Instrumento
- Fecha
- 8 de abril de 2025
- Notario
- RAFAEL PINOCHET CAVIERES
- Domicilio
- Titular Olimpia Schneider Moenne-Loccoz
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a doña DIANA MARGARITA HERRERA POMMER, quien anteponiendo la razón social a su firma, la obligará en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario y extraordinario
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRAFAEL PINOCHET CAVIERES, Notario Público Suplente de la Titular Olimpia Schneider Moenne-Loccoz, a cargo de la 31ª Notaría, Huérfanos 1055 local 328, Santiago, certifico: Por escritura de fecha 8 de Abril de 2025, ante mí, DIANA MARGARITA HERRERA POMMER, chilena, divorciada, comerciante, cédula de identidad número ocho millones setecientos diez mil trescientos cuarenta y siete guion uno, domiciliada en calle Paseo La Florida Dos número diez mil seiscientos veinte, comuna de La Florida, Santiago, Región Metropolitana; constituye sociedad por acciones. Razón Social: La razón social será: “ANDALIKAN CUEROS SpA”, pudiendo usar como nombre de fantasía, para todos los efectos, incluidos los bancarios, el de “ANDALIKAN SpA”.- Objeto: La sociedad tendrá por objeto: La importación, exportación, distribución, fabricación, intermediación, comercialización, representación, compra y venta, de todo tipo de telas, textiles, prendas de vestir en general, trajes de baño, ropa interior, artículos de lencería, calzados, prendas de uso personal, confecciones en general, bisuterías, perfumes, artículos de belleza, accesorios, maletería, talabartería y artículos de cuero, teniendo para este efecto ventas al por mayor y al detalle, por cuenta propia o ajena; la compra y venta de productos cosmetológicos, maquillaje y estética, y, en general realizar toda clase de actos o contratos relacionados directa o indirectamente con el objeto social y que el socio constituyente o los socios a futuro, de común acuerdo determinen.- Para los efectos antes expuestos podrán realizar todas las actividades y celebrar todos los actos y contratos que fueren necesarios o conducentes a los fines sociales.- En general, cualquier otra actividad que la o los accionistas acuerden y que se relacione directa o indirectamente con la anterior sin que para ello sea necesaria la modificación de los presentes estatutos.- Administración: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a doña DIANA MARGARITA HERRERA POMMER, quien anteponiendo la razón social a su firma, la obligará en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario y extraordinario.- Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieran abrir en el resto del país o en el extranjero, para lo cual bastará la sola voluntad de los administradores de la sociedad.- Capital: El capital social asciende a la suma de QUINIENTOS MIL PESOS, divididos en cincuenta acciones nominativas que representan el cien por ciento del capital social. Correspondiéndole a doña DIANA MARGARITA HERRERA POMMER, la cantidad de cincuenta acciones nominativas, suscritas y pagadas, y que representan el cien por ciento del capital social. No será necesario, una vez emitidas dichas acciones, imprimir las láminas físicas de los títulos en donde consten las acciones, cada una de las acciones asciende al valor de diez mil pesos. El monto del capital social es enterado íntegramente, en este acto, por la socia constituyente. Duración: La sociedad empezará a regir en la fecha de la presente escritura y tendrá una duración indefinida. Santiago, 9 de Abril de 2025.