Instrumento
- Fecha
- 9 de abril de 2025
- Repertorio
- 3539-2025
- Notario
- PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA
- Oficio
- Cuadragésima Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- La Sociedad tiene su domicilio en la ciudad de Río Negro
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto la inversión en toda clase de bienes inmuebles y muebles, sean estos corporales e incorporales. Asimismo, la Sociedad podrá comprar, vender, permutar, explotar, construir, administrar, adquirir, arrendar y, en general, la realización de todo tipo de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, de explotación agrícola, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, amoblados o no, sean urbanos o rurales, agrícolas o no, urbanizarlos, lotearlos, construir en ellos, enajenar las construcciones o explotarlas bajo la forma de arrendamiento o usufructuaria, o cualquier otra, sean propios o de terceros, incluyendo derechos de aguas, transacciones e inversiones en acciones, derechos sociales, bonos y debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión, como la administración de estas inversiones y sus frutos. Conjuntamente con ello la sociedad podrá promover, financiar y desarrollar toda clase de empresas y sociedades agrícolas, comerciales e industriales. La sociedad podrá desarrollar las actividades antes indicadas actuando por cuenta propio o ajena. Asimismo, el desarrollo de cualquiera actividad conexa o complementaria de los giros mencionados y aquellas otras que los accionistas acuerden
Administración
La Sociedad será administrada por un administrador, quien podrá ser una o varias personas naturales y)o jurídicas, y no necesitará ser accionista de la Sociedad. Se designa como Administrador a doña PATRICIA JIMENA KRAHMER MATTHEI, quien anteponiendo a su firma las palabras “en representación”, “por poder” u otra análoga, tendrá las más amplias prerrogativas de administración y disposición de bienes respecto de la Sociedad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Octava Notaría de Santiago, con Oficio en Avenida Apoquindo número tres mil setenta y seis, oficina seiscientos uno, comuna de Las Condes, Región Metropolitana: por escritura pública de fecha 27 de marzo del 2025, repertorio N° 3539-2025, ante mí, doña PATRICIA JIMENA KRAHMER MATTHEI, cédula nacional de identidad número ocho millones novecientos cuarenta y un mil cuatrocientos cincuenta y seis guion tres, por sí y en representación de doña CATALINA SOFÍA RONDA KRAHMER, cédula de identidad número veintiún millones seiscientos cincuenta y dos mil doscientos setenta guion uno; y don RAIMUNDO TOMÁS RONDA KRAHMER, cédula de identidad número veintidós millones ciento ochenta y cinco mil doscientos sesenta guion cinco, todos domiciliados para estos efectos en Las Hualtatas número mil quinientos cuarenta y ocho, Comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron una Sociedad por Acciones conforme a artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, y supletoriamente, y sólo en aquellos que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las Sociedades Anónimas Cerradas, conforme se extracta: Nombre: El nombre o razón social de la Sociedad por Acciones es PACARÁ SpA. Domicilio: La Sociedad tiene su domicilio en la ciudad de Río Negro, sin perjuicio de lo cual podrá establecer sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, tanto en el país como en el extranjero. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la inversión en toda clase de bienes inmuebles y muebles, sean estos corporales e incorporales. Asimismo, la Sociedad podrá comprar, vender, permutar, explotar, construir, administrar, adquirir, arrendar y, en general, la realización de todo tipo de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, de explotación agrícola, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, amoblados o no, sean urbanos o rurales, agrícolas o no, urbanizarlos, lotearlos, construir en ellos, enajenar las construcciones o explotarlas bajo la forma de arrendamiento o usufructuaria, o cualquier otra, sean propios o de terceros, incluyendo derechos de aguas, transacciones e inversiones en acciones, derechos sociales, bonos y debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión, como la administración de estas inversiones y sus frutos. Conjuntamente con ello la sociedad podrá promover, financiar y desarrollar toda clase de empresas y sociedades agrícolas, comerciales e industriales. La sociedad podrá desarrollar las actividades antes indicadas actuando por cuenta propio o ajena. Asimismo, el desarrollo de cualquiera actividad conexa o complementaria de los giros mencionados y aquellas otras que los accionistas acuerden. Capital: El capital social, ascendente a la suma de 1.000.000, dividido en 1.000 acciones, sin valor nominal, nominativas, de las cuales 900 acciones corresponden a Acciones Serie A y 100 acciones corresponden a Acciones Serie B. Administración: La Sociedad será administrada por un administrador, quien podrá ser una o varias personas naturales y/o jurídicas, y no necesitará ser accionista de la Sociedad. Se designa como Administrador a doña PATRICIA JIMENA KRAHMER MATTHEI, quien anteponiendo a su firma las palabras “en representación”, “por poder” u otra análoga, tendrá las más amplias prerrogativas de administración y disposición de bienes respecto de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 09 de abril de 2025.