Instrumento
- Repertorio
- 792
- Notario
- LUIS ENRIQUE ESPINOZA GARRIDO
- Domicilio
- Pucón
Sociedad
- Capital
- $500.000.000 CLP
- Domicilio
- Pucón
- Duración
- Indefinida
Objeto social
Los objetos de la sociedad serán a) La compra, venta, arrendamiento, adquisición y, en general la enajenación, ya sea por cuenta propia o de terceros, de toda clase de bienes raíces, agrícolas y no agrícolas, como asimismo, la planificación y desarrollo de todo tipo de proyectos inmobiliarios dentro del país y)o en el extranjero, tales como la subdivisión de todo tipo de inmuebles, la realización de loteos y urbanizaciones, la venta de parcelas, lotes y unidades que resulten de las referidas subdivisiones y urbanizaciones, con o sin derechos de aprovechamiento de aguas y la comercialización de toda clase de bienes inmuebles; el arrendamiento, subarrendamiento, usufructo o cualquiera otra forma de cesión del uso o goce temporal de bienes corporales muebles, inmuebles amoblados, inmuebles con instalaciones o maquinarias que permitan el ejercicio de alguna actividad comercial o industrial y de todo tipo de establecimientos de comercio. b) La inversión en toda clase de fondos mutuos, depósitos a plazo, efectos de comercio, y, en general en todo tipo de instrumentos financieros, como, asimismo, la explotación rentística de acciones de sociedades anónimas, la realización de inversión pasiva en bienes muebles, corporales o incorporales, y en toda clase de bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas
Administración
La administración de la sociedad y uso de la razón social corresponderá a don EMANUEL ALFREDO CORREA VARGAS, ya individualizado, quien anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad en Chile y)o en el extranjero, en todos los actos, contratos, negocios, operaciones y gestiones que digan relación con el giro ordinario de la sociedad y está desde ya investido de todas las facultades y poderes señalados en estos estatutos y las demás atribuciones legales, reglamentarias y estatutarias inherentes a su cargo y que le correspondan en conformidad a la ley. Las
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS ENRIQUE ESPINOZA GARRIDO, Abogado, Notario Público de Pucón, oficio calle General Urrutia Nº283, oficina 26, Pucón, certifica: Por escritura pública, repertorio N°792, hoy ante mí, don EMANUEL ALFREDO CORREA VARGAS, chileno, soltero, ingeniero mecánico automotriz, C.I. N°16.548.790-7, domiciliado en camino Internacional N°1470 comuna y ciudad de Pucón; don JUAN JOSÉ CORREA ALARCÓN, chileno, comerciante, C.I. N°6.927.417-K, casado en régimen de sociedad conyugal con doña MARÍA LUZ VARGAS GAJARDO, chilena, comerciante, C.I. N°7.319.362-1 quien compareció autorizando según consta en escritura, ambos domiciliados en Camino Internacional N°1495, comuna de Pucón, constituyeron una sociedad por acciones, la cual se regirá por el Título VII del Libro II del Código de Comercio y demás normas legales que le sean aplicables y, en especial, por los estatutos que a continuación se indican. Razón social. GRUPO CORREA VARGAS SpA. Objeto. Los objetos de la sociedad serán a) La compra, venta, arrendamiento, adquisición y, en general la enajenación, ya sea por cuenta propia o de terceros, de toda clase de bienes raíces, agrícolas y no agrícolas, como asimismo, la planificación y desarrollo de todo tipo de proyectos inmobiliarios dentro del país y/o en el extranjero, tales como la subdivisión de todo tipo de inmuebles, la realización de loteos y urbanizaciones, la venta de parcelas, lotes y unidades que resulten de las referidas subdivisiones y urbanizaciones, con o sin derechos de aprovechamiento de aguas y la comercialización de toda clase de bienes inmuebles; el arrendamiento, subarrendamiento, usufructo o cualquiera otra forma de cesión del uso o goce temporal de bienes corporales muebles, inmuebles amoblados, inmuebles con instalaciones o maquinarias que permitan el ejercicio de alguna actividad comercial o industrial y de todo tipo de establecimientos de comercio. b) La inversión en toda clase de fondos mutuos, depósitos a plazo, efectos de comercio, y, en general en todo tipo de instrumentos financieros, como, asimismo, la explotación rentística de acciones de sociedades anónimas, la realización de inversión pasiva en bienes muebles, corporales o incorporales, y en toda clase de bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Domicilio. Pucón, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero. Duración. Indefinida. Capital y acciones. $500.000.000.-, dividido en 5000 acciones, todas nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, las cuales serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos, todas las cuales se suscribieron y pagaron por los accionistas de la siguiente manera: 1) don EMANUEL ALFREDO CORREA VARGAS, suscribió 2500 acciones, que equivalen a la suma de $250.000.000.- las cuales pagó mediante: El aporte en dominio del Sitio Tres, comuna de Pucón, avaluado de común acuerdo por los comparecientes en la suma de $204.885.000.- cifra que corresponde al costo reajustado de adquisición de la propiedad para efectos tributarios, ingresando en dicho valor en arcas de la sociedad; y el aporte en dinero de $45.115.000.- los cuales se obligó a pagar en dinero de acuerdo a las necesidades de la empresa y, a más tardar dentro del plazo de 10 años contados desde la fecha de la escritura extractada. 2) Don JUAN JOSÉ CORREA ALARCÓN y doña MARÍA LUZ VARGAS GAJARDO, casados bajo el régimen de sociedad conyugal, suscribieron en partes iguales 2500 acciones, que equivalen a la suma de $250.000.000.- las cuales pagaron mediante: El aporte en dominio del Sitio Urbano denominado Lote Uno A, comuna de Pucón, avaluado de común acuerdo por los comparecientes en la suma de $249.060.000.- cifra que corresponde al costo reajustado de adquisición de la propiedad para efectos tributarios, ingresando en dicho valor en las arcas de la sociedad; y el aporte en dinero de $940.000.- los cuales se obligaron a pagar en dinero de acuerdo a las necesidades de la empresa y, a más tardar dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de la escritura extractada. Administración. La administración de la sociedad y uso de la razón social corresponderá a don EMANUEL ALFREDO CORREA VARGAS, ya individualizado, quien anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad en Chile y/o en el extranjero, en todos los actos, contratos, negocios, operaciones y gestiones que digan relación con el giro ordinario de la sociedad y está desde ya investido de todas las facultades y poderes señalados en estos estatutos y las demás atribuciones legales, reglamentarias y estatutarias inherentes a su cargo y que le correspondan en conformidad a la ley. Las demás cláusulas constan en escritura extractada. Pucón, 03 de abril del 2025.