CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

CI GMF II Llanura Solar ProjectCo SpA

CVE 2634477
Capital
$19.489 CLP
Fecha instrumento
31 de marzo de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
31 de marzo de 2025
Repertorio
9116-2025
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$19.489 CLP
Domicilio
Su domicilio será la ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: /a) La gestión, tramitación, desarrollo, construcción y operación de proyectos de generación de energía eléctrica por medio de energía renovable no convencional de cualquier especie, incluyendo pero no limitado a energía eólica, energía solar, bioenergía, hidrógeno o amoniaco verde, así como la gestión, tramitación, desarrollo, construcción y operación de proyectos de almacenamiento de energía de cualquier tipo de tecnología, pudiendo al efecto tramitar todo tipo de solicitudes, permisos, autorizaciones, presentaciones, certificaciones o cualquier otra declaración frente a cualquier autoridad; /b) Llevar adelante estudios, mediciones, prospecciones y demás actividades necesarias para determinar la factibilidad de proyectos de generación de energía eléctrica, de hidrógeno o de amoniaco verde, o cualquier otro producto de similar naturaleza; c) La generación, suministro, transmisión, almacenamiento, compra y venta de energía eléctrica, de hidrógeno o amoniaco verde, por cuenta propia y)o de terceros; d) La construcción, montaje, operación, explotación y mantenimiento de equipos plantas, centrales de generación, instalaciones de almacenamiento de energía y)o proyectos de transmisión de energía eléctrica con fuentes renovables no convencionales y)o de plantas de hidrógeno o amoniaco verde, ya sean de dominio de la Sociedad o explotadas a cualquier otro título por ella, como asimismo desarrollar, construir, operar y mantener todas las instalaciones, obras, plantas, líneas de transmisión y subestaciones necesarias para la generación almacenamiento y transmisión de electricidad, hidrógeno o amoniaco verde, pudiendo realizar todas las demás construcciones y obras complementarias para tales efectos; /e) La administración por cuenta propia o ajena de toda de clase de negocios, agendas, representaciones, licencias, marcas comerciales, empresas o bienes de cualquier naturaleza; /f) La compra, venta, importación, exportación, elaboración, producción, comercialización, y distribución de toda clase de servicios, bienes o insumos que tengan relación con el negocio energético de cualquier clase, incluyendo energía solar y su almacenamiento, hidrógeno o amoniaco verde, y la realización de inversiones en relación con ellos; /g) La compra, venta, permuta, arrendamiento, importación, exportación, administración e inversión en toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales e incorporales, incluyendo, aunque no de modo taxativo, plantas solares e instalaciones de almacenamiento de energía, plantas de hidrógeno o amoniaco verde; /h) La prestación de servicios energéticos de todo tipo incluyendo, sin que sea taxativo, prestar asesoría profesional y técnica relacionada a proyectos, instalaciones y plantas de generación y almacenamiento de energía, hidrógeno o amoniaco verde; i) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones relativas a toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y administración que tengan relación con su giro; /j) Constituir o adquirir derechos o acciones de sociedades y participar en otras sociedades de personas o de capital, sean o no filiales o sociedades coligadas, de todo tipo o naturaleza, en especial ligadas al desarrollo y venta de plantas de generación eléctrica y de almacenamiento de energía, de hidrógeno o amoniaco verde; y /k) Ejecutar, sin limitación alguna, toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con las actividades mencionadas anteriormente. La Sociedad podrá desarrollar su objeto directamente o a través de terceros, individualmente o en conjunto con otros

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Abogado, Notario Titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos número 835, piso 18, de la comuna de Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 31 de marzo de 2025, otorgada ante mí, bajo el repertorio N°9116-2025, CI NMF I ARENA HOLDCO SpA, en su calidad de único y actual accionista de CI NMF I ARENA PROJECTCO SpA, según el Registro de Accionista que he tenido a la vista, dividió la misma y como consecuencia de dicha división, se constituyó una sociedad por acciones, cuyos estatutos se extractan a continuación: Razón Social: “CI GMF II Llanura Solar ProjectCo SpA”, en adelante también la “Sociedad”, la que podrá usar para fines publicitarios, de propaganda, bancarios y comerciales, el nombre de fantasía “Llanura ProjectCo”. Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, establecimientos, sucursales u oficinas que la Sociedad decida establecer en otros puntos del país o en el extranjero. Duración: La Sociedad tendrá una duración indefinida. Objeto: El objeto de la Sociedad será: /a/ La gestión, tramitación, desarrollo, construcción y operación de proyectos de generación de energía eléctrica por medio de energía renovable no convencional de cualquier especie, incluyendo pero no limitado a energía eólica, energía solar, bioenergía, hidrógeno o amoniaco verde, así como la gestión, tramitación, desarrollo, construcción y operación de proyectos de almacenamiento de energía de cualquier tipo de tecnología, pudiendo al efecto tramitar todo tipo de solicitudes, permisos, autorizaciones, presentaciones, certificaciones o cualquier otra declaración frente a cualquier autoridad; /b/ Llevar adelante estudios, mediciones, prospecciones y demás actividades necesarias para determinar la factibilidad de proyectos de generación de energía eléctrica, de hidrógeno o de amoniaco verde, o cualquier otro producto de similar naturaleza; c) La generación, suministro, transmisión, almacenamiento, compra y venta de energía eléctrica, de hidrógeno o amoniaco verde, por cuenta propia y/o de terceros; d) La construcción, montaje, operación, explotación y mantenimiento de equipos plantas, centrales de generación, instalaciones de almacenamiento de energía y/o proyectos de transmisión de energía eléctrica con fuentes renovables no convencionales y/o de plantas de hidrógeno o amoniaco verde, ya sean de dominio de la Sociedad o explotadas a cualquier otro título por ella, como asimismo desarrollar, construir, operar y mantener todas las instalaciones, obras, plantas, líneas de transmisión y subestaciones necesarias para la generación almacenamiento y transmisión de electricidad, hidrógeno o amoniaco verde, pudiendo realizar todas las demás construcciones y obras complementarias para tales efectos; /e/ La administración por cuenta propia o ajena de toda de clase de negocios, agendas, representaciones, licencias, marcas comerciales, empresas o bienes de cualquier naturaleza; /f/ La compra, venta, importación, exportación, elaboración, producción, comercialización, y distribución de toda clase de servicios, bienes o insumos que tengan relación con el negocio energético de cualquier clase, incluyendo energía solar y su almacenamiento, hidrógeno o amoniaco verde, y la realización de inversiones en relación con ellos; /g/ La compra, venta, permuta, arrendamiento, importación, exportación, administración e inversión en toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales e incorporales, incluyendo, aunque no de modo taxativo, plantas solares e instalaciones de almacenamiento de energía, plantas de hidrógeno o amoniaco verde; /h/ La prestación de servicios energéticos de todo tipo incluyendo, sin que sea taxativo, prestar asesoría profesional y técnica relacionada a proyectos, instalaciones y plantas de generación y almacenamiento de energía, hidrógeno o amoniaco verde; i) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones relativas a toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y administración que tengan relación con su giro; /j/ Constituir o adquirir derechos o acciones de sociedades y participar en otras sociedades de personas o de capital, sean o no filiales o sociedades coligadas, de todo tipo o naturaleza, en especial ligadas al desarrollo y venta de plantas de generación eléctrica y de almacenamiento de energía, de hidrógeno o amoniaco verde; y /k/ Ejecutar, sin limitación alguna, toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con las actividades mencionadas anteriormente. La Sociedad podrá desarrollar su objeto directamente o a través de terceros, individualmente o en conjunto con otros. Capital: El capital de la Sociedad ascenderá a la suma de USD$19.489,24, dividido en 19.489 acciones ordinarias, nominativas, iguales y sin valor nominal, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas en la forma que se indica en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura pública extractada.- Santiago, 09 de abril de 2025.