AW INMOBILIARIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de abril de 2025
- Notario
- MARIANO TORREALBA ZILIANI
- Domicilio
- La Serena
Sociedad
- Capital
- $40.000.000 CLP
- Domicilio
- La Serena
- Duración
- La duración será de 5 años a contar de la fecha de la escritura extractada, plazo que se entenderá renovado automática, tácita y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término en la forma indicada en la escritura extractada
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la compra, venta, arrendamiento, administración, explotación, permuta, intermediación y comercialización de cosas corporales o incorporales, sean raíces o muebles, urbanas o rurales, para fines de inversión y renta, la percepción de las rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones, y su administración, invertir en acciones, bonos, debentures y en todo tipo de valores mobiliarios, invertir y participar en todo tipo de sociedades, incorporándose y asociándose con las mismas; y, en general, efectuar todas las inversiones rentables y toda otra actividad lícita que los socios acuerden llevar a cabo. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y)o asociada o en coparticipación con terceros
Administración
La administración de la Sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá y será ejercida por los señores Willy Hans Schmidt Obrador y Axel Andrés Schmidt Obrador, quienes, actuando conjuntamente, y anteponiendo sus nombres y firmas a la razón social, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades de administración, las que son reproducidas en la Cláusula Séptima de la escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIANO TORREALBA ZILIANI, Notario Público Titular La Serena, Avenida Juan Cisternas 2283, Local 3, Edificio Atrium, certifica: Por escritura pública ante mí de fecha 4 abril 2025, Willy Hans Schmidt Obrador, chileno, soltero, comerciante, cédula nacional de identidad N° 9.203.217-5, domiciliado en calle Raúl Salamanca N° 1.650, casa 81, La Serena, y el señor Axel Andrés Schmidt Obrador, chileno, divorciado, médico cirujano, cédula nacional de identidad N° 9.203.218-3, domiciliado en calle Los Pastores N° 1, La Herradura, Coquimbo; acordaron constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada, que se regirá por las siguientes disposiciones: Razón social: "AW INMOBILIARIA LIMITADA” (en adelante, la “Sociedad”). Domicilio: La Sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de La Serena, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país. Objeto social: La sociedad tendrá por objeto la compra, venta, arrendamiento, administración, explotación, permuta, intermediación y comercialización de cosas corporales o incorporales, sean raíces o muebles, urbanas o rurales, para fines de inversión y renta, la percepción de las rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones, y su administración, invertir en acciones, bonos, debentures y en todo tipo de valores mobiliarios, invertir y participar en todo tipo de sociedades, incorporándose y asociándose con las mismas; y, en general, efectuar todas las inversiones rentables y toda otra actividad lícita que los socios acuerden llevar a cabo. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros. Capital social: $40.000.000.-, que los socios pagan en el acto de constitución de la siguiente forma: Willy Hans Schmidt Obrador: $20.000.000; y Axel Andrés Schmidt Obrador: $20.000.000. Responsabilidad de los socios: La responsabilidad de los socios queda limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. Administración y uso de la razón social: La administración de la Sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá y será ejercida por los señores Willy Hans Schmidt Obrador y Axel Andrés Schmidt Obrador, quienes, actuando conjuntamente, y anteponiendo sus nombres y firmas a la razón social, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades de administración, las que son reproducidas en la Cláusula Séptima de la escritura extractada. Duración: La duración será de 5 años a contar de la fecha de la escritura extractada, plazo que se entenderá renovado automática, tácita y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término en la forma indicada en la escritura extractada. Demás estipulaciones escritura extractada. – La Serena, 7 de abril de 2025.-