INMOBILIARIA FOODCORP LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de marzo de 2025
- Notario
- MARCELA ANDREA MEDINA RICCI
- Domicilio
- San Miguel
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCELA ANDREA MEDINA RICCI, abogada, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio ubicado en Av. Santa Rosa N°7.955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 17 de marzo del año 2025, ante mí, don JUAN ESTEBAN URCELAY COSTA; doña MARÍA JOSÉ URCELAY COSTA; doña TRINIDAD URCELAY COSTA; don NICOLÁS URCELAY COSTA; doña CARMEN LUZ URCELAY PHILLIPS; todos domiciliados para estos efectos, en Av. Las Condes número 11.700, Torre A, oficina 903, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, celebraron “Cesión de Derechos y Modificación de Estatutos de INMOBILIARIA FOODCORP LIMITADA, sociedad inscrita a fojas 19.800 número 12.990, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2013, y acordaron: I. Cesión de derechos. Doña CARMEN LUZ URCELAY PHILLIPS vende, cede y transfiere a don JUAN ESTEBAN URCELAY COSTA, a doña MARÍA JOSÉ URCELAY COSTA, a doña TRINIDAD URCELAY COSTA y a don NICOLÁS URCELAY COSTA, quienes aceptan y adquieren para sí, en partes iguales, la totalidad de los derechos sociales que le pertenecen en INMOBILIARIA FOODCORP LIMITADA. Precio y condiciones de venta, en escritura extractada. II. Retiro de socia. En virtud de las cesiones de derechos, doña CARMEN LUZ URCELAY PHILLIPS se retira de INMOBILIARIA FOODCORP LIMITADA, retiro que es aceptado por los restantes socios. III. Modificación de estatutos sociales. Los únicos y actuales socios de INMOBILIARIA FOODCORP LIMITADA, acuerdan modificar el artículo quinto de los estatutos sociales, relativo al capital social, reemplazándolo por el del siguiente tenor extractado: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital social es la suma de 41.838 dólares de los Estados Unidos de América, con 67 centavos, que se encuentra íntegramente pagado y enterado en arcas sociales, en las siguientes proporciones: a) don JUAN ESTEBAN URCELAY COSTA, con el 25% de los derechos sociales; b) doña MARÍA JOSÉ URCELAY COSTA con el 25% de los derechos sociales; c) doña TRINIDAD URCELAY COSTA, 25% de los derechos sociales; y d) don NICOLÁS URCELAY COSTA, con el 25% de los derechos sociales.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Stgo., 17 de marzo de 2025.- M. Medina R., Notario Público.