COMERCIAL BAY SpA
Instrumento
- Fecha
- 4 de abril de 2025
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular 43ª Notaría Santiago, Huérfanos 835, piso 18, certifica:- Por escritura fecha 04 Abril 2025, ante mí, señores:- BENJAMIN JOSE AGUILAR YAÑEZ, egresado de derecho, Run:- 20.110.059-3, domiciliado en calle La Calesa Nº 6140, Las Condes; y, FRANCE DENISE LIRA JOUSSE, empresaria, Run:- 15.641.883-8, Avenida San José Nº14.302, Colina; modificaron de conformidad con el artículo 427 del Código de Comercio, la sociedad COMERCIAL BAY SpA, con Rut:- 77.912.649-8, constituida con un capital inicial de $5.000.000, el 18 Junio 2024, Notario de Santiago, don Juan Ricardo San Martín Urrejola, inscrita Registro Comercio Santiago, a fjs. 52.284, Nº 21.242, año 2024.- Modificación consiste:- Se modifica el el Artículo TERCERO TRANSITORIO, el cual se reemplaza por el siguiente:- "Artículo Tercero Transitorio":- La administración de la sociedad estará a cargo de don Benjamín José Aguilar Yañez, a quien se le confieren las siguientes facultades:- A.- Facultades Generales:- Representar a la sociedad en todos sus actos y contratos ante cualquier persona, entidad pública o privada.- B.- Facultades Financieras y Bancarias:- Abrir, operar, girar y cerrar cuentas corrientes, de ahorro y de crédito en instituciones financieras.- Girar, endosar, aceptar y protestar cheques en nombre de la sociedad.- Solicitar y operar líneas de crédito, contratar y gestionar préstamos con instituciones financieras y suscribir los documentos necesarios para tales efectos.- Emitir acciones, bonos, y otros títulos de valor conforme a la legislación vigente y de acuerdo con las decisiones de la junta de accionistas.- Realizar inversiones en activos tangibles o intangibles, dentro de los límites establecidos por la ley y el objeto social de la sociedad.- Aceptar y cumplir con las obligaciones financieras contraídas por la sociedad, incluyendo el pago de deudas, intereses y otros cargos, en cumplimiento de los contratos y acuerdos previamente suscritos.- Ceder derechos, transferir activos y realizar cualquier otro acto de disposición sobre los bienes y créditos de la sociedad, dentro de los límites que la ley y los estatutos sociales impongan.- Otorgar y aceptar garantías, fianzas, avales, hipotecas y prendas.- Realizar cualquier otro acto de administración y disposición necesario para el adecuado funcionamiento de la sociedad.- A.- Facultades Comerciales y Contractuales:- Celebrar, modificar y extinguir contratos de compraventa, arrendamiento, leasing, suministro y cualquier otro relacionado con el giro de la sociedad.- Importar y exportar bienes, mercaderías y materias primas.- Firmar en nombre de la sociedad.- B.- Facultades Laborales:- Contratar, despedir y administrar empleados.- Fijar remuneraciones, bonos y beneficios laborales.- Representar a la sociedad ante organismos laborales y previsionales.- C.- Facultades de Disposición y Adquisición:- Comprar, vender, permutar y gravar bienes muebles e inmuebles.- Adquirir participaciones en otras sociedades y ejercer derechos societarios.- D.- Facultades Judiciales y de Defensa Legal:- Representar a la sociedad ante tribunales ordinarios y especiales.- Ejercer acciones judiciales, arbitrales y administrativas.- E.- Otorgamiento de Poderes:- Delegar facultades en terceros, apoderados o empleados, con las limitaciones que establezca la ley o la junta de accionistas.- F.- Facultades Estratégicas y Corporativas:- Comprar, vender, permutar, arrendar o ceder bienes muebles e inmuebles.- Adquirir participaciones en otras empresas y votar en juntas de accionistas o socios.- Gestionar reformas estatutarias y la disolución de la sociedad si es necesario.- G.- Defensa legal:- Comparecer en juicios y representar a la sociedad ante tribunales, arbitrajes y mediaciones.- En todo lo no modificado expresamente por el presente instrumento, continúa vigente en todo su contexto el primitivo pacto social.- Santiago, 09 de Abril de 2025.