CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Oak Vibes SpA

CVE 2632842
Capital
$70.000.000 CLP
Fecha instrumento
3 de abril de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
3 de abril de 2025
Repertorio
11503-2025
Notario
CAROLINA ELIZABETH PIÑA CUEVAS
Oficio
Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$70.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras comunas del país o en el extranjero
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) la implementación, operación y explotación de toda clase de restaurantes, bares, heladerías, fuentes de soda y demás establecimientos del rubro gastronómico y entretención; b) la prestación de toda clase de asesorías en el rubro gastronómico; c) producir, elaborar, importar, exportar, comprar, vender, explotar y distribuir toda clase de bienes y equipos del rubro gastronómico. Para estos efectos, la sociedad podrá adquirir y enajenar todo tipo de bienes muebles o inmuebles y derechos reales constituidos sobre ellos; darlos y tomarlos en arrendamiento, concesión y cualquier otra modalidad de uso y goce temporal; explotarlos; y, en general, realizar toda clase de actos a su respecto. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá siempre actuar por cuenta propia o ajena, y desarrollar su objeto directamente o por intermedio de otras personas naturales o jurídicas, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Vibes Holding SpA socio 78056355-9

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CAROLINA ELIZABETH PIÑA CUEVAS, chilena, abogado, Notario Público de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, Suplente del Titular, Don ALVARO GONZALEZ SALINAS, con Oficio en Avenida Apoquindo número tres mil uno, segundo piso, comuna de Las Condes, certifico que por escritura pública de fecha 3 de abril de 2025, Repertorio Nº11.503-2025 ante mí, Vibes Holding SpA, RUT Nº78.056.355-9, representada por Mario Alfredo Miranda, cédula de identidad para extranjeros Nº22.088.114-8, y por Jose Luis Navarro, cedula de identidad para extranjeros Nº22.577.628-8, todos domiciliados para estos efectos en Américo Vespucio Norte Nº2500, oficina 702, Vitacura, Santiago; constituye una sociedad por acciones. NOMBRE: “Oak Vibes SpA” pudiendo usar para efectos legales, comerciales y publicitarios, incluyendo bancos y organismos públicos, la expresión “Oak Vibes”. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) la implementación, operación y explotación de toda clase de restaurantes, bares, heladerías, fuentes de soda y demás establecimientos del rubro gastronómico y entretención; b) la prestación de toda clase de asesorías en el rubro gastronómico; c) producir, elaborar, importar, exportar, comprar, vender, explotar y distribuir toda clase de bienes y equipos del rubro gastronómico. Para estos efectos, la sociedad podrá adquirir y enajenar todo tipo de bienes muebles o inmuebles y derechos reales constituidos sobre ellos; darlos y tomarlos en arrendamiento, concesión y cualquier otra modalidad de uso y goce temporal; explotarlos; y, en general, realizar toda clase de actos a su respecto. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá siempre actuar por cuenta propia o ajena, y desarrollar su objeto directamente o por intermedio de otras personas naturales o jurídicas, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero. DOMICILIO: Ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras comunas del país o en el extranjero. DURACIÓN: Indefinida. CAPITAL Y ACCIONES: El capital de la sociedad asciende a $70.000.000 pesos dividido en 70.000 acciones de una misma serie, nominativas, sin valor nominal, que se suscribe y paga de la siguiente manera: Vibes Holding SpA suscribe las 70.000 acciones equivalentes a la suma de $70.000.000 de pesos, las cuales pagará en el plazo de 3 años contados desde esta fecha según las necesidades sociales. En consecuencia, ha quedado totalmente suscrito el capital social y su pago se materializará en un plazo de 3 años contados desde esta fecha según las necesidades sociales. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 08 de abril de 2025.