifico: por escritura pública de hoy ante mí, EDUARDO MAURICIO OLIVARES GUTIERREZ, abogado, casado, CNI N° 8.751.088-3, domiciliado en Campanario N° 27, Comuna de San Felipe, redujo Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “SULFOQUIM S.A.”, celebrada el día 17 de Marzo de 2025, ante este mismo Notario y en mi presencia, en la cual se acordó: que atendida la falta de notario público en las Juntas de Accionistas de que dan cuenta la Junta extraordinaria de 14 de Junio de 2017, reducida a escritura pública otorgada el día 29 de diciembre de 2017 ente el Notario Público de San Felipe don Alex Pérez de Tudela Vega, repertorio número 2503-2017, saneada por escritura pública de fecha 3 de diciembre de 2019, otorgada en la Notaría de San Felipe de don Alex Pérez de Tudela Vega, y Junta de 8 de abril de 2021, reducida a escritura pública en la Notaría de San Felipe de don Alex Pérez de Tudela Vega, de fecha 14 de abril de 2021, repertorio número 873-2021, rescilian lo actuado en ellas, dejando sin efecto las inscripciones del extracto que rolan a fojas 6248 número 3400 del año 2020, a fojas 6697 N° 3628 del año 2020 y la de fojas 32942 N° 15317 del año 2021, todas del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y en consecuencia, ACUERDAN: Introducir las siguientes modificaciones al estatuto social: 1) modificar el estatuto social en el sentido de reemplazar el artículo quinto permanente del estatuto social por el siguiente: “ARTICULO QUINTO: El capital social es la suma de doscientos veintiocho millones de pesos, dividido en doscientas veintiocho mil acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma serie, que se entera y paga en la forma establecida en las disposiciones transitorias.” 2) Sustituir el artículo primero transitorio por el siguiente: “ARTICULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social ascendiente a la suma de doscientos veintiocho millones de pesos, dividido en doscientas veintiocho mil acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma serie, de igual valor, se ha suscrito y pagado en la forma que a continuación se indica: Uno.) La cantidad de cien millones de pesos, que corresponde a cien mil acciones, que se suscribió y pagó por los accionistas que concurrieron al acto de constitución de la sociedad. Dos.) La cantidad de ciento veintiocho millones de pesos, dividido en ciento veintiocho mil acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma serie que se encuentran suscritas y debidamente pagadas por el accionista Juan Messina Limitada.”. 3) modificar el estatuto social en el sentido de agregar a la parte final de su artículo 18 lo siguiente: Las Juntas de Accionistas, Ordinarias o Extraordinarias, podrán llevarse a cabo por medios remotos o digitales, con los requisitos, resguardos o garantías que disponga la Comisión para el Mercado Financiero, la Ley o el Reglamento, debiendo señalarse en la citación el medio de conexión remoto y procedimiento de verificación de poderes y entrega de contraseñas para conexión, y debiendo cumplir los accionistas con el procedimiento de verificación de poderes y señalamiento de los datos necesarios para recibir las contraseñas e identificación de reunión con a lo menos tres horas de anticipación al inicio de la Junta. En lo demás no modificado en este acto se mantienen los términos del pacto social vigente. Demás cláusulas constan en escritura extractada. San Felipe, 02 de Abril de 2025..-