MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA ALTO CRUCES SpA

RUT 76730325-4 CVE 2633491
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
3 de abril de 2025

Instrumento

Fecha
3 de abril de 2025
Repertorio
3095-2025

Sociedad

Capital
$500.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RAMON GARCIA CARRASCO, Notario Titular Concepción, Oficio Rengo 444, Concepción, certifico: con fecha 08 de abril de 2025, ante mí, se redujo a escritura pública bajo el repertorio N°3095-2025, el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad por acciones “INMOBILIARIA ALTO CRUCES SpA” RUT No. 76.730.325-4, inscrita en extracto a fojas 36 bajo el No. 35 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Penco del año 2017, celebrada en mi presencia con fecha 3 de abril de 2025, en la que, con la asistencia del 100% de las acciones con derecho a voto, los accionistas Inversiones Crugu Limitada, Inversiones Las Cruces Limitada, e, Inmobiliaria Cosmito Limitada acordaron por unanimidad lo siguiente: Los accionistas aprobaron la reforma al artículo Décimo Tercero de los estatutos sociales conforme al siguiente tenor: “ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: La administración, representación y el uso del nombre de la compañía corresponderá a un administrador, quien será designado por una junta ordinaria o extraordinaria de accionistas. Dicho administrador tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, quedando facultado para ejecutar todos los actos y contratos que estime convenientes para la realización de los negocios sociales y la inversión de los recursos de la compañía, salvo aquellos que por ley o por estos estatutos estén reservados como privativos de la junta de accionistas. El administrador deberá anteponer su firma al nombre de la sociedad y estará facultado para representar judicial y extrajudicialmente a la sociedad ante toda clase de autoridades y funcionarios, sean del orden administrativo, jurisdiccional, judicial, militar o eclesiástico, pudiendo formular toda clase de peticiones, elevar solicitudes, deducir reclamos y, en general, efectuar todos los actos que sean menester para un adecuado cumplimiento del objeto social y en protección del patrimonio e intereses de la compañía, con todas y cada unas de las facultades señaladas en escritura extractada.” Demás acuerdos adoptados constan en escritura extractada. Demas estipulaciones constan en escritura extractada. Capital Vigente $500.000159. Concepción, 09 de abril de 2025.