CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMUNIDAD NUEVA LAS PERDICES LIMITADA

CVE 2632609
Capital
$600.000 CLP
Fecha instrumento
13 de marzo de 2025
Notaría
Talagante
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
13 de marzo de 2025
Notario
ROBERTO FERNANDO PUGA PINO
Oficio
Primera Notaria de Talagante
Comuna
Talagante

Sociedad

Capital
$600.000 CLP
Domicilio
Santiago, Región Metropolitana
Duración
3 años, prorrogables

Objeto social

Otorgar asesorías de todo tipo, sean administrativas, comerciales, jurídicas, etcétera a todo tipo de personas sean naturales y)o jurídicas, de derecho público, privado o mixtas, con o sin fines de lucro dedicadas a cualquier tipo de materias, y todas aquellas actividades necesarias para la consecución de los fines sociales, o negocio, relacionado o no, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con el objeto principal y que los socios de común acuerdo determinen, sea a nivel comunal, regional, nacional o internacional

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ROBERTO FERNANDO PUGA PINO, Notario Público, Titular de la Primera Notaria de Talagante, Arturo Prat 764, comuna Talagante, certifica: Que por escritura pública, ante mí, de fecha 13-03-2025, EDGARDO ANTONIO GUERRERO LILLO, domiciliado en Las Perdices N° 865, Barrio Las Perdices, Ciudad de Los Valles, comuna de Pudahuel, de paso en esta ciudad, don OSVALDO ANDRES ESCOBAR CASTRO, domiciliado en Las Perdices N° 19875, Barrio Las Perdices, Ciudad de Los Valles, comuna de Pudahuel, de paso en esta ciudad, y doña GUISELA DEL CARMEN ARIAS SALAZAR, domiciliada en Las Perdices N° 896, Barrio Las Perdices, Ciudad de Los Valles, comuna de Pudahuel, de paso en esta ciudad; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada.- NOMBRE: será “COMUNIDAD NUEVA LAS PERDICES LIMITADA”, pero podrá usar el nombre de fantasía “LAS PERDICES LTDA.”. ADMINISTRACIÓN Y USO DE RAZÓN SOCIAL: Corresponderá a don Edgardo Antonio Guerrero Lillo, y a don Osvaldo Andrés Escobar Castro, quienes podrán actuar en forma conjunta o separadamente, con amplias facultades.- CAPITAL: $600.000, que los socios aportan de la siguiente manera: a) El socio Edgardo Antonio Guerrero Lillo, aporta $198.000, equivalentes al 33 % del total del capital y derechos sociales, los que entera en este acto a la caja social. b) El socio Osvaldo Andrés Escobar Castro, aporta $198.000, equivalentes al 33 % del total del capital y derechos sociales, los que entera en este acto a la caja social. c) La socia Guisela Del Carmen Arias Salazar, aporta $204.000, equivalentes al 34 % del total del capital y derechos sociales, los que entera en este acto a la caja social. OBJETO: Otorgar asesorías de todo tipo, sean administrativas, comerciales, jurídicas, etcétera a todo tipo de personas sean naturales y/o jurídicas, de derecho público, privado o mixtas, con o sin fines de lucro dedicadas a cualquier tipo de materias, y todas aquellas actividades necesarias para la consecución de los fines sociales, o negocio, relacionado o no, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con el objeto principal y que los socios de común acuerdo determinen, sea a nivel comunal, regional, nacional o internacional.- DURACIÓN: 3 años, prorrogables.- DOMICILIO: Santiago, Región Metropolitana. Demás estipulaciones escritura extractada. Talagante, 02 de Abril de 2025.