Instrumento
- Fecha
- 2 de abril de 2025
- Repertorio
- 9581-2025
- Notario
- Juan Ricardo San Martín Urrejola
- Oficio
- 43° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
Objeto social
tendrá por objeto exclusivo la comercialización, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero de uno o más servicios de: /a) La sociedad tendrá por objeto exclusivo la comercialización, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero de: a) custodia de instrumentos financieros, la que será realizada y desarrollada de acuerdo con lo dispuesto en la Ley número veintiún mil quinientos veintiuno, y las normas de carácter general que dicte la Comisión para el Mercado Financiero. /b) Todas las demás actividades inherentes al giro de acuerdo a lo establecido en el artículo cinco de la Ley número veintiún mil quinientos veintiuno, y las normas de carácter general que dicte la Comisión para el Mercado Financiero
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Público Titular de 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certificó que por escritura pública de fecha 2 de abril de 2025 ante mí (repertorio 9.581-2025), don Rodolfo Sebastián Ordaz Retamal, constituyó sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto: Nombre de la sociedad: “Custodian SpA”. Domicilio social: Santiago. Objeto social: tendrá por objeto exclusivo la comercialización, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero de uno o más servicios de: /a/ La sociedad tendrá por objeto exclusivo la comercialización, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero de: a) custodia de instrumentos financieros, la que será realizada y desarrollada de acuerdo con lo dispuesto en la Ley número veintiún mil quinientos veintiuno, y las normas de carácter general que dicte la Comisión para el Mercado Financiero. /b/ Todas las demás actividades inherentes al giro de acuerdo a lo establecido en el artículo cinco de la Ley número veintiún mil quinientos veintiuno, y las normas de carácter general que dicte la Comisión para el Mercado Financiero. Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, completamente suscrito y pagado por Rodolfo Sebastián Ordaz Retamal. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 9 de abril de 2025.