MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

RUBEN AILLON INVERSIONES SpA

RUT 76310770-1 CVE 2633314
Capital
$450.000.000 CLP
Fecha instrumento
7 de marzo de 2025

Instrumento

Fecha
7 de marzo de 2025
Notario
ANDRES CUADRA GONZALEZ DEL RIEGO
Domicilio
Linares

Sociedad

Capital
$450.000.000 CLP

Personas y entidades (4)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
DANIEL SEBASTIÁN ALEJANDRO AILLÓN VARGAS socio 17854560-4
TOMÁS PABLO AILLÓN DOMÍNGUEZ socio 20844091-8
ROSA AMELIA DOMÍNGUEZ CRUZAT socio 9437948-2
Sociedad por Acciones RUBEN AILLON INVERSIONES SpA socio 76310770-1

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES CUADRA GONZALEZ DEL RIEGO, Notario Público Linares, Chacabuco 551 A de esta ciudad, Certifico: Por Junta de Accionistas de fecha 3 de marzo de 2025, reducida escritura pública con fecha 7 de marzo de 2025, INÉS ESTER DEL CARMEN AILLÓN JIMÉNEZ, RUT, 12.138.037-4, domiciliada en Loteo San Luis, casa 5, Ballica Norte, comuna de Linares, por sí y en calidad de cesionaria del Derecho Real de Herencia de ANDRÓNICO ANDRÉS AILLÓN VALENZUELA y de RUBÉN PATRICIO AILLÓN DÍAZ; don CAMILO ARTURO AILLÓN SILVA, RUT, 17.447.311-0, domiciliado en Parcelación Los Canelos parcela 125, sector La Laja, ciudad de Puerto Varas; DANIEL SEBASTIÁN ALEJANDRO AILLÓN VARGAS, RUT 17.854.560-4, con domicilio en Lago Gris número 108 de la comuna de Lago Ranco; TOMÁS PABLO AILLÓN DOMÍNGUEZ, RUT 20.844.091-8, domiciliado en calle Kurt Möller 82, de la ciudad de Linares y; ROSA AMELIA DOMÍNGUEZ CRUZAT, RUT 9.437.948-2, domiciliada en calle Kurt Möller 82 de esta ciudad, modificaron la Sociedad por Acciones RUBEN AILLON INVERSIONES SpA, RUT 76.310.770-1, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 481 vuelta número 428, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Linares del año 2013, en el siguiente sentido: Se modifica el “Artículo VIGÉSIMO NOVENO.-”, quedando de la siguiente manera: “VIGÉSIMO NOVENO: Cualquier dificultad, duda o cuestión que se suscite entre los accionistas en su calidad de tales, o entre estos y la sociedad o sus administradores, o entre estos últimos y la sociedad, respecto de sus existencia o inexistencia, validez o nulidad, cumplimiento o incumplimiento, resolución, interpretación, aplicación, ejecución, terminación, disolución o liquidación o por cualquier otro motivo relacionado directa o indirectamente con el presente contrato de sociedad o con los presentes estatutos, y sea que se produzca durante la vigencia de la sociedad, o estando pendiente su liquidación, será resuelto por un árbitro arbitrador o amigable componedor de única instancia, quien estará premunido de las más amplias facultades, incluso la de pronunciarse sobre su propia competencia o jurisdicción y en contra de cuyas resoluciones no procederá recurso alguno, todos los cuales son renunciados expresamente por los accionistas. Se designa en este acto como árbitro al abogado Diego Octavio Medel Gutiérrez, cédula nacional de identidad número diecisiete millones ciento cuarenta y cinco mil cuatrocientos cuarenta y cinco guion k, y a falta de éste al abogado don Gonzalo Andrés Lepe Ruiz, cédula nacional de identidad número quince millones quinientos diecisiete mil ciento noventa y seis guion cero, y a falta de ambos éste será designado por la justicia ordinaria.”. Capital Social $450.000.000, dividido en 450 acciones nominativas, íntegramente suscritas y pagadas de manera previa a la constitución.- Detalles y demás estipulaciones en pacto social y escritura extractada. Linares, 8 de Abril de 2025.