Instrumento
- Fecha
- 1 de abril de 2025
- Repertorio
- 1502-2025
- Notario
- JESSICA LORENA AGUILERA TAPIA
- Oficio
- CUARTA NOTARIA DE LOS ÁNGELES
Administración
La administración, representación y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a ANDREE IGNACIO VALDERRAMA JODRÉ (el administrador),
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Don ANDREE IGNACIO VALDERRAMA JOFRÉ | socio | 16490918-2 | — | — | Los Ángeles |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJESSICA LORENA AGUILERA TAPIA, ABOGADA, NOTARIO PÚBLICO DE LA CUARTA NOTARIA DE LOS ÁNGELES, suplente del titular don JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, con oficio en calle Caupolicán N° 355, certifico: Que, por escritura pública de fecha 01 de abril de 2025, Repertorio N° 1502-2025, ante el Notario Titular mencionado: Don ANDREE IGNACIO VALDERRAMA JOFRÉ, Cédula de Identidad N° 16.490.918-2, con domicilio en Avenida Alemania N° 393, Los Ángeles, constituye sociedad por acciones de aquellas reguladas por las disposiciones del Párrafo 8° del Título VII del Libro II del Código de Comercio que regula las sociedades por acciones, y siempre que no se contrapongan con la naturaleza de este tipo de sociedades, la Sociedad se regirá por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas. Nombre será: GRUPO AUTOFACIL SPA. ADMINISTRACIÓN: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a ANDREE IGNACIO VALDERRAMA JODRÉ (el administrador), GIRO: UNO) AUTOMOTORA: Compraventa, consignación, permuta, distribución, importación, exportación, arrendamiento con o sin opción de compra, leasing, reparación de automóviles, camiones, camionetas, furgones, acoplados, carros motores, motocicletas, y toda clase de vehículos terrestres o acuáticos, maquinaria, máquinas herramientas y móviles; repuestos y accesorios de todos ellos, sean nuevo o usados y todo lo relacionado con los vehículos existentes en la actualidad y los que existan en el futuro, y todo lo atingente, de cualquier manera, con todo lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. DOS) GARANTIAS AUTOMOTRICES: Prestación de servicios de intermediación y venta de garantías automotrices, asesoría y gestión de seguros relacionados con la protección de vehículos contra fallas mecánicas y daños accidentales; La sociedad podrá celebrar contratos de garantía, ofrecer seguros, realizar actividades de promoción y cualquier otra actividad relacionada en la actualidad o en el futuro con lo dicho y cualquier otra operación que acordaren los accionistas. TRES) PRESTAMISTA: La realización de toda clase de operaciones de crédito de dinero, incluso hacer prestamos, con o sin garantía, descontar letras de cambio, pagarés y otros documentos que representen obligaciones de pago, con las excepciones que se pasan a expresar. No podrán realizar las operaciones que la ley solo autoriza a los bancos y sociedad financieras, como las siguientes: captar o recibir, de forma habitual, el dinero del público, ya sea en depósito, mutuo o documentándolos, por la sociedad, mediante la aceptación de letras de cambio, o la suscripción de pagarés o en cualquier otra forma; celebrar contratos de cuenta corriente bancaria; dedicarse -por cuenta propia o ajena- a la correduría de dinero o de créditos representativos de valores mobiliarios o efectos de comercio, o cualquier otro título de crédito; la intermediación financiera; operaciones en moneda extranjera o expresadas en moneda extranjera, ni efectuar operaciones de comercio exterior; y cualquier otra actividad relacionada en la actualidad o en el futuro con lo dicho y cualquier otra operación que acordaren los accionistas. CUATRO) INMOBILIARIA: Compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedad, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; QUINTO) y en cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. Capital: DIEZ MILLONES DE PESOS, dividido en cien acciones, todas nominativas, de una única serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en partes iguales por los constituyentes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Los Ángeles a 09 de abril del año 2025.-