MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA DEL CARMEN LIMITADA

RUT 78833420-6 CVE 2633347
Fecha instrumento
4 de abril de 2025
Notaría
Viña del Mar

Instrumento

Fecha
4 de abril de 2025
Repertorio
1257
Notario
PAOLA DEBORAH STACK LARA
Oficio
Cuarta Notaría de Viña del Mar
Comuna
Viña del Mar

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PAOLA DEBORAH STACK LARA, abogado y Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Viña del Mar, con oficio en Avenida Libertad número novecientos uno, local A, certifico: Que por escritura pública, Repertorio 1257, de fecha 04 de abril de 2025, ante mí, don JOSÉ ENRIQUE LEÓN RODRÍGUEZ, chileno, factor de comercio, casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número siete millones treinta y cuatro mil doscientos veintitrés guion cinco, y doña ANA MARÍA LEÓN RODRÍGUEZ, chilena, soltera, empresaria, cédula nacional de identidad número siete millones cincuenta y dos mil ochocientos dos guion nueve, por sí y en representación de doña MARÍA DEL CARMEN RODRÍGUEZ AGUIRREZÁBAL, chilena, viuda, comerciante, cédula nacional de identidad número cuatro millones cuatrocientos veintisiete mil ciento noventa y siete guion cuatro, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en calle Las Hiedras número setecientos noventa, comuna de Concón, región de Valparaíso, modificaron la sociedad “INMOBILIARIA DEL CARMEN LIMITADA” sociedad inscrita a fojas 401 número 404 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar del año 1996. Se retira de la sociedad doña MARÍA DEL CARMEN RODRÍGUEZ AGUIRREZÁBAL, quien cede y transfiere sus derechos sociales equivalentes a un 60,4% a los socios ANA MARÍA LEÓN RODRÍGUEZ y JOSÉ ENRIQUE LEÓN RODRÍGUEZ en partes iguales, pagando la cantidad de $84.560.000 cada uno al contado en dinero efectivo. Como consecuencia de lo anterior, quedan como actuales y únicos socios de la sociedad doña ANA MARÍA LEÓN RODRÍGUEZ y don JOSÉ ENRIQUE LEÓN RODRÍGUEZ, quedando con un 50% de los derechos sociales cada uno. Modifican la cláusula séptima del pacto social, sustituyéndola por la siguiente: “SÉPTIMO: Las utilidades o pérdidas que arrojen los negocios serán repartidas y soportadas por los socios en partes iguales”.- En todo lo no modificado se rige íntegramente el pacto social y modificaciones señaladas. Demás estipulaciones en escritura extractada.- VIÑA DEL MAR, OCHO DE ABRIL DE 2025.