Instrumento
- Fecha
- 4 de abril de 2025
- Notario
- JESUS OSSES REVECO
- Oficio
- Segunda Notaría de La Serena
- Comuna
- La Serena
Objeto social
La Sociedad tiene por objeto, en forma individual o en conjunto, asociación, sociedad o comunidad con otros, por cuenta propia o de terceros, directa o indirectamente, en el país o en el extranjero, desarrollar las siguientes actividades: La Sociedad tiene por objeto, en forma individual o en conjunto con otros, por cuenta propia o de terceros, directa o indirectamente, en el país o en el extranjero, desarrollar las siguientes actividades: uno) a) Compra, venta, arriendo, permuta, corretaje, administración, explotación de todo tipo y en general la celebración de todo acto o contrato relativo a bienes inmuebles o muebles o bien sobre derechos que recaigan sobre ellos, sean urbanos, industriales, mineros o agrícolas y en general todo el rubro inmobiliario, en su más amplio concepto, sea que se ejecute este objeto respecto de bienes propios o de terceros. b) Realizar inversiones en todo tipo de bienes muebles e inmuebles, capitales mobiliarios, sociedades, comunidades, valores mobiliarios, acciones, financieros, depósitos a plazos, fondos mutuos u otros mecanismos de inversión, o mercantiles y en cualquier clase de documentos de inversión, nacionales o extranjeros, todo por cuenta propia o ajena. c). Desarrollar e implementar proyectos de turismo, agencias de viaje, restaurant, comercialización de alimentos, prestación de servicios alimentarios, compra, venta administración y arriendo de bienes destinados a las actividades deportivas de cualquier especie o naturaleza, terrestres o acuáticas. d) Desarrollo de proyectos inmobiliarios, los que podrá desarrollar por cuenta propia o de terceros, en calidad de mandante o dueño de las obras. Sera objeto social, también la construcción de casas, edificios, loteos, urbanizaciones etc. e) Explorar, reconocer, prospectar, investigar y explotar yacimientos mineros a fin de extraer, producir, beneficiar y procesar minerales, concentrados u otros productos procedentes de sustancias minerales, pudiendo para estos efectos, instalar y operar plantas de beneficio y tratamiento de minerales; f) Constituir y adquirir concesiones mineras o derechos constituidos sobre ellas sean de cualquiera naturaleza; g) vender, transportar, explotar y comercializar sustancias y productos minerales; y, en general, celebrar, realizar y ejecutar todos los actos y contratos civiles, comerciales, mineros, industriales y metalúrgicos, encaminados a los objetivos señalados. h) La compra, venta, arriendo así como de todo acto jurídico respecto de todo tipo de sustancias, elementos, maquinarias e insumos destinados a la minería, como destinados a cumplir todos y cada uno de los objetos indicados en este articulo. i) La compra, venta, consignación y arriendo de vehículos de toda clase y las partes o repuestos de estos. j) Realizar inversiones en concesiones mineras, plantas de beneficio o derechos constituidos sobre unas u otros, en empresas de exploración y desarrollo de proyectos mineros de toda clase. La prestación de todo tipo de servicios y asesorías a la exploración, explotación e industria minera, como obras civiles, mantención de plantas mineras y sus componentes, servicios mecánicos, mantención y arriendo de máquinas, análisis de muestras, informes geológicos etc. k) La comercialización de productos destinados o producidos por la actividad minera, agrícola o de servicios , como repuestos, accesorios e insumos, incluyendo programas computaciones, así como la compra y venta de minerales sea en piedra, semi elaborados, pastas o refinados. l) Sera objeto social, todas aquellas actividades relacionadas o no con los objetos recién indicados y que los socios determinaren. Todos estos objetos sociales podrán ejecutarlos ya sea directamente o bien por intermedio de terceros sean o no asociados y en cualquier modalidad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJESUS OSSES REVECO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de La Serena, domiciliado en Cordovez 317, La Serena, certifica que con fecha 14 de marzo de 2025, ante mí, doña María Jesús Silva Vega, chilena, psicóloga, casada, separada de bienes, cedula nacional de identidad quince millones trescientos treinta y dos mil ciento veintisiete guion dos, domiciliada para estos efectos en Matta doscientos ochenta y ocho La Serena, constituyo una sociedad por acciones denominada Inmobiliaria Todas María SpA”, la que podrá usar como nombre de fantasía para fines de publicidad y propaganda el de “ Todas María SpA. Objeto: La Sociedad tiene por objeto, en forma individual o en conjunto, asociación, sociedad o comunidad con otros, por cuenta propia o de terceros, directa o indirectamente, en el país o en el extranjero, desarrollar las siguientes actividades: La Sociedad tiene por objeto, en forma individual o en conjunto con otros, por cuenta propia o de terceros, directa o indirectamente, en el país o en el extranjero, desarrollar las siguientes actividades: uno) a) Compra, venta, arriendo, permuta, corretaje, administración, explotación de todo tipo y en general la celebración de todo acto o contrato relativo a bienes inmuebles o muebles o bien sobre derechos que recaigan sobre ellos, sean urbanos, industriales, mineros o agrícolas y en general todo el rubro inmobiliario, en su más amplio concepto, sea que se ejecute este objeto respecto de bienes propios o de terceros. b) Realizar inversiones en todo tipo de bienes muebles e inmuebles, capitales mobiliarios, sociedades, comunidades, valores mobiliarios, acciones, financieros, depósitos a plazos, fondos mutuos u otros mecanismos de inversión, o mercantiles y en cualquier clase de documentos de inversión, nacionales o extranjeros, todo por cuenta propia o ajena. c). Desarrollar e implementar proyectos de turismo, agencias de viaje, restaurant, comercialización de alimentos, prestación de servicios alimentarios, compra, venta administración y arriendo de bienes destinados a las actividades deportivas de cualquier especie o naturaleza, terrestres o acuáticas. d) Desarrollo de proyectos inmobiliarios, los que podrá desarrollar por cuenta propia o de terceros, en calidad de mandante o dueño de las obras. Sera objeto social, también la construcción de casas, edificios, loteos, urbanizaciones etc. e) Explorar, reconocer, prospectar, investigar y explotar yacimientos mineros a fin de extraer, producir, beneficiar y procesar minerales, concentrados u otros productos procedentes de sustancias minerales, pudiendo para estos efectos, instalar y operar plantas de beneficio y tratamiento de minerales; f) Constituir y adquirir concesiones mineras o derechos constituidos sobre ellas sean de cualquiera naturaleza; g) vender, transportar, explotar y comercializar sustancias y productos minerales; y, en general, celebrar, realizar y ejecutar todos los actos y contratos civiles, comerciales, mineros, industriales y metalúrgicos, encaminados a los objetivos señalados. h) La compra, venta, arriendo así como de todo acto jurídico respecto de todo tipo de sustancias, elementos, maquinarias e insumos destinados a la minería, como destinados a cumplir todos y cada uno de los objetos indicados en este articulo. i) La compra, venta, consignación y arriendo de vehículos de toda clase y las partes o repuestos de estos. j) Realizar inversiones en concesiones mineras, plantas de beneficio o derechos constituidos sobre unas u otros, en empresas de exploración y desarrollo de proyectos mineros de toda clase. La prestación de todo tipo de servicios y asesorías a la exploración, explotación e industria minera, como obras civiles, mantención de plantas mineras y sus componentes, servicios mecánicos, mantención y arriendo de máquinas, análisis de muestras, informes geológicos etc. k) La comercialización de productos destinados o producidos por la actividad minera, agrícola o de servicios , como repuestos, accesorios e insumos, incluyendo programas computaciones, así como la compra y venta de minerales sea en piedra, semi elaborados, pastas o refinados. l) Sera objeto social, todas aquellas actividades relacionadas o no con los objetos recién indicados y que los socios determinaren. Todos estos objetos sociales podrán ejecutarlos ya sea directamente o bien por intermedio de terceros sean o no asociados y en cualquier modalidad. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de cinco millones de pesos, moneda de curso legal, dividido en cien acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal que se suscribe, entera y paga de la manera señalada en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Domicilio, la ciudad de Coquimbo. Demás estipulaciones en escritura pública extractada. La Serena, 04 de abril de 2025.