Instrumento
- Notario
- En Isla de Pascua a treinta y uno de marzo de dos mil veinticinco
- Domicilio
- y Conservador de Bienes Raíces de Isla de Pascua Ad-Hoc
Sociedad
- Domicilio
- Atamu Tekena sin número, Isla de Pascua, región de Valparaíso, y puede establecer agencias, sucursales o establecimiento en el resto del país o extranjero
- Duración
- Indefinida
Objeto social
ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias, especialmente las actividades que se individualizan a continuación: a) Desarrollar la actividad propia de restaurant, pub,establecimientos de comida rápida, tales como bares, fuentes de soda, gelatería, pizzerías y similares. De igual manera, prestar servicios gastronómicos, de banquetería, eventos y celebraciones; b) La inversión, compra, venta, construcción, administración y explotación en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, propios o de terceros; sea por cuenta propia o de terceros, en terrenos de su dominio o de terceros, como asimismo, la prestación de servicios relacionados gastronomía y turismo. C) Celebrar contratos y ejecutar actos de arrendamiento, alquiler, compra, venta, corretaje e intermediación, de inmuebles, cabañas, sean amobladas o no. También desarrollar toda otra actividad relacionada directa o indirectamente, con las anteriores o el turismo, y en general, todo negocio o actividad que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEn Isla de Pascua a treinta y uno de marzo de dos mil veinticinco, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces de Isla de Pascua Ad-Hoc, doña Jeannette Andrea Meneses Matamala, certifico que: Por escritura pública de fecha once de febrero de dos mil veinticinco, ante Notario Público Suplente de Isla de Pascua doña Soledad Andrea Mella Pereira, anotada bajo el número Repertorio cuarenta y nueve, número cuarenta y nueve, del Registro de escrituras públicas y documentos protoc olizados del año dos mil veinticinco, doña PAULA ANGELINA ROJAS ARAYA, chilena, casada, empresaria, cédula nacional de identidad número trece millones doscientos treinta y dos mil ochocientos ochenta y siete guion cero, con domicilio en calle Atamu Teke na sin número, Hanga Roa, Isla de Pascua, región de Valparaíso, constituyó una sociedad por acciones: Nombre o razón social: “ALOHA SpA”. Domicilio. Atamu Tekena sin número, Isla de Pascua, región de Valparaíso, y puede establecer agencias, sucursales o establecimiento en el resto del país o extranjero. Duración. comenzará a regir a partir de la fecha de la escritura de constitución, duración indefinida. Objeto. ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias, especialmente las actividades que se individualizan a continuación: a) Desarrollar la actividad propia de restaurant, pub,establecimientos de comida rápida, tales como bares, fuentes de soda, gelatería, pizzerías y similares. De igual manera, prestar servicios gastronómicos, de banquetería, eventos y celebraciones; b) La inversión, compra, venta, construcción, administración y explotación en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, propios o de terceros; sea por cuenta propia o de terceros, en terrenos de su dominio o de terceros, como asimismo, la prestación de servicios relacionados gastronomía y turismo. C) Celebrar contratos y ejecutar actos de arrendamiento, alquiler, compra, venta, corretaje e intermediación, de inmuebles, cabañas, sean amobladas o no. También desarrollar toda otra actividad relacionada directa o indirectamente, con las anteriores o el turismo, y en general, todo negocio o actividad que acuerden los socios. D) el negocio de restaurant, bar, fuente de soda, pubs y relacionados; el estudio, creación, organización, administración, difusión, realización, producción y venta -por cuenta propia o ajena-de toda clase de eventos en general, entre los que se cuentan: banquetes, fiestas, manifestaciones; la representación de otras empresas nacionales o extranjeras del área; la contratación de toda clase de artistas, deportistas y otros personajes; la contratación de locales, teatros, restaurantes, hoteles y reservas de espectáculos. e) la construcción, instalación, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, bar y centro de eventos, o cualquiera clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; y para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, éste relacionado con estas actividades. F) el desarrollo o explotación, por sí o a través de terceros, de todo tipo de actividades turísticas, hoteleras, gastronómicas, recreativas y/o deportivas y la prestación de servicios relacionados con tales fines. G) la construcción, adquisición, instalación y explotación, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de hoteles, hostales, posadas, residenciales, apart hotel, moteles, hosterías, resort, cabañas, campings, restaurantes, almacenes, minimarket, salones de té, cafeterías, pub. H) el cultivo, producción, elaboración, transformación, importación, exportación, compra, venta, comercialización, o distribución de todo y cualquier tipo de productos agrícolas, forestales, frutícolas, hortofrutícolas o ganaderos; i) la compra, venta, importación, exportación, comercialización o distribución a cualquier título o forma de toda clase de bienes muebles, materias primas, productos elaborados, equipos, partes y piezas; j) la prestación de todo tipo de servicios o asesorías relacionados con cualquiera de los objetos ya señalados; la representación de todo tipo de empresas, nacionales o extranjeras, relativas a los mismos objetos ya indicados; k) participar y formar parte de todo y cualquier tipo de sociedades, empresas, asociaciones, fundaciones, corporaciones o sociedades sin fines de lucro que se encuentren constituidas o se formen en el futuro. Capital: Cinco millones de pesos, enteramente suscrito y pagado en este acto en la forma que se indican en los artículos transitorios de estos Estatutos, ingresando así al haber social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Isla de Pascua, treinta y uno de abril de dos mil veinticinco.